La Comisión Disciplinaria de la Asociación Uruguaya de Fútbol (AUF) se reunirá este lunes de noche para considerar las denuncias de la cuarta fecha (sexta calendario) del Torneo Clausura, entre las que ingresará lo ocurrido en el clásico del domingo en el Gran Parque Central, entre Nacional y Peñarol.
Los integrantes del tribunal recibirán las denuncias del formulario, de los árbitros y de la comisión de seguridad de la AUF.
Por los hechos que se registraron procederá a instruir y se inicia el proceso en el que los clubes tienen cuatro días para realizar sus descargos y presentar pruebas.
Luego, la Comisión Disciplinaria tiene dos días hábiles para resolver.
Por esa razón, el lunes 12 se reunirá nuevamente la Comisión Disciplinaria para hacer las audiencias que entiendan necesarias.
El fallo del clásico, si no deben extender los plazos, se conocerá el miércoles 14.
A la espera de las denuncias formales, los casos que tienen para estudiar los integrantes del tribunal:
1) la denuncia de los tejidos y paraavalanchas de la tribuna Héctor Scarone engrasados, en la que se ubicaron los hinchas de Peñarol (responsabilidad de Nacional)
2) el objeto que lanzaron desde la Abdón Porte, que impactó en el golero Kevin Dawson (responsabilidad de Nacional)
3) cánticos (responsabilidad de Nacional y Peñarol)
4) el trapo provocador en la tribuna de Peñarol para recordar a Washi, el barra de Nacional asesinado (responsabilidad de Peñarol)
5) la gallina inflable que apareció en la tribuna de Peñarol (responsabilidad de Peñarol)
6) la rotura en los baños de la tribuna visitante del Gran Parque Central (responsabilidad de Peñarol)
7) pedrea entre los hinchas (responsabilidad de Nacional y de Peñarol)
8) incendio en la tribuna visitante y daño en las instalaciones del club (responsabilidad de Peñarol)
9) daños al puesto de la tribuna visitante, robo de mercadería y daños estructurales (responsabilidad de Peñarol)
Por su responsabilidad objetiva en lo que ocurrió en el partido del domingo, Nacional y Peñarol podrán ser sancionados por el artículo 14 del Código Disciplinario que establece desde advertencias a multas, cierres de canchas y sanciones más severas, como descalificación del torneo, que no corresponde en este caso porque no tienen antecedentes.
Esto establece el Código Disciplinario:
Artículo 14. Sanciones que se pueden imponer a los clubes
14.1 Las siguientes sanciones podrán imponerse a los clubes:
a) advertencia.
b) reprensión, amonestación o apercibimiento.
c) multa.
d) determinación de dar por terminado un partido y su resultado.
e) deducción de puntos.
f) cierre de hasta dos períodos de transferencias (nacional e internacional).
g) obligación de jugar como locatario a puerta cerrada, con un máximo de cinco partidos.
h) prohibición de jugar un número determinado de partidos en un estadio determinado, no pudiendo ser mayor de cinco.
i) descalificación de competiciones en curso y/o exclusión de futuras competiciones,
j) prohibición de acceder a próximos torneos internacionales de clubes en representación de los cupos otorgados a A.U.F. en la temporada inmediata siguiente en la que se cometió la infracción.
k) prohibición de integrar la delegación oficial de las selecciones nacionales en cualquier tipo de torneo o partidos amistosos.
14.2 Las multas, que salvo previsión expresa podrán combinarse con cualquier otra sanción, nunca serán inferiores a 15 UR ni superiores a 300 UR, con la excepción de cometer la infracción prevista en el artículo 5º en la que el máximo podrá extenderse hasta las 800 UR.
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