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13 de noviembre 2025 - 5:00hs

Las dos marcas de dulces y mermeladas más importantes del mercado local se enfrentaron y no fue en las góndolas. El uso del cuadrillé en sus envases fue uno de los detonantes que disparó la contienda judicial entre Los Nietitos, que lidera el 80% del mercado local, y Limay que lo sigue en volumen de ventas. En la demanda se suman otras acusaciones como imitación de campañas publicitarias y eslogan, del trade dress (imagen del envase) y captación de personal gerencial de Los Nietitos por parte de Limay.

El primer punto de discordia se desprende de la incorporación de Los Nietitos, originalmente una empresa familiar uruguaya, a la multinacional francesa Andros. Desde ese entonces, Los Nietitos comercializa, además de sus productos, la línea “Bonne Maman” de Andros en el mercado local.

En la demanda, Andros y Los Nietitos S.A. reclaman el cese de uso de la marca registrada “Diseño Cuadrillé (o Vichy) & Bonne Maman” por parte de Granja Limay. En el expediente al que accedió El Observador, Los Nietitos narra que en julio de 2019, la firma “presenta a supermercados Ta-Ta la opción de mermelada en potes de plástico de 700 grs. Dicho negocio finalmente no se concreta, pero meses después Limay comienza a comercializar en dicha cadena de supermercados Ta-Ta una línea de mermeladas. Casualmente, utilizando precisamente los potes de plástico de 700 grs” y “reproduciendo Limay en los envases de estas mermeladas, nada menos que el notorio Diseño de Cuadrillé ("Vichy") característico de la ´familia de marcas´ de Andros”.

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El 13 de marzo de 2020 la compañía francesa intimó a Limay al “cese en el uso de dichos envases”. Sin embargo, Limay continúo ofreciendo esa presentación.

Este es solo uno de los puntos de discordia señalado por la compañía integrada a Andros, que agrega en su demanda antecedentes que datan de varios años atrás con el fin de probar, entre otras cosas, competencia desleal y por la que pidió indemnización por daños y perjuicios y enriquecimiento sin causa.

La imitación publicitaria fue otro de los puntos señalados. Según Los Nietitos S.A., en setiembre de 2016, la marca realiza el lanzamiento de su campaña denominada "Dulces Memorias" en su stand de Expo Prado. “La campaña buscaba recobrar la esencia de las recetas atesoradas en cada familia y que pasan de generación en generación con la finalidad de generar momentos imborrables en la memoria de nuestros seres queridos, a través de la cocina. A partir de ese momento, Los Nietitos comenzó a publicar en sus redes sociales variedad de recetas familiares atesoradas a lo largo de mucho tiempo y que buscan recrear nuevas experiencias de sabor pero que al mismo tiempo evoquen los más dulces recuerdos del pasado”, cuenta el documento presentado a la Justicia por Los Nietitos S.A..

Según retoma la demanda, “a partir de mayo de 2017, Limay lanza una campaña Eternas Delicias, evocando y reproduciendo la idea central y el concepto de la campaña Dulces Memorias de Los Nietitos y recuerda que el leitmotiv de la campaña de Limay: "En todas las familias existen recetarios que guardan una tradición familiar que hoy están en peligro de extinción. Para salvar estas recetas invitamos a sus autores a cocinarlas y rescatar las historias de estos abuelos entrañables. ¡Salvemos estas recetas cocinándolas".

Antes, el 23 de junio de 2011, Los Nietitos registró el eslogan publicitario "Los Nietitos te gusta, te cuida” ante la Dirección Nacional de Propiedad Industrial.

Tiempo después, indica la demanda, Los Nietitos constató que la frase "Te gustan, te cuidan” era utilizada de forma indebida por Limay en piezas de televisión y de radio. El 4 de diciembre de 2019 el demandante intimó a Limay al cese en el uso de la frase y las publicidades en cuestión fueron retiradas de los medios de comunicación.

El pasaje de gerentes clave de Los Nietitos a Limay

En el expediente se señala también que Limay reclutó en su equipo directivo al Gerente Comercial de Los Nietitos y a su Jefe de Ventas.

Quien fuera director comercial durante más de 18 años de Los Nietitos estuvo en la empresa hasta el 27 de enero del 2017. A partir del 1° de febrero comenzó a trabajar para Limay.

Pocos días antes de ingresar a Limay, el gerente “solicitó al Jefe de Marketing de Los Nietitos el plan promocional y de comunicación que había diseñado la empresa para aplicar en el correr del año 2017”, describe la parte demandante y señala que el egreso fue “meditado de antemano” y que su vinculación a la firma se dio en tan solo en 24 horas “por lo que resulta muy difícil no presumir un propósito desleal y contrario a los usos y costumbres honestas en materia comercial ya que además, a partir de ese entonces se materializó una sucesión de actos de competencia desleal y asociación parasitaria”.

A esto se suma también el pasaje del Jefe de Ventas de distribuidores, anteriormente Supervisor de Ventas quien, por su posición, "también tenía información sensible y confidencial de carácter comercial”.

Del documento se extrae también que a partir de estas incorporaciones, en febrero de 2017, los directivos hicieron contactos y aproximaciones con varios distribuidores de productos de Los Nietitos a fin de reclutarlos para Limay.

“Las listas de información de quienes son los distribuidores de los productos de Los Nietitos y sus datos de contacto constituyen información protegida de carácter comercial y confidencial de la empresa, así como las de sus clientes y proveedores”, dice el texto.

Despecho por una venta fallida: la respuesta de Limay

En su respuesta a la demanda, Alimentos Limay S.A. asevera que padece y tolera hace un tiempo considerable “un accionar abusivo” y una "guerra comercial" por parte de Los Nietitos S.A., y “en especial de la multinacional francesa Andros".

La compañía uruguaya vendida en parte en 2013 al empresario Martín Hughes y que pasó a ser empresa familiar tras la adquisición de las acciones restantes por parte de su hermano Walter Hughes en 2019 afirma que ambas empresas parecen injustificadamente "ensañadas" con la granja familiar. La respuesta de la demanda afirma y reitera en varias oportunidades el motivo que, desde su punto de vista, origina el conflicto. “No es una mera casualidad o casualidad milagrosa que la parte actora promueva esta demanda pocos meses después de haber visto frustrada su intención de adquirir el paquete accionario de mi representada”, relata.

El escrito detalla que Los Nietitos tuvo “intención de adquirir la totalidad del capital integrado de la firma Alimentos Limay S.A.” y agrega que ambas empresas llegaron a suscribir el 16 de marzo del 2020 un acuerdo de confidencialidad previo a iniciar el proceso de compra.

Luego de meses de intercambio de información y diversas negociaciones, sostiene el documento, los accionistas de Alimentos Limay S.A. decidieron que no era de su interés vender las acciones de la sociedad al precio propuesto por la multinacional. “Es más que evidente, que dicha decisión generó un disgusto de tal magnitud en la parte actora al punto de que a mediados del año 2020 - en forma casi inmediata al cese de las negociaciones de compra- promovió la citación a conciliación previa a la demanda que ahora promueve”.

Sobre los puntos que toca la demanda, Limay responde que la tapa cuadrillé o diseño "Vichy" es, en realidad, un diseño "genérico" e "irregistrable".

A su vez, apunta que Andros tiene el registro del Diseño de Cuadrillé (Vichy) en Uruguay, ante la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial en blanco y negro. “Alimentos Limay S.A jamás usó un cuadrillé en blanco y negro en ninguna tapa de sus productos”, “tampoco utilizó el término ´Bonne Maman´, el cual resulta ser el único elemento del conjunto marcario de la marca de Andros que reviste de un verdadero poder distintivo”, expresa.

A su vez, Limay aclara que el registro de la marca "Bonne Maman" en Uruguay, fue solicitado en el año 1999 y concedido en el año 2001 y que, para ese entonces, Limay ya utilizaba el cuadrille en sus envases, al cual implementó en 1997 para su variedad dietética. En este sentido, Limay citó una extensa lista de firmas que utilizan el cuadrillé en sus empaques como Arcor, Smuckers, Pontevedra o Noel.

Acerca de la imitación publicitaria, Alimentos Limay S.A. contestó que en diciembre de 2019 dejó de usar la frase “Te Gustan, te cuidan” en sus publicidades por el registro de Los Nietitos lo que, desde su visión, demuestra “la buena fe de Alimentos Limay S.A”.

En su respuesta, Limay cataloga la demanda como “infundada, maliciosa, caprichosa e improcedente” y destaca que los demandantes no adjuntaron “ni una sola factura que documente la baja en las venta consecuencia directa del supuesto actuar ilícito de Alimentos Limay S.A.”.

En el punto del reclamo por captación del personal directivo de Los Nietitos S.A., Limay alega la libertad de los involucrados y “la falta de ilicitud de Limay por el simple hecho de contratar extrabajadores de la competencia”. En el mismo sentido, se destaca la inexistencia de un acuerdo de exclusividad en relación a los proveedores.

Fallo, apelación y Suprema Corte de Justicia

La parte demandante reclamaba de forma inmediata el cese del uso del diseño cuadrillé y signos similares por Limay, detener los actos de competencia desleal y asociación parasitaria (que pueden inducir al error a los clientes al momento de la compra), indemnización por daños y perjuicios y enriquecimiento sin causa e imposición de multas de, al menos, US$ 500 diarios en caso de incumplimiento.

En primera instancia, la Justicia desestimó la legitimación de Los Nietitos como comercializadora de Andros para reclamar daños y perjuicios en su nombre. A su vez, hizo lugar a la acción de cese de uso de marca de Andros del diseño cuadrillé o Vichy contra Alimentos Limay y pidió el cese de venta, almacenamiento o distribución bajo apercibimiento de la aplicación de multas diarias por incumplimiento. Por otra parte, se desestimó la acción de competencia desleal contra Limay y los demás puntos reclamados.

Luego de este fallo inicial, el caso pasó al Tribunal de Apelaciones donde ambas partes tenían nuevos puntos de discordia en relación con el fallo primario.

Para Los Nietitos, por ejemplo, se incurrió en un error al entender que no poseía la legitimación activa para demandar ante el Poder Judicial la reparación de daños causados por el uso no autorizado de la marca de Andros, también en la mala fé de Alimentos Limay y en desestimar la competencia desleal pese a la captación de personal clave.

Por su parte, Limay se opuso al cese del uso del diseño cuadrillé, alegando que Andros no tiene derechos exclusivos sobre él.

El fallo final en Tribunal de Apelaciones revocó en parte lo resuelto en primera instancia. Reconoció que Los Nietitos puede reclamar daños como damnificado, aunque no sea titular registral.

Y, por otro lado, revocó la condena de primera instancia que ordenaba el cese del uso del cuadrille por Limay.

“La revocación de la condena precedente determina, por lo dicho, que el agravio de la actora respecto de la buena o mala fe del usuario carezca de objeto, ya que se entiende que no ha existido la infracción marcaria imputada a la demandada”.

A su vez, sostiene que la etiqueta distintiva de los productos habilita que se puedan “exponer en los supermercados con la correspondiente información sin que se genere confusión en el consumidor”.

Finalmente, respecto de los daños reclamados, la apelación respalda la solución del primer grado, al no probarse desvío de clientela, ni enriquecimiento de Limay con el correlativo empobrecimiento de Los Nietitos.

Según supo El Observador, el caso fue presentado por Los Nietitos S.A. ante la Suprema Corte de Justicia que, tras estudiarlo, lo aceptó y le dio vista a Limay que próximamente deberá presentar sus argumentos.

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