La justicia argentina determinó que Google vulneró la intimidad de un policía tras publicar en Google Maps una imagen donde el agente se encontraba completamente desnudo en el jardín de su casa.
En 2017, un coche de Google Street View circuló por una calle de Buenos Aires y fotografió al agente dentro de su propiedad privada. La imagen, luego difundida en Internet, permitía identificarlo claramente, ya que mostraba tanto su cuerpo como el nombre de la calle y el número de su domicilio.
Ocho años después, la corte de apelaciones resolvió que, aunque la foto se tomó desde la vía pública, la persona se encontraba en el ámbito privado, protegido por un muro de casi dos metros de altura.
El fallo enfatizó que la publicación de la imagen constituyó una vulneración grave de la privacidad. Por ello, la empresa tecnológica fue obligada a pagar una compensación económica al afectado, fijada en 10.798 euros.
El proceso judicial y el impacto de la exposición pública
La imagen del agente se viralizó rápidamente en redes sociales y portales digitales. Esta exposición desencadenó burlas tanto de usuarios anónimos como de personas de su entorno, incluyendo vecinos y compañeros de trabajo.
En 2019, dos años después de lo sucedido, el agente presentó una demanda ante la justicia argentina por daños morales y violación a la intimidad, motivado por el fuerte impacto emocional que generó la exposición pública de su imagen.
En una primera instancia, la justicia desestimó el reclamo. El argumento principal fue que el afectado "había caminado desnudo en su jardín" y que podría haber construido un muro más alto para preservar su privacidad.
Sin embargo, el caso fue revisado por un tribunal de apelaciones, que finalmente modificó el criterio y resolvió a favor del policía. El fallo subrayó que Google cometió "un error grave" al no difuminar el cuerpo del agente antes de publicar la imagen en su plataforma.
Responsabilidad exclusiva de la empresa tecnológica
La sentencia no sólo impuso una indemnización económica, sino que también ordenó la eliminación inmediata de la imagen de los servidores de Google. Además, estableció una multa diaria de 67 euros por cada día que la imagen continuara visible en línea.
El fallo dejó en claro que la responsabilidad por la vulneración de la intimidad recae únicamente sobre la empresa tecnológica, y no sobre los medios de comunicación que hayan difundido o republicado la fotografía.