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25 de noviembre 2021 - 5:02hs

El joven arreglaba cables en la azotea cuando recibió los disparos de parte del hombre de 72 años, quien dijo a la policía que pensó que era un delincuente.

Eso desató una serie de argumentos y críticas sobre las potestades que otorga la ley sobre legítima defensa. 

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Según dijo este martes en rueda de prensa la fiscal del caso, Adriana Edelman, no está claro si el joven estaba arreglando cables en su propia azotea o podría haber cruzado al techo del agresor. Estaba "en tránsito", sostuvo. Agregó que, supuestamente, le estaba arreglando cables a otro vecino y de hecho encontraron un cable cortado, prueba del trabajo. 

El primer artículo de la LUC introduce tres cambios en materia de legítima defensa. El primero se detalla que son dependencias de la casa jardines, barbacoas, patios (como en el caso de Rivera), balcones, terrazas, azoteas, parrilleros, garajes y cocheras. Además, se consideran dependencias de la casa en zonas suburbanas o rurales: los galpones, instalaciones o similares que formen parte del establecimiento, siempre que tengan una razonable proximidad con la vivienda.

Otro cambio que introdujo la LUC fue aclarar que el medio usado para defenderse se considerará racional cuando resulte ser una respuesta suficiente y adecuada a fin de conjurar el peligro derivado de la agresión sufrida.

Y que “cuando la defensa deba ser ejercida respecto de cualquier derecho de contenido patrimonial, la racionalidad deberá ser apreciada con prescindencia de que no haya existido o ya hubiera cesado una agresión física a la persona que se defiende”.

El episodio desató un cruce entre legisladores. Por parte del Frente Amplio, el senador Alejandro Sánchez, expresó en su cuenta de Twitter: "No se trata de una campaña, se trata de la vida de la gente. Parte de la LUC y varios de sus impulsores promueven discursos peligrosos, que incitan el odio y no solucionan los problemas de seguridad, al contrario, los agravan". Su par, Charles Carrera, sostuvo: "Los mensajes equivocados que se consagraron en la LUC se cobran vidas inocentes. La convivencia en jaque a partir del miedo y la desconfianza".

Sánchez en su mensaje se hizo eco de un tuit del diputado nacionalista Rodrigo Blás, que más temprano había manifestado: "La LUC impide que rapiñeros y asesinos transiten seguros por las azoteas. Una razón para derogarla: la mejor campaña para NO derogar la hace el FA, sin duda". Blás agregó luego que, en este caso puntual, la LUC no hacía la diferencia. 

En declaraciones a El Observador, Sánchez manifestó que sus críticas a la LUC en esta oportunidad eran de tinte discursivo y no legales. En este caso nunca –con o sin la ley vigente– configuraría, con las pruebas que hay hoy, legítima defensa. "El texto de la ley por supuesto que no tiene incidencia, lo que yo digo es los discursos que se hacen al lado de eso. Eso es lo que yo critico, el discurso liviano de decir 'matémoslos porque son unos pichis'. Y resulta que después pueden pasar estas cosas porque a la gente le damos manija con eso y después siente un ruido arriba del techo y dispara. Yo a lo que voy es a ser prolijos con los discursos que hacemos", explicó. 

Por su parte, Blás manifestó que los argumentos frentistas se basan en "llevar las cosas al extremo". Resaltó que las ampliaciones para los casos considerados legítima defensa no ponen la propiedad sobre la vida, si no que responde a casos que son "vida contra vida". "Cuando decimos que se puede disparar a alguien en un depósito, no es por la propiedad en sí, es porque generalmente el dueño sintió un ruido y fue a ver qué pasaba y se encuentra cara a cara con el delincuente. Está en riesgo la vida", ejemplificó y recordó que tiene que haber una proximidad razonable con la vivienda. Además, insistió, siempre estará de por medio la valoración del juez.  

Tras su comparecencia en el Parlamento, el ministro del Interior, Luis Alberto Heber, también se pronunció sobre el caso. “ La LUC justamente no ampara eso. La LUC establece que uno se pueda defender. Aquí no hay legítima defensa, si la persona estaba en la azotea y la persona que vivía en la vivienda disparó, no tenía ninguna amenaza(...) la LUC está actuando bien. Si la persona que estaba en la azotea baja, está armada, le apunta o le dispara, se puede defender. Pero no es el caso, por lo tanto, no está encuadrado en la LUC. Creo que la intencionalidad política es buscar en cada uno de estos episodios, tratar de quitar un derecho que todos queremos como ciudadanos. Poder defendernos en nuestras casas”.

El asesinato de un padre a su hija, el caso Plef y dos casos en los que intervino la LUC

En noviembre de 2011 un hombre mató a su hija de 24 tras confundirla con un delincuente. El matrimonio se encontraba junto a su hija en el living de la casa ubicada en la calle Alejandro Schroeder en el barrio Carrasco. La madre dijo haber escuchado unos ruidos en el jardín y el padre decidió pedirle a las mujeres que permanecieran en la planta alta de la vivienda. El hombre salió armado al jardín, cuando sintió los gritos de su esposa, volvió a entrar pensando que los ladrones estaban adentro. Mientras ingresaba, percibió entre las sombras a alguien que se le acercaba, por lo que le disparó, sin darse cuenta de que se trataba de su hija. La joven murió en el momento.

Un mes atrás la familia había sufrido un copamiento, cuando tres hombres amenazaron al hermano de la víctima con armas de fuego e ingresaron al domicilio junto a él. Los delincuentes ataron al joven y a su padre, mientras que la madre simuló estar dormida. 

A la semana, el juez Rubén Saravia archivó la investigación por entender que el hombre había actuado en legítima defensa. "El indagado actuó basado en un error de hecho esencial, inevitable o invencible y decisivo, realizando el disparo con el arma de fuego que dio muerte a su hija creyendo defenderse y defender a su familia de una agresión ilegítima no provocada, de un delincuente que ingresó armado a su domicilio en horas de la madrugada", expresó en el fallo. 

Ocho años más tarde, Felipe "Plef" Cabral fue asesinado mientras pintaba un grafiti en una pared de Punta Gorda. Si bien el caso no tuvo consecuencias porque el agresor murió en medio del proceso, la investigación apuntaba a que lo había confundido con un delincuente y le disparó en la cabeza. Plef estaba en el exterior de una casa lindera terminando de pintar el mural. 

El homicidio tomó tintes políticos. El entonces senador frenteamplista Marcos Otheguy vinculó el caso a la campaña Vivir sin miedo que se llevó a votación junto con las elecciones nacionales. Otheguy escribió en Twitter que “el asesinato del artista callejero Felipe Cabral, hijo del célebre músico Chichito Cabral, provoca dolor e indignación” y que “las campañas promotoras de barbarie como las de Vivir sin miedo se saben cómo empiezan pero nunca cómo terminan”. 

Luego, Luis Lacalle Pou, en ese momento senador, respaldó la figura de Jorge Larrañaga como impulsor de Vivir sin miedo. "Intolerancia y falta de argumentos Jorge. A seguir el camino del Partido Nacional. Mi solidaridad ante este disparate", consideró.

A poco de aprobada la LUC, en agosto de 2020, la Justicia de Florida liberó a un hombre que mató a un delincuente que había querido robarle una oveja. “El matador lo hizo en pos de defender su casa y sus dependencias. La víctima tenía un cuchillo”, dijo la fiscal del caso Lucía Nogueira a TV Florida luego de determinar que el caso se encuadraba en la figura de legítima defensa. 

El último caso resonante en el que se tipificó legítima defensa fue a fines de octubre, cuando un comerciante fue liberado a pesar de haber matado a un delincuente. El joven forzó una persiana de madera pero no llegó a entrar a la vivienda donde el propietario tiene una panadería. Quiso ingresar por un dormitorio pero antes, fue sorprendido y recibió un disparo en el pecho. Aunque caminó herido una cuadra y luego fue trasladado a un hospital murió minutos después. 

Para la fiscal Stella Alciaturi el hombre fue víctima de una agresión ilegítima que justificaba defenderse porque ya había sido asaltado en otras oportunidades y su esposa había sido encañonada con un arma, y además no existió provocación al delincuente por parte del hombre, que estaba dentro de su casa. Según la fiscal, en este caso la LUC dejó menos margen a dudas que podían surgir con la legislación anterior respecto del lugar en el que se le disparó al delincuente. El abogado Andrés Ojeda consideró que el resultado hubiera sido el mismo aún sin la LUC. 

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