Dólar
Compra 37,20 Venta 39,70
14 de octubre 2024 - 22:48hs

La Comisión Disciplinaria de la Asociación Uruguaya de Fútbol (AUF) decidirá este martes, en horas de la tarde, la sanción que le corresponde a Nacional por los graves incidentes que generó su hinchada en el clásico que se diputó contra Peñarol el domingo 6 de octubre en el Gran Parque Central por la sexta fecha del Torneo Clausura.

El clásico estuvo detenido en tres oportunidades porque la hinchada de Nacional tiró distintos objetos al campo de juego. En el primer tiempo fueron proyectiles contra el golero de Peñarol Washington Aguerre. Sobre el final fueron bombas de estruendo que cayeron cerca y aturdieron a dos jugadores del propio Nacional: Gabriel Báez y Lucas Sanabria.

El juez Leodán González siguió los protocolos intergremiales vigentes y aprobados y no suspendió el partido. Lo podía hacer si los veedores de seguridad le informaban que no estaban dadas las garantías para seguir el partido o si los capitanes de ambos equipos se ponían de acuerdo en abandonar el campo de juego al ver la integridad física de los jugadores amenazada por la violencia generada por la barra de Nacional ubicada en la tribuna Abdón Porte.

El caso se instruyó el lunes de la semana pasada y Nacional presentó la defensa.

La audiencia se celebró este lunes desde la hora 20.00.

La Comisión podía emitir un fallo tras la misma o tomarse un plazo deliberativo para pronunciar el fallo. El mismo es de 48 horas pero según pudo saber Referí, lo dictarán este martes por la tarde.

Lo que es un hecho es que la hinchada de Nacional generó la responsabilidad objetiva de los clubes consagrada en el artículo 6 del Código Disciplinario de la AUF.

"Los clubes son responsables del comportamiento de sus jugadores, oficiales, miembros, parciales, aficionados, así como de cualquier otra persona que ejerza o pudiera ejercer en su nombre cualquier función en ocasión del partido", expresa el artículo 5.1.

Las sanciones son las establecidas en el artículo 14. Por la gravedad de los hechos, Nacional no será amonestado o advertido y el castigo puede ser una multa, la obligación de jugar como locatario a puerta cerrada (el máximo de esta sanción es de cinco partidos) o la prohibición de jugar un número determinado de partidos en un estadio determinado, no pudiendo ser mayor de cinco.

Sobre las multas, el Código establece: "Las multas, que salvo previsión expresa podrán combinarse con cualquier otra sanción, nunca serán inferiores a 15 UR ni superiores a 300 UR, con la excepción de cometer la infracción prevista en el artículo 5º en la que el máximo podrá extenderse hasta las 800 UR".

Los integrantes de la Comisión son Daniel Queijo, que es escribano, y tres abogados, Fernando Rígoli, Ángel Alonso y Fernando Ciarlo. Este último también es escribano. Cabe recordar que el representante de Peñarol en la Comisión, Juan Diego Menghi, no actúa en la misma desde que Ignacio Ruglio retiró a todos los representantes de Peñarol de todos los órganos de la AUF.

Temas:

Nacional Comisión Disciplinaria de la AUF

Seguí leyendo

EO Clips

Más noticias de Referí

Te Puede Interesar

Más noticias de Argentina

Más noticias de España

Más noticias de Estados Unidos