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Sociedades científicas cuestionaron fallo que suspendió vacunación anticovid

Ambas organizaciones sostienen que no han habido cambios que avalen esta decisión
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07 de julio de 2022 a las 15:48

La Sociedad Uruguaya de Pediatría (SUP), el Sindicato Médico del Uruguay (SMU) y la Academia Nacional de Medicina (ANM) emitieron sendos comunicados en el que rechazan la suspensión de la vacunación contra covid-19 en menores de 13 años.

“Desde el punto de vista científico no ha existido ningún tipo de cambio que avale esta interrupción en la vacunación de dicha población”, sostiene la SUP.

En el comunicado, el gremio de pediatras expresa que “cada vez existen más evidencias sobre el beneficio y la seguridad de la vacunación contra covid-19” y que “los resultados del proceso de vacunación son muy claros”. “En el mundo se han vacunado a la fecha millones de niños y la OMS la considera segura y efectiva y la continúa promoviendo”, agrega la misiva.

La SUP insiste en su “opinión favorable” y “recomendación respecto a la vacunación contra covid-19”, reafirmando su posición respecto a que las vacunas suministradas en Uruguay “son seguras y efectivas contra el virus”.

Por su parte, en el comunicado se recuerda como fundamental “mantener los cuidados frente al covid-19” y se agradece “el trabajo y el esfuerzo de todo el personas del sistema de salud que han puesto todo de si desde el comienzo de la pandemia”.

El rechazo de la academia

El comunicado de la ANM  “lamenta profundamente” la interrupción de la vacunación contra covid-19 en niños y adolescentes.

“El programa y la estrategia nacional de vacunación han sido apoyados y sus recomendaciones reforzadas por esta Academia. No existen hechos nuevos que justifiquen su suspensión”, expresa la misiva.

Según el documento, “la experiencia nacional y las evidencias científicas internacionales avalan la eficacia y seguridad de las vacunas utilizadas” Uruguay.

A su vez, se solicita que “el derecho de los niños a recibir la inmunización y la capacidad de sus padres para resolver la administración de vacunas” sean “restituidos a la brevedad

“Una vez más, como en anteriores oportunidades en esta pandemia, recomendamos a la población adherir a la campaña de vacunación, acompañando a todos los ciudadanos en sus actitudes solidarias y responsables”, concluye la misiva.

La condena del Sindicato Médico

El SMU también condenó la decisión de Recarey. "Es poco razonable que, en un plazo de pocas horas, se tome una decisión tan sensible como prohibir un plan de vacunación en un grupo etario específico", dijo.

La decisión del juez "contradice" la opinión "ampliamente mayoritaria de la comunidad científica nacional e internacional". 

Agregó la medida impide a madres y padres tomar una decisión "libre e informada" sobre la salud de sus hijas e hijos.

"Fallos como éste, cuyas consecuencias desbordan cualquier procedimiento, minan la imprescindible confianza de la sociedad en el sistema de salud y en la propia justicia, por lo tanto, generan un daño desproporcionado que excede cualquier otra consideración", señalaron.

Por qué se suspendió la vacunación

Este comunicado de la SUP se da en un contexto en el que el juez Alejandro Recarey dio lugar al recurso de amparo presentado por el abogado Maximiliano Dentone y suspendió la vacunación contra el covid-19 en niños menores de 13 años, mientras no se cumplan una serie de condicionamientos, según establece la sentencia a la que accedió El Observador. El Ministerio de Salud Pública (MSP) acatará la decisión, pero apelará; tiene tres días para hacerlo.  

El magistrado ordenó "la suspensión inmediata de las vacunaciones contra el Sarscov 2 (covid 19) a niños (menores de 13 años de edad). Bajo aprecibimiento de desacato", dice el fallo. 

La suspensión se mantendrá mientras no se cumplan ciertos "condicionamientos". Uno de ellos es que se "publique o publiquen íntegros y sin testados, todos los contratos de compra de estas vacunas. Así como todo documento adjunto a ellos, en especial todos aquellos que detallen la composición de las sustancias a inocular".

Otra condición que el fallo exige es que "se elabore un texto -a suministrar a los responsables de los menores que se vacunen- que informe completamente y con claridad acerca de los siguientes puntos: 

  • La composición de las sustancias inyectables (todos los elementos que contengan, de la naturaleza que fueren).
  • Los beneficios que conlleva la vacuna.
  • Los riesgos que tenga con detalle de su naturaleza, probabilidad, magnitud y, de ser ello posible, momento de ocurrencia.
  • Que aclare que la sustancia tiene solo autorización de emergencia y no definitiva, explicando en términos sencillos qué diferencia suponen esos dos tipos de permisiones en orden específico a la ponderación privada de los riesgos antedichos.
  • Que se detallen los efectos adversos ya detectados, en su totalidad actualizando periódicamente esta información.
  • Se lleven adelante los controles a los que el Estado está obligado por el art. 2 inc. 5 de la ley nº 9202.

El MSP va a "acatar y a apelar" la decisión, según dijo a El Observador el subsecretario de Salud, José Luis Satdjian. Tiene tres días para apelar. 

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