Condenaron a hombre de 60 años por contactar a una adolescente con fines sexuales a través de redes sociales
La Justicia le impuso 10 meses de prisión en régimen de libertad a prueba tras una denuncia presentada por la madre de la menor
23 de abril de 2026 11:15 hs
Jefatura de Policía de Artigas Mariana Castiñeiras
Un hombre de 60 años fue condenado en Bella Unión por contactar a una adolescente de 16 años a través de redes sociales con fines de connotación sexual, tras una investigación iniciada a partir de la denuncia de la madre de la víctima, informó la Jefatura de Policía de Artigas en un comunicado.
El caso comenzó el 28 de febrero, cuando la mujer se presentó junto a su hija en la Comisaría Especializada en Violencia Doméstica y de Género de la ciudad. Según la denuncia, el hombre realizó comentarios de índole sexual e insinuaciones inapropiadas hacia la adolescente. Ante la negativa de la menor, el individuo minimizó lo ocurrido y dio por finalizada la conversación.
A partir de ese episodio se iniciaron actuaciones policiales y judiciales. En una primera instancia, la Justicia dispuso medidas cautelares, que incluyeron la prohibición de comunicación y acercamiento a la víctima en un radio de 500 metros por 180 días, así como la prohibición de tenencia y porte de armas de fuego.
Fiscalía, por su parte, ordenó el relevamiento de los mensajes por Policía Científica, la toma de declaración de la adolescente en presencia de un responsable y la notificación al imputado, en el marco de la investigación.
Finalmente, el 21 de abril, el Juzgado Letrado de Segundo Turno de Bella Unión dispuso la formalización de la investigación y condenó al hombre como autor penalmente responsable de un delito previsto en el artículo 277 bis del Código Penal, vinculado al uso de tecnologías o medios de comunicación para contactar a menores con fines sexuales.
La sentencia estableció una pena de 10 meses de prisión bajo el régimen de libertad a prueba. Durante los primeros tres meses deberá permanecer en su domicilio las 24 horas con dispositivo de geolocalización, además de mantener la prohibición de comunicación y acercamiento a la víctima durante toda la condena. Los siete meses restantes deberá cumplir con otras obligaciones previstas por el Código del Proceso Penal.