En Cabildo Abierto analizaron informe del Ministerio de Relaciones Exteriores.

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Cabildo descarta "inconvenientes" con su proyecto porque militares están presos por "delitos comunes" y no de lesa humanidad

Los liderados por Manini pedirán que se modifique la justificación de su proyecto para otorgar prisión domiciliaria a mayores de 65 años; cuando se presentó se lo vinculó entre otros aspectos al riesgo de contagio de covid-19 y la emergencia sanitaria
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06 de mayo de 2022 a las 05:00

Cabildo Abierto analizó este jueves el informe que Cancillería elevó al Parlamento con advertencias sobre posibles observaciones a Uruguay en caso de aprobarse el proyecto de ley que el partido de Guido Manini Ríos promueve para que la prisión domiciliaria sea otorgada en forma preceptiva en los casos de imputados o condenados mayores de 65 años edad, una iniciativa que beneficiaría a buena parte de los exmilitares y policías presos por causas vinculadas al terrorismo de Estado.

La principal conclusión fue que el partido no avizora inconvenientes al respecto, principalmente por una sola razón: "Todos están imputados por delitos comunes", dijo a El Observador el senador Guillermo Domenech, al señalar que el ministerio parte del supuesto de que las personas a las que abarcaría el proyecto están presas por delitos de lesa humanidad, algo que a su entender no es el caso. "No veo ningún inconveniente", afirmó. 

En su informe, el Palacio Santos llamó a que el proyecto propuesto por Cabildo Abierto sea analizado "en el marco de los estándares internacionales de derechos humanos", con una advertencia sobre las consecuencias que tendría para Uruguay que esa eventual ley termine beneficiando a los presos por delitos de lesa humanidad. La preocupación apuntó especialmente al cumplimiento de los acuerdos signados por el país en materia de derecho internacional. 

El Ministerio de Relaciones Exteriores señaló que su eventual aprobación "hace prever que en los ámbitos internacionales" la iniciativa "sea considerada contraria a los estándares correspondientes" si es aplicada a casos vinculados a violaciones a los derechos humanos. Allí se cita un "llamativo antecedente": los cinco procedimientos especiales abiertos por al Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas que, actuando de oficio, remitieron al Parlamento recientemente sus objeciones, dando a entender que están siguiendo el asunto y que efectuarán observaciones si el proyecto es aprobado. 

Por su parte, la senadora nacionalista Graciela Bianchi coincidió con la visión de los cabildantes y señaló que el informe de Cancillería no tiene implicancias en la situación de los actualmente recluidos en la Cárcel de Domingo y Arena y otros lugares. "Todos están por delitos comunes. Ninguno fue imputado, procesado o condenado por delitos de lesa humanidad", afirmó.

En diálogo con El Observador la senadora valoró el informe del Palacio Santos. De todas, sostuvo que no se trata de una opinión técnica. "El canciller no deja de ser una autoridad política", expresó. La legisladora ya había hecho esa puntualización cuando se decidió pedir la opinión del ministerio, el mes pasado. "Para saber si efectivamente estamos cumpliendo o no, los únicos que me garantizan eso son quienes integran la Cátedra de Derecho Internacional Público". 

Bianchi llamó en ese sentido a tener cuenta el "aplastante informe" que elevó a fines del año pasado la Cátedra de Derecho Procesal de la Universidad de la República. Consultada, coincidió en que "hay que hacer de nuevo" la exposición del motivos del proyecto, y así quitarle las referencias a la emergencia sanitaria. Sobre las modificaciones de fondo, dejó en claro en que aún no hay definición.

Cambio de fundamentación

La llave del futuro del proyecto está en manos del Partido Nacional. La mayor bancada del oficialismo tiene que definir las modificaciones que sugerirá a cambio de dar sus votos a la iniciativa. Según había adelantado a El Observador el senador Gustavo Penadés, se negocia elevar la edad mínima a 70 días y excluir a texto expreso, justamente, a los presos por delitos de lesa humanidad.

Al respecto, Domenech dijo que su partido no planteará inconvenientes a estos cambios. Además promoverá una modificación en la fundamendación de la ley, dejando por el camino la alusión de la "emergencia sanitaria" y el peligro de un "brote de covid-19 en las cárceles" como justificación de que los mayores de 65 años presos pasen a cumplir su pena en sus domicilios. El proyecto había ingresado al Parlamento en agosto del año pasado y allí Cabildo Abierto hacía referencia al "surgimiento de nuevos brotes" y al "nivel expansivo de la pandemia". 

En su informe, Cancillería reparó justamente en que el pasado 5 de abril la emergencia sanitaria fue levantada por decisión del Poder Ejecutivo. "Estamos de acuerdo en que la exposición de motivos debe ser modificada", señaló Domenech. El nuevo texto se limitará a hacer referencia al "principio de humanidad en la ejecución penal ante la situación de superpoblación del sistema carcelario".  

Una tesis sin sustento

Del lado opositor, el Frente Amplio valoró el informe de Cancillería y rechazó la argumentación oficialista de que los exmilitares y policías no están en Domingo Arena por delitos de lesa humanidad. "Esa tesis no tiene sustento" señaló a El Observador el senador Enrique Rubio. "Casos como este son intrínsicamente de lesa humanidad", sostuvo.

El legislador valoró que Cancillería efectuó un informe muy prolijo, aunque le cuestionó el haber eludido una definición política sobre el proyecto. A su juicio, las consecuencias advertidas por el ministerio son claras. "Si la coalición se mete a respaldar este proyecto de Cabildo Abierto, expone al país a hipotecar buena parte de su prestigio internacional, ya que se estarán violando un conjunto de acuerdos internacionales que Uruguay ha suscrito", señaló. "Vamos a tener un problema muy serio con la Corte Interamericana de Derechos Humanos", agregó. 

Su colega Charles Carrera (MPP) dijo compartir el pronunciamiento del ministerio. A su entender, el informe permite fundamentar aún más que el proyecto de ley resulta incompatible con las normas internacionales de derechos humanos. En diálogo con El Observador, el legislador planteó la necesidad de solicitar que la Corte Interamericana de Derechos Humanos eleve un informe al respecto. 

Caso Maidanik

Si bien ninguno de los exmilitares y policías imputados, procesados o condenados lo fueron en aplicación de la ley 18.026 aprobada en 2006, eso no quiere decir que esos delitos no se hayan cometido en un contexto de lesa humanidad, según dijo a El Observador el abogado Martín Fernández, del Instituto de Estudios Legales y Sociales del Uruguay (Ielsur).

Fernández recordó que el sistema judicial optó por aplicarles tipificaciones previstas en el Código Penal vigente en la época en que cometieron los delitos. El abogado recordó que Uruguay es desde 1969 signatario del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos del Sistema Naciones Unidas, que "es uno de los más importantes y vinculantes para el país". Allí se indica que determinados delitos, cometidos en un contexto de represión y abuso de autoridad, configuran una naturaleza de lesa humanidad. En el caso uruguayo, apuntó, "se dieron en un contexto de represión generalizada". 

Entre otros aspectos, la CIDH establece que la desaparición forzada es un delito permanente. 

El representante de Ielsur se detuvo sobre una de las advertencias del informe de Cancillería en cuanto a que el país está en una fase de supervisión de la ejecución de dos sentencias por parte de la CIDH. Una de ellas es relativa a la demanda entablada en el caso de la ejecución extrajudicial de Diana Maidanik, Silvia Reyes y Laura Raggio, y la desaparición forzada de Luis Eduardo González y Oscar Tassino, en 1974. La sentencia fue emitida el 15 de noviembre del año pasado. 

Fernández apuntó que hasta hoy ni el Ministerio de Relaciones Exteriores ni la Presidencia de la República se han contactado con los familiares ni con los abogados de las víctimas para cumplir con lo indicado por la corte, por lo que a su juicio no puede hablarse de que la sentencia esté en fase de ejecución. En esa condena se incluye la investigación y el enjuiciamiento de los responsables, la dilucidación sobre el paradero de las víctimas que siguen desaparecidas, reparar en forma adecuada a las familias y un acto público de desagravio y reconocimiento del accionar ilegal del Estado. Desde la emisión de la sentencia, dijo el abogado, la causa sigue sin avances.

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