16 de junio de 2026 5:00 hs

Sin saber que luego se daría un golpazo monumental en las elecciones, Cabildo Abierto se lanzó en 2023 a una tarea definida como titánica por sus autoridades: juntar las firmas del 10% del padrón electoral (270 mil aproximadamente) para que hubiera un plebiscito por una “deuda justa”.

Como se sabe, si bien los cabildantes reunieron las firmas suficientes, la Corte Electoral identificó miles de errores por lo que no las validó, lo que supuso –en los hechos– una nueva derrota para los liderados por Guido Manini Ríos, que ahora buscan hacer cambios mediante la discusión parlamentaria.

El rechazo no estuvo exento de debates sobre las firmas obtenidas y su verificación, ya que el organismo llegó a convocar a las personas a ratificar su adhesión, algo que fracasó y terminó echando por tierra las esperanzas cabildantes.

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Con ese antecedente fresco, la Corte Electoral decidió ahora modificar las exigencias y sumar como obligación la incorporación de las huellas dactilares de cada persona que adhiere al plebiscito.

La decisión quedó plasmada en la circular 12.430, la cual establece que cada vez que deba hacer un recuento y verificación de firmas que acompañen iniciativas de: reforma constitucional, referéndum contra decretos de las juntas departamentales, iniciativas populares en materia de gobiernos departamentales o municipales, iniciativa sobre asuntos que interesen a localidades, apelaciones ante la Cámara de Representantes de resoluciones de los intendentes o decretos de las juntas departamentales, según señala el primero de los quince artículos.

Ministros de la Corte Electoral consultados por El Observador señalaron que la decisión se tomó tras un análisis realizado el año pasado en el que se entendió correcto igualarla a la de los referéndums.

“La reglamentación de los plebiscitos (reformas constitucionales) tenía ya varios años y se consideró asimilarla a la del referéndum, que es con impresiones digitales”, señaló Pablo Klappenbach.

José Garchitorena, en tanto, agregó que lo que se buscó fue dar “más garantías” a quienes adhieren a las iniciativas ya que la Corte Electoral tiene dactilóscopos e idóneos y no peritos calígrafos. “Tomamos como ejemplo lo que establece la ley para la promoción de referéndum contra las leyes”, dijo.

A su vez, Analía Piñeyrúa mencionó que obviaron el “problema que se da con el cambio de firma con el paso del tiempo” ya que “la huella es siempre la misma”. “Uniformizamos el sistema”, sentenció.

En sus considerandos, la resolución de la corte señala que es “necesario optimizar los recursos con que se cuenta para constatar, con la mayor transparencia y certidumbre, la identidad” de las personas y recuerda que la “impresión dígito pulgar derecha” se estableció como requisito obligatorio para los referéndums en el año 2000.

Con esta decisión, las adhesiones –para ser validadas– deberán incluir: nombres y apellidos, serie y número de credencial, firma y huellas dactilares. “No obstante lo anterior, solo se computará la voluntad de adhesión de una persona que no sabía o no podía firmar en el momento de la inscripción si realizó la correspondiente impresión dígito pulgar. En caso de que no sea posible registrar la impresión dígito pulgar derecha, se estampará otra, dejando constancia de cuál se trata”, resolvió la corte.

Actualmente hay dos iniciativas populares de recolección de firmas a nivel departamental: una para prohibir la instalación de HIF en Paysandú y otra para bloquear la construcción de un basurero en Empalme Olmos (Canelones).

En el caso de la producción de hidrógeno verde, la organización entregó recientemente 17.200 firmas que representan más del 15% del padrón electoral exigido para activar el mecanismo de democracia directa previsto en el artículo 305 de la Constitución. “El quince por ciento de los inscriptos residentes en una localidad o circunscripción que determine la ley, tendrá el derecho de iniciativa ante los órganos del Gobierno Departamental en asuntos de dicha jurisdicción”.

Si la Corte Electoral las confirma, la Junta Departamental deberá comenzar el tratamiento de la iniciativa. Si el cuerpo no lo aprueba, quedará abierto el camino para la convocatoria a un referéndum departamental.

Una hoja por firma

La otra novedad de la decisión de la Corte Electoral es que cada adhesión deberá ser presentada en una hoja de forma individual. Antes, cada hoja podía contener varias firmas.

“Cada una de las hojas que contengan las adhesiones deberá tener expresado el objeto de la proposición. Asimismo, esas hojas deberán poseer un espacio en blanco, a fin de que al efectuarse el cotejo pueda numerarse y estamparse la constancia correspondiente a su aceptación o rechazo”, dice la resolución.

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