Gustavo Salle 

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Fallo de constitucionalidad de nuevo código es "aberrante", según Salle

El abogado dijo que es un galardón que los "ministros que defienden un código criminal" lo sancionen
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29 de mayo de 2018 a las 08:21

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) desestimó un recurso de inconstitucionalidad presentado por los abogados Gustavo Salle y Enrique Viana en el juicio por las amenazas de muerte realizada por Juan José Ayala contra el fiscal de Corte Jorge Díaz.

Salle dijo a El Observador que el fallo "es aberrante" y "muestra el poco respeto de la corte" con la Constitución. El abogado aseguró que esperaban un fallo así ya que los jueces integrantes de la corporación "se habían prestado públicamente para hacer campaña a favor del código y habían vulnerado la imparcialidad respecto del tema". Los abogados recusaron a los ministros y pidieron la creación de un corte adhoc, pero su pretensión fue desestimada.

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Salle sostuvo que el fallo "soslaya" que el Código de Proceso Penal y la Constitución son antagónicos porque el primero tiene su origen en el derecho anglosajón, un conjunto de normas consuetudinarias y orales, y la segunda está basada en un derecho europeo escrito y codificado. "Ya hay antecedentes del poco respeto a la Constitución que tiene esta corte". "Cuando se trató de su bolsillo (en referencia al litigio por los salarios en el Poder Judicial) los ministros dijeron que era constitucional que una ley común modificara una ley presupuestal. Una corte que viola la Constitución por razón económicas es evidentemente una corte que siente poco respeto de la constitución".

El abogado, sostuvo que el fallo de la corte consagra la violación de los artículo 15 y 16 de la Constitución que establecen un proceso penal en done el juez es el que invenstiga. "El proceso penal está estructurado en la Constitución. Y la Constitución quiere que se el juez el que tome contacto con el ingada y no el fiscal. Y eso no se cumple", aseguró.

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Además de desestimar la excepción de inconstitucionalidad, la corte consideró necesario condenar a los abogados por entender que el recurso "demostró un claro afán dilatorio". Debido a los numerosos recursos que los abogados presentaron (entre ellos de nulidad por indefensión) la corte concluyó que "el comportamiento procesal, que resulta contrario al estándar del buen litigante, trae aparejada la especial condena en costos y la pérdida del derecho de los abogados patrocinantes a percibir honorarios por su actuación profesional en este proceso".

Salle explicó que la defensa de Ayala la realiza de forma honoraria. De todas maneras consideró que la corte tuvo una actitud de "venganza" con él y Viana. "Acepto esta sanción porque a esta corte le sacamos la máscara. Es un galardón que estos ministros que defienden un Código Criminal me sancionen", opinó.

El fallo implica el reinicio del juicio contra Ayala. El abogado que amenazó a Díaz permaneció todo este tiempo en libertad. A juicio de Salle quedó demostrado que la medida cautelar de privación de libertad contra su defendido es "innecesaria" porque "tuvo todo este tiempo para matar a Díaz, destruir pruebas o irse del país, y no lo hizo".


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