30 de diciembre de 2025 16:47 hs

En 2023 la plataforma de viajes compartidos Viatik sufrió un revés a causa de un proceso administrativo impulsado por la Asociación Nacional de Empresas de Transporte Carretero por Autobús (Anetra) y del que se hizo eco el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) que consideró su actividad como ilegítima.

La intimación original, notificada a la startup Viatik hace aproximadamente dos años, ordenaba el cese de su actividad y señalaba que la plataforma violaba disposiciones del transporte colectivo, mientras que la empresa aseguraba que su operación funciona como una red social en la que los usuarios comparten los gastos del viaje.

Desde ese momento, la startup, con la defensa del Dr. Miguel Pezzutti, continuó con su operativa ante la ausencia de resolución del caso.

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En un comunicado compartido por la empresa se detalla que la declaración de ilegitimidad que implicitamente contenía la intimación solo podía "ser establecido por ley y luego decidido administrativamente mediante un procedimiento que garantice el derecho de defensa, instancia que en este caso nunca fue otorgada”.

En este escenario, Viatik presentó los recursos administrativos correspondientes para dejar sin efecto la medida.

En ese trámite que permaneció en circulación durante dos años, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas llegó incluso a pedir informes a la DGI y al BPS para determinar si se violaba alguna norma tributaria por parte de Viatik, informaron desde la startup y apuntaron que esto “confirmó que no había irregularidades por parte de la plataforma” y que durante ese periodo “también se produjeron informes técnicos que respaldaron la posición de Viatik”.

A pesar de ese escenario favorable a la startup, el Ministerio no se pronunció y es por eso que Viatik se amparó en un nuevo mecanismo legal llamado “urgimiento”, por el que intimó al MTOP a expedirse sobre los recursos administrativos y al cabo de otros 30 días sin respuesta, presentó la correspondiente acción de nulidad ante el Juzgado Letrado en lo Contencioso Anulatorio correspondiente, órgano en primera instancia dentro del sistema que encabeza el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA), precisa el comunicado.

“En su demanda de nulidad ante el Juzgado, Viatik alegó tanto en la vulneración del derecho de defensa como en la legitimidad de su actividad, pidiendo que se anule el acto implícito en la intimacion por prohibir una actividad en violación del ámbito reservado a la Ley. En ese marco, y al momento de contestar la demanda, el MTOP optó por revocar el acto administrativo cuestionado, en lugar de defenderlo. La revocación tiene efectos retroactivos, lo que implica que la intimación queda extinguida como si nunca hubiera existido”, detalla el informe de la empresa fundada por tres uruguayos.

“La revocación determina que esta empresa pueda desarrollar su actividad, sin que esté pesando sobre ella una amenaza de sanción inminente”, sostiene Viatik.

En esta línea la startup reafirma la importancia de determinar que su actividad es legítima, dado que “no existe ninguna razón que justifique que alguien sea impedido de compartir un viaje y dividir sus costos, una práctica que considera ajena al régimen de servicio público concesionado y plenamente legítima”.

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