Miguel Samudio

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Cerro recibió una amonestación por el incidente de racismo contra Miguel Samudio

Cerro recibió una sanción leve por el hecho de racismo contra Miguel Samudio de Liverpool, ¿por qué no recibió un castigo mayor?
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03 de mayo de 2023 a las 05:01

Cerro recibió una amonestación como castigo por un acto de racismo perpetrado por un hincha de su equipo en ocasión del partido que el villero jugó contra Liverpool en Belvedere por la 12ª fecha del Torneo Apertura

Al minuto 80 de ese partido, un parcial de Cerro ubicado en la tribuna visitante del estadio Belvedere le tiró una banana al jugador paraguayo de Liverpool, Miguel Samudio. Este recogió la fruta, la peló y comió un trozo de la misma. 

El hecho fue denunciado y llegó el martes a la Comisión Disciplinaria de la Asociación Uruguaya de Fútbol (AUF) luego de ser repudiado por Liverpool, por la propia directiva de Cerro y por la Mutual que le pidió a la AUF la adopción de sanciones

El hecho configuró la responsabilidad objetiva del club, que está prevista en el artículo 5 del Código Disciplinario. 

Esto quiere decir que aunque el club no sea responsable directo de los hechos sancionables, igual es pasible de recibir castigos por el comportamientos de sus funcionarios, representantes, dirigentes, jugadores e incluso de los hinchas. Así lo dice el artículo 5.1: "Los clubes son responsables del comportamiento de sus jugadores, oficiales, miembros, parciales, aficionados, así como de cualquier otra persona que ejerza o pudiera ejercer en su nombre cualquier función en ocasión del partido".

Sin embargo, la Comisión solo le aplicó a Cerro una amonestación.

¿Por qué? Porque el artículo 12.2, que es el que regula las conductas racistas de los hinchas, regula hechos "de indudable naturaleza colectiva" y en este caso, como se comprobó, fue un solo hincha el encargado de ofender al paraguayo Samudio.

Esto es lo que dice el artículo 12.2: "Si en el transcurso de un partido, los hinchas, socios o seguidores de un equipo, a través de actos injuriosos o manifestaciones agraviantes de indudable naturaleza colectiva atentaren contra la dignidad, credo, raza o color de piel de: jugadores, dirigentes, miembros de los cuerpos técnicos, o desplegaran pancartas con leyendas o inscripciones de contenido racista y/o que denigren al ser humano, se aplicará al club infractor, una multa que no podrá ser inferior a 50 (cincuenta) unidades reajustables, ni mayor a 300 (trescientas) unidades reajustables y/o la clausura de su campo de juego por el período de una fecha". 

Por esa razón no se aplicaron multas ni la sanción de cierre de cancha y solo se procedió a amonestar a Cerro teniendo en cuenta la gravedad del hecho.

 

 

 

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