Hasta el momento la retención de la cuota es obligatoria solo con la autorización del empleado

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Los cambios que pide el PIT-CNT al proyecto de ley sobre personería jurídica de sindicatos

La central busca eliminar el artículo que hace referencia a la retención de la cuota sindical solo en los casos con personería jurídica reconocida
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25 de febrero de 2021 a las 05:01

El proyecto de ley que presentó el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para regular la personería jurídica de los sindicatos fue motivo de análisis por parte de los dirigentes sindicales que participaron este miércoles en el Secretariado Ejecutivo del PIT-CNT

Tal como informó el semanario Búsqueda, el texto elaborado por el ministerio fue presentado a la central sindical y las gremiales empresariales en las últimas semanas, y generó el rechazo del PIT-CNT por uno de sus artículos. 

En concreto, el PIT-CNT discrepa con los cambios que el Poder Ejecutivo intenta promover a la hora de la retención de la cuota sindical, que forma parte del artículo 7º del proyecto de ley promovido por el Ministerio de Trabajo. 

Hasta el momento, el empleador está obligado a retener la cuota sindical de los afiliados con la sola autorización del empleado, pero el proyecto que presentó la cartera que dirige Pablo Mieres pretende que esa retención se pueda dar siempre y cuando el gremio tenga tramitada su personería jurídica ante el ministerio, que llevará un registro de las organizaciones.

En el Secretariado Ejecutivo de este miércoles los dirigentes sindicales debatieron en base a un informe jurídico del Instituto Cuesta Duarte, que plantea una serie de cambios a promover sobre el proyecto, según el documento al que accedió El Observador

Según el instituto, el artículo 7º contiene una disposición "discriminatoria y antisindical". Dicho artículo establece en su segundo párrafo: "No será exigible el cumplimiento del artículo 6 de la ley 17.940 de 2 de enero de 2006 respecto de las organizaciones profesionales que no hayan completado el procedimiento de reconocimiento de personería jurídica o no cumplan con las obligaciones que impone el artículo 5 de esta ley".

El artículo 6 de la ley 17.940: “Los trabajadores afiliados a una organización sindical tendrán derecho a que se retenga su cuota sindical sobre los salarios que el empleador abone, debiendo manifestar su consentimiento por escrito en forma previa”. 

El PIT-CNT, siguiendo la recomendación del Instituto Cuesta Duarte, dará la pelea por eliminar el segundo párrafo del artículo 7º del proyecto de ley, suprimiendo así la obligación de contar con la personería jurídica tramitada para que el empleador pueda retener la cuota de afiliación. 

Sobre los demás artículos, el informe del instituto planteó discrepancias menores, vinculadas a la redacción y a otros aspectos formales del procedimiento. 

"En términos generales puede concluirse, en tanto se fundamenta en el marco conceptual y referencial dado por el convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación (...) que el texto proyectado y la solución allí contenida deben ser consideradas seriamente. Ello sin perjuicio de las observaciones formuladas", advirtió el instituto en el documento. 

No obstante, recomendó a los dirigentes luchar para que en el Parlamento el proyecto no se "asimile" con "otras iniciativas presentadas", que son "de franco corte discriminatorio y antisindical"

La senadora nacionalista Carmen Asiaín, por ejemplo, planteó un proyecto de ley sobre la personería jurídica que pretende derogar la obligación de que los empresarios descuenten las cuotas de afiliación, así como implementar el voto secreto en las actividades gremiales, tanto para la elección de autoridades como las asambleas. 

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