La Asociación de Fiscales informó que analizará la situación y sus “intencionalidades”

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Jueces niegan ingreso de técnicos de fiscalía a audiencias y reabren polémica sobre declaración de menores en casos de abuso

Los magistrados reciben capacitaciones donde se les deja en claro que los técnicos de la Unidad de Víctimas de la Fiscalía no deben participar las audiencias
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17 de octubre de 2021 a las 05:00

Algunos jueces en el interior del país, le prohibieron el ingreso a las audiencias a los técnicos de la Unidad de Víctimas y Testigos de la Fiscalía en las que acompañaban a menores. Los magistrados señalaron que son las víctimas quienes deben elegir el psicólogo o asistente social que los acompañe.

La fiscalía expresó preocupación al respecto, según un mensaje que hizo circular entre funcionarios, al que accedió El Observador. “En varias oportunidades en el interior, en la última semana receptores del PJ (Poder Judicial) no han dejado ingresar como acompañante en declaración a los técnicos de la UVyT (Unidad de Víctimas y Testigos)”.

El motivo de esta decisión está en unos talleres de capacitación que han recibido los jueces entre el 21 y el 30 de setiembre para actualizar el aspecto teórico de sus labores, incluso al personal administrativo. Las clases impartidas por Zoom para funcionarios de todo el país, son dictadas por el psiquiatra infantil Miguel Cherro y por el ministro del Tribunnal de Apelaciones de Familia Eduardo Cavalli

Son cursos de formación continua, explicó Cavalli a El Observador, quien fundamentó que el acompañante emocional es una figura que está con el menor cuando se celebra la audiencia, en el marco de una investigación por abuso sexual. El niño debe elegir quién será el referente, ya sea un vecino, un familiar u otro actor de la sociedad en quien confíe; pero no necesariamente en un funcionario de la fiscalía.

“Un funcionario público tiene otros intereses a los de un niño” y los entrevistadores “les quitan espontaneidad” a sus declaraciones, en la medida de que los técnicos de la fiscalía “interrumpen”, apuntó el juez, a cargo de las charlas.

 

 

 

Según el mensaje difundido a los fiscales, “el argumento es que tuvieron un curso con el Dr. Cavalli y el Dr. Miguel Cherro que les dijeron que era conveniente que la UVyT no ingrese porque es parte. En esos casos la Fiscalía no defendió el derecho de la víctima”.

 

 

Por su parte, la Fiscalía General de la Nación, en consulta con integrantes de la Unidad de Víctimas, indicó que “no va a emitir comentarios al respecto”, dijo su vocero, Javier Benech. 

“Todos los días se producen distintas situaciones en el marco de los procesos penales, que se conversan, se tratan de solucionar entre todas las instituciones que participan”, se limitó a informar.

“Un funcionario público tiene otros intereses a los de un niño”, dijo el juez Eduardo Cavalli

Según establece el Código del Proceso Penal y del Código de la Niñez y la Adolescencia, el acompañante emocional es una figura que puede estar junto al niño cuando se expresa tras un caso de abuso sexual. Sin embargo, según Cavalli, “no es funcionario de una de las partes, es una persona que tiene que ser de confianza del niño y lo puede acompañar en esa diligencia, que, por cierto, es muy difícil. El niño debe comparecer, y cuando lo haga debe elegir la persona que lo acompañe, y no se lo debe imponer ninguna de las partes del juicio. Es lo mismo que si el niño fuera acompañado por un asistente de la defensa”.

El magistrado insistió en que esa persona no debe elegirse bajo “presión” sino que debe ser la víctima quien elija.

Agregó que estos talleres se brindan desde hace diez años, y la polémica respecto al acompañamiento de menores con los técnicos, volvió a estar sobre la mesa ahora, pero también con mayor vigor cuando se aprobó el nuevo Código del Proceso Penal, en 2017.

Consultado por El Observador, el presidente de la Asociación de Fiscales, William Rosa, adelantó que el gremio analizará las situaciones. “Todo eso está puesto bastante en el tapete, con una tendencia (…) Es peculiar que se esté dando muchas situaciones en donde se pone en tela de juicio mucha cosa que tiene que ver con la fiscalía. Y (ver) cuáles son las intencionalidades, qué hay detrás. En la realidad nada sucede sin que tengan nada por detrás”, señaló.

Las audiencias

Las partes que participan del proceso son el juez, la fiscalía, el denunciado y su defensa, al igual que las víctimas y su defensa. “Para el niño es muy difícil hacer estas declaraciones en juicios. El niño está sufriendo por tener de declarar en un mundo adulto”, remarcó Cavalli. “El niño siempre tiene que decidir, es como ir al médico. Se le tendría que consultar”.

Según el artículo 164 del Código del Proceso Penal, las víctimas de delito sexual tendrán un acompañamiento por un “funcionario especializado y sin presencia de las partes” si la persona es menor de 18 años, tiene discapacidad física, mental o sensorial.

 

En estos casos se prohíbe el careo y se utiliza la cámara de Gesell, donde las partes declaran en un circuito cerrado de televisión, en dos edificios, para cuidar la integridad, principalmente del niño.

En uno de los lugares está el menor con un funcionario que es quien lo entrevistará. Solo se pasa por alto la modalidad, si el representante de la víctima expresa opinión favorable en sentido que entienda que eso no representa un riesgo.

Asimismo, el artículo 124 del Código de la Niñez y la Adolescencia dispone que “la víctima, denunciantes y testigos que le acompañan no permanezcan en ningún momento en lugares comunes con la o las personas denunciadas”. 

Además, “en los procesos por denuncias sobre violencia sexual no podrá disponerse la revinculación de las niñas, niños y adolescentes con el denunciado, salvo que la víctima lo solicitara expresamente”.

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