Jorge Piñeyrúa y Giuliana Pérez

Nacional > Primera instancia

Contadora que viajó con Toma reclamaba $ 5 millones a Polémica en el Bar por tratarla de "prostituta": ¿qué dijo la Justicia?

La Justicia desestimó la demanda por daños y perjuicios por entender que caducó el plazo para reclamar
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30 de marzo de 2023 a las 18:13

En primera instancia, la Justicia desestimó la demanda de la contadora Giuliana Pérez –quien acompañó al exsecretario de Presidencia, Miguel Ángel Toma en viajes al exterior por el pleito contra Aratirí y el juicio por el Plan Cóndor en Roma– contra los integrantes del programa de Canal 10 Polémica en el Bar. La contadora reclamaba más de $ 5 millones como reparación económica y un pedido de disculpas por parte del conductor Jorge Piñeyrúa, y los panelistas Gaspar Valverde, Nicolás Lussich y Patricia Madrid.

Por los viajes al exterior de Toma y la designación de Pérez en el equipo, el actual gobierno le inició un sumario al exsecretario de Presidencia. 

Se trata de la primera sentencia, porque Pérez demandó también a los conductores de Esta Boca es Mía y Séptimo Día (de Teledoce), Santo y Seña y Todas las Voces, según informó en junio de 2022 radio Universal.

La denuncia de Pérez

Según señala el fallo judicial al que accedió El Observador, Polémica en el Bar compartió una imagen de Toma y la contadora en un partido por la Europa League, que se disputó en Roma. Agrega que el 18 de setiembre de 2020 en Polémica en el Bar hubo "múltiples referencias (...) centradas en transmitir" que ella es "una prostituta que canjea viajes a cambio de sexo". 

De acuerdo a la demanda iniciada en julio de 2022, en el programa se difundieron "como verdaderos, un cúmulo de datos e información falsa, que han impactado negativamente en su vida personal y profesional".

La contadora reclamó "la suma de $ 2.147.340 en concepto de indemnización" porque pasó "de ser una profesional prestigiosa, exitosa y reconocida a ser una persona despreciable, moral y profesionalmente". Además, como quedó "sin posibilidades de empleo", partiendo "del promedio de sus ingresos en los últimos dos años de trabajo ($ 54.700), proyectando la cifra mensualmente como probable, multiplicada por los meses que se incluyen en cinco años, reclamando en definitiva, la suma de $ 3.292.496".

Por lo tanto, pidió un total de $ 5.439.836, que se elimine del "ciberespacio la divulgación permanente" de aquel programa, que fue subido a "YouTube, Web del Canal, Twitter y Facebook" y que los implicados den sus disculpas públicas "cuyo contenido coincidirá con la admisión del hecho de haber proferido y divulgado una noticia falsa".

La respuesta de los demandados

Por su parte, los demandados rechazaron lo pedido por la contadora y alegaron que ya caducó el plazo de 90 días que establece la Ley de Prensa tanto para el "derecho de respuesta como a las acciones civiles o penales".

"Señalaron que el plazo de caducidad establecido en el art. 14 de la Ley No. 16.099, comenzó a correr desde la fecha de emisión del programa, esto es el 18 de setiembre de 2020, por lo que el plazo caducó, en el mejor de los casos para la actora, indefectiblemente el 17 de diciembre de 2020", dice el fallo.

Respecto a que el programa fue subido también a YouTube, indicaron que  "la publicación del programa en YouTube se efectuó el 21 de setiembre de 2020, extremo plenamente identificable y desde esa fecha debe computarse el plazo, aun cuando sus efectos se prolonguen en el tiempo".

Finalmente, la jueza letrada Jennifer Castillo hizo lugar "a la excepción interpuesta" y declaró "la caducidad del accionamiento, desestimando la demanda; sin especial condenación procesal".

"El programa fue emitido el 18 de setiembre de 2020, la accionante promovió su demanda el 21 de julio de 2022, habiendo transcurrido en exceso el plazo de 90 días establecido en la norma de referencia, esto es, cuando ya había caducado su derecho", dice el fallo.

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