3 de septiembre 2020 - 5:00hs

Como se señalaba en la columna anterior, la Unesco acaba de publicar un seminal documento titulado “La educación en un mundo tras la covid: Nueve ideas para la acción pública”. El mismo constituye un disparador de conceptos e ideas para repensar la educación y el sistema educativo a la luz de un renovado orden de convivencia planetaria así de cimentar nuevas bases para forjar inclusión, desarrollo y bienestar. La primera de las ideas –“fortalecimiento del compromiso público en favor de la educación como un bien común”– la abordamos en la columna anterior. Nos abocamos ahora al análisis de la segunda idea que refiere al sentido, alcance e implicancias del derecho a la educación. Veamos algunos de las puntas fundamentales planteadas.

En primer lugar, la Unesco hace una clara y contundente referencia a la educación como un derecho humano universal que implica una reafirmación doctrinaria de una concepción comprehensiva de los derechos humanos que comprende dimensiones culturales, sociales, económicas y políticas. Esta idea permea claramente la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible (Unesco, 2015) que argumenta que la educación está en la base de la concepción y realización de los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenibles (ODS).

En segundo lugar, la Unesco afirma que los estados asumen “la responsabilidad de facilitar e impartir la educación, así como de respetar y proteger ese derecho”. Importa esta definición ya que hace al rol del estado garante en asegurar calidad y equidad en la prestación de servicios por el conjunto de las instituciones educativas. El derecho a la educación no sólo supone una definición doctrinaria y en abstracto, inherente a la condición de la persona, sino también implica lograr que, en su realización, se pueden congeniar equidad y calidad aun en contexto de adversidades como el que actualmente padecemos a raíz fundamentalmente de la pandemia planetaria.

En efecto, la Unesco advierte sobre “que el decenio de 2020 no se convierta en uno de oportunidades perdidas”. Entendemos que los avances en equidad y calidad que se registraron prepandemia, en diferentes regiones, deben ser vistos como una base para seguir progresando. No obstante, lo cual, estos avances no han sido, en general, lo suficientemente robustos y generalizados como para garantizar una educación equitativa y de calidad para personas y comunidades vulnerables por diferentes contextos y situaciones. En efecto, la pandemia visibiliza y transparenta la debilidad de propuestas educativas que buscan compensar vulnerabilidades solo a través de esquemas asistencialistas sin que se sustenten en transformaciones profundas y progresivas en los para qué y en qué educar, y en cómo hacerlo. En tercer lugar, la Unesco alega en torno a considerar la educación y el conocimiento en sí mismo como bienes comunes mundiales. Entre otras cosas, esto implicaría asumir que la democratización en el acceso y goce del conocimiento se asienta en una cultura de colaboración y de compartir experticia entre países y regiones para que efectivamente personas, ciudadanos y comunidades puedan tener marcos de referencia y de acción para procesar y tomar decisiones autónomas y responsables. El conocimiento nos hace en efecto más libres y nos dota de mas anticuerpos para prevenir y defendernos frentes a las manipulaciones de diferente tenor alimentadas por las finalidades y usos espurios de la inteligencia humana y artificial.

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Asimismo, como se señala en el informe de la Unesco, se debe poner crecientemente el foco en “las intersecciones entre la producción y circulación de conocimientos y el derecho a la educación, ya sea como un derecho a la investigación o la importancia de tratar respetuosamente los conocimientos indígenas y locales”. Por un lado, la producción y circulación de conocimientos, sin barreras ni restricciones, hace a la libertad de las personas y es un signo de vitalidad democrática. Por otro lado, el derecho a la investigación desde la diversidad de perspectivas, y no solo circunscrito a reducidos grupos académicos, tiene que fortalecerse como un derecho y una competencia fundamental que debe promoverse desde la educación inicial en adelante para todos los alumnos.

La revalorización del conocimiento propio de cada entorno o comunidad es clave para una construcción y un desarrollo educativo glolocal que asume un ida y vuelta permanente entre los entendimientos, las perspectivas y las vivencias a diferentes niveles. Como también lo ha dicho la Unesco (2015), las propuestas educativas son miradas globales y abiertas aterrizadas localmente. No es que la educación sea más o menos centralizada o descentralizada, sino que, en cada comunidad, hay un proceso de localización de las propuestas educativas donde convergen miradas, sensibilidades y conocimientos de diversidad de instituciones y actores de dentro y fuera del sistema educativo.

En cuarto lugar, la Unesco posiciona como un par inseparable el derecho a la educación y a los aprendizajes que se implican y potencian mutuamente. El derecho a la educación se plasma en visiones, estrategias y prácticas que son generadoras de diversidad de experiencias de aprendizaje sin rotularlas como más o menos relevantes. Los aprendizajes en su conjunto hacen a una visión integral de la formación de la persona donde se entrecruzan emociones, contextos, circunstancias y capacidades. Asimismo, los aprendizajes se dan en diferentes espacios a lo largo y ancho de toda la vida, lo cual implica cuestionar una visión de la educación solo asociadas a la escolaridad como modelo, a la presencialidad como espacio de formación y a la homogeneidad como principio rector de las propuestas educativas. En tal sentido, la Unesco afirma que “estamos presenciando una transición hacia enfoques fluidos del aprendizaje” donde hay un mayor grado de apertura y de entendimiento entre instituciones educativas que tradicionalmente, han sido rotuladas en el eje de disyuntiva entre formal y no formal cuando en realidad son complementarias en facilitar oportunidades de aprendizaje. En quinto lugar, la Unesco nos advierte sobre que “la crisis de la covid-19 nos ha demostrado que el derecho a la educación debe ser flexible y adaptarse a los diferentes contextos y las necesidades de las sociedades en evolución”. En un contexto donde necesariamente la educación va a tener que asumir un rol proactivo en ayudar a cimentar las bases de un reordenamiento de la convivencia, el desarrollo y el bienestar a escala mundial, la mirada futurística y de avanzada que desde la educación puede alimentarse, va a ser clave para ayudar a las generaciones más jóvenes en forjar, cuidar y hacerse responsables por un mundo sostenible.

En sexto lugar, la Unesco nos señala la necesidad de ampliar la mirada sobre el rol y el uso de las tecnologías con finalidad educativa sin caer en la tentación de creer que “las soluciones” están en el uso de tecnología de punta alimentadas por diversidad de intereses. La Unesco afirma que la “utilización de la radio y la televisión para facilitar la continuación del aprendizaje académico de los alumnos durante el cierre de las escuelas debido a la covid-19 nos recuerda la importancia de estos medios para la educación, la cultura y el conocimiento general, especialmente para los alumnos que carecen de acceso a materiales en línea y dispositivos inteligentes”. La revalorización de lo que podrían denominarse métodos tradicionales de enseñanza es clave para ampliar las oportunidades de formación, principalmente de los sectores más vulnerables, sustentada en la producción de materiales educativos que conecten efectivamente con sus expectativas y necesidades, así como también permita ampliar los procesos de enseñanza, de aprendizaje y de evaluación. Quizás algunos alumnos puedan sentirse más a gusto con unos dispositivos que con otros, lo cual puede tener que ver con una constelación de factores que no se reducen a decisiones únicamente movidas por consideraciones tecnológicas. Puede que los grandes ausentes en este tipo de discusiones sean la sociedad y la cultura que, en definitiva, dan sentido y sustancian a la educación.

Por último, y más allá de una valoración sopesada sobre los usos e impactos de diferentes tecnologías, importa reafirmar que el derecho a la educación supone facilitar un acceso en pie de igualdad a la conectividad y a las plataformas en línea, lo cual nos lleva nuevamente a revalorizar el rol insoslayable del estado en garantizar cuatro derechos que van inextricablemente asociados: educación, información, conocimiento y aprendizaje.

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