El Banco Central (BCU) definió 15 sanciones a casas de cambio en los primeros ocho meses del año. Entre las faltas constatadas hubo debilidades en el sistema de prevención de lavado de activos, atrasos en la presentación de información requerida o realizar cambios de moneda sin entregar comprobantes que acrediten las transacciones.
En el primer semestre del año, la Superintendencia de Servicios Financieros del Banco Central (BCU) dispuso 12 multas a siete casas de cambio. Entre ellas hubo retrasos en la presentación de reportes de transacciones financieras o fallas en el cumplimiento de las normas de seguridad que establece el Registro Nacional de Empresas Prestadoras de Servicios de Seguridad, Vigilancia y Afines (Renaemse) del Ministerio del Interior.
En la segunda parte del año hubo tres sanciones económicas, pero por una mayor cantidad de dinero.
Una de ellas fue para Cambio del Litoral ubicado en Salto. La resolución de la Superintendencia de Servicios Financieros (emitida en agosto) señaló que al analizar el informe de auditoría del 2022 se verificó que la institución presentaba debilidades en el sistema de prevención contra el lavado de activos y por lo tanto se le solicitó subsanar las observaciones presentadas.
Sin embargo, en 2024 se observó que la casa de cambio continuaba sin dar cumplimiento cabal al plan de acción comprometido, y pese a avances verificados, se mantenían las inconsistencias y ante eso se procedió a iniciar un proceso sancionatorio. El BCU mencionó entre esas debilidades que la empresa continuaba presentando carencias sobre documentación de respaldo de clientes lo que repercutía en los controles y monitoreos realizados.
La Superintendencia recordó que la Recopilación de Normas de Regulación y Control del Sistema Financiero establece que las instituciones deben implementar un sistema integral para prevenirse de ser utilizadas para el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.
Añadió que los descargos presentados por la empresa no se consideraban de recibo, ya que las acciones llevadas adelante no la eximía de responsabilidad administrativa.
Por tanto resolvió sancionar a Cambio del Litoral con una multa de 162.500 Unidades Indexadas, equivalentes actualmente a $ 1.034.361.
La segunda sanción fue para Segural (Cambio Aspen). El organismo recordó que las empresas de servicios financieros y las casas de cambio deben informar sobre hechos significativos sobre sus accionistas en un plazo determinado. Debe aportarse información cuando ocurra una situación que pudiera afectar negativamente la situación patrimonial o la idoneidad de un accionista directo que posea una participación igual o mayor al 15% del capital. En este caso una de sus accionistas forma parte de una acción penal que se encuentra en una etapa inicial.
La multa en esta ocasión fue por 45.000 Unidades Reajustables, equivalentes a $ 286.438.
El último caso involucró a un local de Urupago, en Rocha, que si bien no opera como casa de cambio se constató que realizó dos operaciones de compraventa de moneda extranjera en forma autónoma. En el local se presentaron inspectores y realizaron dos transacciones por US$ 150 sin inconvenientes.
La resolución expresó que la empresa no dispone de autorización del Banco Central para la instalación y realización de operaciones de cambio y complementó que el local tampoco exhibe ninguna pizarra con los valores de las cotizaciones de monedas extranjeras. El documento indicó que la “naturalidad con la que procedió la cajera” permitió inferir que la compraventa de divisas se encuentra dentro de la actividad normal de la empresa.
Con esos y otros argumentos, la Superintendencia de Servicios Financieros sancionó a la empresa con una multa de 52.000 Unidades Indexadas, actualmente $ 330.996.