Si bien en su momento autoridades del Ministerio del Interior avalaron que se pintara la consigna “Hay orden de no aflojar” en la fachada de la sede del Grupo de Reserva Táctica de la Jefatura de Montevideo, la frase que aludía al recientemente fallecido exministro Jorge Larrañaga fue quitada en las últimas horas por orden del ministro Luis Alberto Heber, informó La Diaria y confirmó El Observador con fuentes de la cartera.
Heber opinó en su momento, que "no hay ninguna ley que habilite" a realizar la pintada y así lo advirtió la Dirección Nacional de Policía. Por su parte, el presidente Luis Lacalle Pou también se refirió al tema y, días atrás en una entrevista con Subrayado, consideró que no le pareció bien, pese a que “ fue algo autoconvocado” y “fue una explosión de afecto, de manifestarse y de agradecimiento".
La pintada con la frase de las revueltas sarvistas y que aludía a Larrañaga fue realizada el 28 de mayo en una de las sedes policiales de Montevideo, ubicada en la calle Magallanes, y desde donde salen los móviles que trabaja en el sistema de patrullaje PADO. Ese día fue celebrada y compartida por Santiago González, director de Convivencia del Ministerio del Interior y mano derecha del exministro. “Se ganó el corazón de la fuerza policial en todo el país. Un merecido reconocimiento en Zona 5 de Montevideo”, escribió el jerarca en su cuenta de Twitter.
El 30 de mayo, el senador Juan Sartori ingresó incluso un proyecto de ley al Parlamento para que esa frase pueda ser usada formalmente por la policía, aunque no tuvo andamiento porque, la bancada nacionalista le dio prioridad a otros temas.
El MPP, el sector mayoritario del Frente Amplio, consideró, por su parte, que la pintada constituye una "clara" violación al artículo 77 de la Constitución, en una acción a la que también señaló como un "flagrante" apartamiento de las normas jurídicas por tratarse de una "frase política-partidaria", según surge de un pedido de informes presentado en el Parlamento.
La coalición de izquierda se centró en el artículo 77 numeral 4 de la Constitución, que señala que “los funcionarios policiales de cualquier categoría deberán abstenerse, bajo pena de destitución e inhabilitación de dos a diez años para ocupar cualquier empleo público, de suscribir manifiestos de partido, autorizar el uso de su nombre y, en general ejecutar cualquier otro acto público o privado de carácter político, salvo el voto”.
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