Los exmilitares condenados por delitos de lesa humanidad en la dictadura, Ernesto Ramas y Jorge Tróccoli, se vuelven a enfrentar a la justicia por los crímenes cometidos en el último proceso cívico militar, el segundo de ellos otra vez en Italia, informó La Diaria.
Ramas fue procesado por el homicidio de los militantes comunistas Fernando Miranda y Eduardo Bleier en 1975, como responsable del centro de detención 300 Carlos en el que fueron asesinados con tortura por personal de las Fuerzas Conjuntas, confirmó el fiscal Ricardo Perciballe a El Observador.
El caso lo llevó la jueza penal de 27° turno, Silvia Urioste, que procesó al exmilitar, jefe de la División de Operaciones del OCOA (Organismo Coordinador de Operaciones Antisubversivas) en 1975, por dos delitos de homicidio muy especialmente agravado en régimen de reiteración real. Urioste también responsabilizó por la muerte de los detenidos en 300 Carlos al en ese entonces comandante de la División de Ejército I, el general Esteban Cristi, y su segundo comandante Julio González Arrondo.
Ramas está condenado por el homicidio de 28 personas y por la causa de la justicia italiana que investigó el Plan Cóndor, cumple prisión domiciliaria y está procesado por cinco causas más que involucran delitos de lesa humanidad.
Tróccoli, en tanto, será juzgado en Italia por la desaparición de Elena Quinteros, Rafaela Filipazzi y su esposo José Agustín Potenza el 14 de julio, según decidió el Tribunal de Roma.
El exmilitar fue uno de los catorce condenados a cadena perpetua por la causa italiana del Plan Cóndor, finalizada en julio de 2021, en su caso por la responsabilidad en la muerte de 38 personas en la dictadura.
Tróccoli es el único de los condenados por ese proceso que reside en Italia, país al que emigró para escapar de la justicia uruguaya, que también lo investigó por los crímenes cometidos de 1973 a 1985.
En el nuevo juicio contra el exmarino el Estado uruguayo participará como "parte ofendida", lo que significa que podrá presentar documentación referida al caso pero no podrá participar de los interrogatorios al acusado, como sí lo puede hacer un participante civil.
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