Los abogados consideran inconstitucional la ley que habilita el juicio político a alcaldes

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¿Se puede hacer un juicio político a un alcalde? Esto opinan los constitucionalistas

La discusión se hizo pública una vez que la coalición archivó este martes el pedido de juicio político al "alcalde de las mil gauchadas"
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25 de mayo de 2022 a las 18:05

La coalición de gobierno resolvió en la comisión de Constitución y Legislación del Senado archivar el juicio político a Alfredo Sánchez, el "alcalde de las mil gauchadas" en Florencio Sánchez, condenado a prisión por los delitos de asociación para delinquir en reiteración real, concusión y fraude.

El argumento central del oficialismo es que se trata de "un problema constitucional". En concreto, desde la coalición se señala que el artículo 296 de la Constitución establece la posibilidad de acusar ante el Senado a "los intendentes y los miembros de las juntas departamentales", pero no a los alcaldes, ya que el tercer nivel de gobierno se creó con posterioridad a la última actualización constitucional. 

Desde la oposición, en cambio, señalan que el artículo 18 de la ley 19.272 estipuló que "las juntas departamentales tendrán sobre los municipios los mismos controles que ejercen sobre las intendencias" y que en esos casos será aplicable lo previsto en el artículo 296 de la Constitución. 

A qué norma hay que atenerse? ¿Qué dicen los expertos en Derecho Constitucional?

Los profesores Martín Risso, Ruben Correa Freitas y Pablo Schiavi dijeron a El Observador que comparten la interpretación del oficialismo y que el juicio político no está previsto para los alcaldes. 

"No se puede", aseguró Risso, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Católica.

Por su parte, Correa Freitas –de la cátedra de la Universidad de la República– dijo que la ley 19.272 "es una ley inconstitucional" y que amplió "sin fundamentos constitucionales" los cargos plausibles de juicio político.

Schiavi secundó esa opinión, aunque señaló que "la última palabra la tiene la Suprema Corte de Justicia, que es la única en nuestro país que puede declarar inconstitucional una ley". 

En octubre del año pasado, la Junta Departamental de Colonia había elevado un oficio para que el Senado destituyera vía juicio político al alcalde y daba cuenta que oficialmente nunca había renunciado a su cargo. Alfredo Sánchez, "el alcalde de las mil gauchadas", fue condenado en setiembre de 2021 a tres años de prisión y está inhabilitado a ejercer cargos públicos por dos años. Desde la oposición se quejaron de que una vez cumplido el plazo, podrá volver a su municipio.

Su hijo, el edil Pablo Sánchez, también condenado en la misma causa judicial, sí se enfrenta a la destitución de su cargo. Pese a que la comisión decidió otorgarle diez días de plazo para que efectúe sus descargos, en este caso el resultado aparece claro y habrá votos en el Senado para destituirlo.

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