Los enfermeros Ariel Acevedo y Marcelo Pereira estuvieron casi tres años presos, acusados de matar a 15 pacientes. El 26 de febrero fueron absueltos y recuperaron la libertad. La jueza Dolores Sánchez dictaminó que “los encausados no han cometido ilícito alguno” y que su procesamiento se basó en “un rumor”. La fiscal Mónica Ferrero apeló ese fallo, por considerar “que no puede afirmarse (...) que sean inocentes”.
“No es legal que un enfermero que tiene al cuidado un paciente le suministre medicación al mismo sin prescripción médica alguna. Y si lo hace, se debe determinar el dolo, esto es la intención de hacerlo, lo que es ajeno a la motivación”, agrega.
Las confesiones
La fiscal reconoce que “ambos dieron sus motivaciones y alejaron de sus conductas cualquier finalidad de dar muerte”, pero advierte que “el dolo en la conducta de los encausados surge claramente en el sentido de que pudieron representarse los efectos de su accionar”.
Para la fiscal, ambos enfermeros eran conscientes de que, al suministrar aire o morfina sin prescripción médica, estaban violando la ley. Fundamenta esa postura con declaraciones de los acusados. “Vuelvo a repetir que estoy convencido de que mis actos fueron erróneos y que estoy arrepentido de haberlos hecho, porque no era yo quién para tomar en mis manos la vida de otros seres humanos”, declaró Acevedo, tras confesar que inyectó 20 centímetros cúbicos de aire en varios pacientes. “Mi error fue haberlo suministrado sin autorización médica. No fue con el fin de matar a nadie”, declaró Pereira, que inyectaba morfina.
“Mendacidad notoria”
La jueza que los absolvió destacó en su sentencia que ambos alegaron que “fueron presionados por el personal policial” para que confesaran y que recibieron “un mal asesoramiento” de su anterior abogada.
En contrapartida, la fiscal Ferrero considera que las confesiones son válidas y que los dos enfermeros se retractaron “para evitar la condena penal y la pública, porque su admisión había generado un revuelo internacional”.
“Ello, seguramente, determinó a tratar de elaborar una exculpatoria como la que ensayaron, ambas totalmente criticables porque la mendacidad es notoria a poco que se analice”, expresa.
La fiscal asegura que “la prueba de suministro de dichas sustancias sin prescripción médica es suficiente para la condena de los mismos, ya que introduce la violencia privada ejercida, y dicho ilícito se consuma apenas se hace efectiva la violencia o la coacción psíquica”.
Entre otras pruebas e indicios, Ferrero menciona testimonios de compañeros y mensajes de texto que intercambiaron los enfermeros. Además, destaca que en la computadora de Acevedo “se encontraron artículos sobre la muerte de personas”.
Un Tribunal de Apelaciones condenará o absolverá a los enfermeros.
Apelación fiscal de la absolución a los enfermeros