La jueza Emmenenger fue la que deliberó sobre el caso

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Justicia dio lugar a acción de amparo y suspendió decreto que flexibilizó política antitabaco

El viernes pasado tres testigos de la Sociedad de Tabacología habían declarado frente a la jueza
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19 de octubre de 2022 a las 13:41

La jueza de Familia María Emmenengger hizo lugar a la acción de amparo presentada por la Sociedad Uruguaya de Tabacología (SUT) y suspendió la aplicación del decreto que introdujo cambios en el empaquetado neutro de cigarros y permitió la comercialización en cajillas blandas.

“Dispónese la inmediata suspensión del decreto 282/022 hasta que quede firme el acto administrativo o para el caso de tramitarse la vía anulatoria, hasta que el TCA dicte sentencia ejecutoriada”, dice la sentencia a la que accedió El Observador. 

El Poder Ejecutivo evalúa si apelar o no la decisión, según dijeron fuentes del gobierno a El Observador. 

En una extensa sentencia, la jueza Emmenengger contestó uno a uno los argumentos que habían esgrimido el gobierno y la SUT. Entre ellos, entendió que no era de orden modificar el decreto para combatir el “mercado ilegal” –justificación que llegó a utilizar el presidente, Luis Lacalle Pou– porque viola otras normas. Entre ellas, la ley para la protección del derecho al medio ambiente libre de humo de tabaco y su consumo y el Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud (OMS), al que Uruguay adhirió. 

Además, defendió que era una jueza competente para decidir sobre la materia. El gobierno había alegado que este tema no debía definirse en un juzgado de Familia. En ese sentido, Emmenengger citó varios estudios y declaraciones de la testigo de la SUT, la médica y experta en Tabacología Laura Roballo, que apuntaban que el 15% de los menores fuma y que más del 70% de los consumidores de tabaco se iniciaron siendo menores. 

En otro pasaje, citó el artículo 3 del Código del Niño y Adolescente, que afirma: “Todo niño y adolescente tiene derecho a las medidas especiales de protección que su condición de sujeto en desarrollo exige por parte de su familia, de la sociedad y del Estado”.

Los argumentos de la Sociedad de Tabacología y del gobierno

El viernes 14  se celebró una audiencia por el recurso de amparo presentado por la Sociedad Uruguaya de Tabacología contra el decreto del Poder Ejecutivo.

En su escrito, la SUT afirma que el tabaquismo es una epidemia —según la OMS— y que, en Uruguay, es “una de las principales causas de muerte”. En tal sentido, preocupa también el “importante aumento” del número de fumadores entre los niños y adolescentes en el mundo, agrega la SUT, citando al Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco, ratificado por Uruguay en la ley 17.793 (de julio de 2004).

“La legislación uruguaya, armonizada con las disposiciones del Convenio Marco, establece como eje de la protección a la salud la prohibición total de la publicidad, promoción y patrocinio de los productos de tabaco y el empaquetado o etiquetado de diseño neutro o genérico. No obstante, la reciente modificación a la reglamentación de la ley introducida por el Decreto 282/022 contraviene flagrantemente” la legislación, sostiene la SUT en el texto.

Además, considera que el decreto recientemente aprobado vulnera derechos esenciales a la salud —principalmente de niños y adolescentes—, a la protección del medio ambiente libre de humo de tabaco y a la protección especial al estímulo al consumo de tabaco.

El accionar del Estado constituye un flagrante incumplimiento de las obligaciones en relación a los derechos humanos de la infancia y la adolescencia, además de constituir un claro desconocimiento del imperativo del interés superior del niño y un caso evidente de regresividad claramente ilegítima”, argumentaron. Reclamaron que el Estado no realizó consultas previas a la academia, comunidad científica y otros organismos especializados en el tema antes de promulgar el decreto.

Este viernes, tanto la SUT como el gobierno presentaron testigos y fundamentaron sus posiciones. El Ejecutivo estuvo representado por el abogado del Ministerio de Industria, Carlos Roselló, que aludió a tres puntos por los que el gobierno considera que el recurso no es de orden.

El primer punto del Ejecutivo aludió a la falta de competencia. Según el gobierno, este tema no debería tratarse en un juzgado de familia porque creen que no se vulneraron los derechos constitucionales de niños, niñas y adolescentes.

El segundo refiere a la legitimación activa. La SUT alegaba que actuaban en nombre de los intereses difusos. Se trata de una forma de arrogarse la representatividad de un derecho colectivo afectado por una norma. Según el gobierno, no tiene el derecho de representar a los niños. Considera que para proponer un amparo debe haber un afectado directo y asegura que la Sociedad de Tabacología no puede arrogarse los intereses de los niños del Uruguay.

Finalmente, la defensa del gobierno señaló la “improponibilidad de la demanda”. Esto significa que procesalmente no es la vía que correspondía para realizar esta acción de amparo.

El sociólogo Diego Rodríguez –que fue testigo de la SUT en la audiencia– había afirmado que el nuevo decreto “viola el Código de la Niñez y de la Adolescencia; el Estado debe protegerlos del consumo al tabaco”. A su entender, el decreto aprobado vulnera esa norma “porque estimula” a los niños y adolescente a fumar; “es una política regresiva que estimula el consumo”.

Además de esta medida, la SUT había planteado a la Presidencia de la República que se revocara el decreto. 

 

*La versión inicial de esta nota aseguraba que el gobierno iba a apelar la decisión pero esa no es una decisión tomada. El gobierno evalúa si apelar o no la decisión judicial. A los lectores y a los involucrados las disculpas del caso

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