En Uruguay existen 900 residenciales de ancianos y la inmensa mayoría de ellos funciona sin estar habilitado para atender al público. Concretamente, 732 establecimientos no tienen el permiso para abrir e incumplen con los requisitos elementales para poder funcionar, de acuerdo a lo establecido por el Ministerio de Salud Pública (MSP) y el Ministerio de Desarrollo Social (Mides). Otros 140 arrastran alguna deficiencia menor aunque sí pueden recibir usuarios, y únicamente 20 locales tienen la licencia del gobierno para prestar servicio.
Las autoridades definieron como imprescindible contar con la colaboración de los familiares de los alojados para recibir las denuncias de aquellos establecimientos que presenten irregularidades.
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Los requisitos que habilitan a un geriátrico abrir sus puestas están vinculados, principalmente, a su condición edilicia, a la situación de higiene, cantidad de personal técnico y, también, a un proyecto social.
Las habilitaciones se dan por cinco años; además los residenciales deben contar con habilitación de Bomberos.
Los residenciales deberán estar construidos en materiales firmes y antideslizantes. Está prohibido que en las plantas existan desniveles en el suelo y los accesos a las circulaciones interiores y a jardines deberán contar con rampas y pasamanos, además de escalones. Los corredores también tienen que disponer de soportes a la altura de la mano para que el usuario pueda agarrarse en caso que lo necesite. Todas las puertas del geriátrico, incluidas las de los baños y habitaciones, deben ser lo suficientemente anchas para que por ella pase una silla de ruedas.
Es obligatorio para el local hacer el control efectivo de plagas.
El personal a cargo del cuidado de los abuelos debe ser exclusivo para dicha función. En turnos diurnos, tendría que haber un asistente cada 10 personas autoválidas y uno cada cinco residentes con dependencia. Mientras que por la noche, uno cada 20 y uno cada 10, respectivamente. Y los técnicos deberán estar certificados para poder cuidar a otra persona.
Asimismo, es requisito obligatorio que exista un director técnico que sea médico geriátrica para coordinar al equipo de trabajo. Si no se cuenta con dicho especialista, el rol lo podrá desempeñar un médico general. Entre todos los profesionales deberán llevar un registro individual de las personas que estén alojadas en el residencial.
También debería haber un profesional del área social que llevará adelante funciones relativas a la recreación y vinculadas al proyecto social que asuma el establecimiento.
El MSP prohíbe que se utilice como dormitorio un altillo, sótano, garaje o galpón. Tampoco habilita montar una habitación ni en barbacoas, livings, patios o corredores. De hecho, cada pieza deberá contar con cinco metros cuadrados por residentes, excluyendo los armarios, y cada interno tener su propia cama. Están prohibidas las cuchetas, catres, y camas marineras. Cada residencial tiene que tener a su disposición sábanas, fundas y frazadas limpias además del colchón y almohadas. También es obligatorio que el dormitorio cuente con un timbre dentro de la pieza para eventuales llamadas de auxilio.
Cada establecimiento debe contar con un baño cada 10 residentes autoválidos y otro cada cinco usuarios incontinentes. Está prohibido el uso de baños exteriores.
El MSP no permite que existan casas de adultos mayores sin calefacción ni aire refrigerado artificial, como ventiladores o aires acondicionados, especialmente en dormitorios, comedores y cocina. El ministerio prohíbe el uso de calefactores de combustión en los dormitorios. Asimismo, el residencial debe contar con servicio de agua caliente las 24 horas.
El residencial debe contar con áreas externas, como patios y jardines, accesibles a todos los residentes. Dentro del local, el lugar debe tener previsto una sala de estar, cuya área mínima debe ser de 1.50 metros cuadrados por persona.
La cocina, el comedor y el espacio para almacenar medicación deben estar dispuestos de manera independiente. Todos los establecimientos tienen que prever un área específica para preparar las comidas que será un espacio diferente al del comedor.
En cuanto a la medicación, cada geriátrico debe reservar un espacio para almacenar los fármacos de los usuarios con medidas de seguridad y acceso limitado para psicofármacos y opiáceos. Cada usuario debe contar con un recipiente donde guardar la medicación que le corresponda, según indica su historia clínica, debidamente rotulados con nombre y apellido.
Los residenciales habilitados deben diseñar un proyecto para que asuma el centro, donde se establezcan los principales objetivos estratégicos del local y las diversas acciones dispuestas para alcanzar las metas.
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