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Proponen hasta dos años de cárcel para quienes violen medidas sanitarias

Comisión de Diputados aprobó proyecto para que sea agravante violar medidas dispuestas durante la emergencia sanitaria
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06 de agosto de 2020 a las 08:48

La Comisión de Constitución, Códigos y Legislación de la Cámara de Diputados aprobó este miércoles el proyecto de ley que modifica el artículo 224 del Código Penal que refiere a la violación de disposiciones sanitarias.

El proyecto, de tiene un único artículo y fue presentado por los legisladores nacionalistas Javier Radiccioni y Mario Colman, sufrió varias modificaciones desde que se presentó en marzo luego de la declaración de emergencia sanitaria por la pandemia del covid-19.

El artículo vigente del Código Penal establece que el que "mediante violación a las disposiciones sanitarias dictadas y publicadas por la autoridad competente para impedir la introducción o propagación en el territorio nacional de enfermedades epidémicas o contagiosas de cualquier naturaleza, causare daño a la salud humana o animal, será castigado con tres a 24 meses de prisión", con el agravante especial del delito si resulta en un "grave perjuicio" a la economía nacional. 

La nueva redacción, que ahora se discutirá en el plenario de Diputados, no aumenta la pena para este delito pero establece que el que mediante violación de disposiciones sanitarias “pusiere en peligro efectivo la salud humana o animal será castigado con tres a 24 meses de prisión”. Además, “la aplicación del máximo de la pena referida anteriormente estará especialmente justificada cuando el hecho se suscitare declarada una emergencia sanitaria por las autoridades competentes”.

El texto que se aprobó es un sustitutivo presentado por el diputado del Partido Colorado, Gustavo Zubía, que hace hincapié en el agravamiento del delito cuando el gobierno haya declarado una situación de emergencia sanitaria, que en caso de aprobarse implicaría que quienes tengan el coronavirus y violen la cuarentena puedan ir a la cárcel por dos años.

En la exposición de motivos, los diputados explicaron que la diferencia en la redacción radica en "cuál es la conducta penalmente reprochable".

Negativa

El Frente Amplio no acompañó la modificación al proyecto de ley. El diputado Enzo Malán que integra la comisión dijo a La Diaria que el artículo "va en la línea de criminalizar la pobreza y a las personas en situación de calle”, ya que no se contemplan las condiciones materiales para realizar la cuarentena.

El FA propondrá modificar el proyecto en el plenario e incluir que las autoridades sanitarias "deben proporcionar las condiciones materiales e higiénicas para el cumplimiento de la normativa".

"Si una persona tiene que salir porque está pasando hambre a buscar una vianda a una olla popular, puede ir presa”, explicó.

A diez días haber decretado la emergencia sanitaria y ante los pedidos de decretar la cuarentena obligatoria por parte del sindicato médico e incluso del expresidente Tabaré Vázquez, como aplicó Argentina, el presidente Luis Lacalle Pou zanjó la discusión sobre por qué no aplicar esta medida, con un argumento similar al que esgrimió Malán para criticar la modificación al Código Penal.

“Quien propone el aislamiento social general debe estar dispuesto a aplicar las medidas que llevan al desacato y que tienen una pena. ¿Alguien está dispuesto a llevar detenido a quien sale a ganarse el peso? No para la semana, para el día”, sostuvo Lacalle Pou el pasado 24 de marzo.

 

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