El Tribunal Arbitral del Deportes (TAS), con sede en Lausana, Suiza, se pronunció con respecto a las medidas cautelares solicitadas por la Liga Uruguaya de Futbol Profesional (Lufpro) en su litigio con la Asociación Uruguaya de Fútbol (AUF), con falló favorable a la AUF.
El fallo de este lunes 16 de junio al que accedió Referí comunica la decisión del TAS sobre "Orden de medidas cautelares", con la siguiente resolución en la cual no se considera el pedido de la Lufpro, apelante, ante la AUF, apelada:
“Las solicitudes de medidas cautelares presentadas por los Apelantes consistentes en (i) suspender inmediatamente la decisión de la Comisión de Apelaciones de la AUF de fecha 18 de marzo de 2025 y prohibir a la AUF adoptar cualquier medida que obstaculice o impida el funcionamiento operativo de la LUFPro; (ii) reconocer provisionalmente el estatuto de liga profesional de la LUFPro y requerir el otorgamiento por parte de la AUF de un acuerdo provisorio de colaboración a favor de la LUFPro; (iii) ordenar una medida de no innovar a la AUF consistente en no cambiar la situación actual en lo que respecta a la comercialización de derechos audiovisuales regulados bajo el contrato celebrado con Tenfield S.A. hasta que se adopte una decisión sobre el fondo en este procedimiento; y (iv) prohibir a la AUF adoptar, ejecutar o anunciar cualquier tipo de sanción o medida disciplinaria en contra de los clubes integrantes de la LUFPro, son rechazadas”.
También se resuelve que “los costes derivados de esta Orden serán determinados en el laudo final o en cualquier otra orden que ponga fin al presente arbitraje”.
El tribunal del TAS estuvo conformado por el presidente Ernesto Gamboa, colombiano, y por los co-árbitros José Juan Pintó de España y Erica Steih de Bélgica.
Los clubes apelantes por la Lufpro fueron:
Club Atlético Peñarol
Club Atlético Cerro
Club Altético River Plate
Club Atlético Progreso
Cerro Largo Fútbol Club
Montevideo Wanderers Fútbol Club
Danubio Fútbol Club
Defensor Sporting
Liverpool Fútbol Club
Uruguay Montevideo Fútbol Club
Club Atlético Bella Vista
Club Atlético Villa Teresa
Estuvieron representados por Juan de Dios Crespo, abogado en Ruiz-Huerta & Crespo en Valencia, España.
Por su parte, la AUF, estuvo representada por Mario Flores, abogado en Kellerhals Carrard en Lausanne, Suiza.
Las diferencias entre la AUF y la Lufpro, y cómo sigue la negociación por los derechos de TV
Con esta resolución del TAS, se rechazan las cuatro medidas cautelares urgentes que había exigido la Lufpro, a la espera del fallo de fondo del litigio.
La resolución del TAS de este lunes es un nuevo capítulo entre las diferencias existentes entre la AUF y la Lufpro.
En febrero de este año, el consejo de fútbol profesional de la AUF no alcanzó los votos para revocar la Lufpro aprobada en marzo de 2021 y quedaron impedidos de avanzar en su aspiración de crear una nueva que funcione bajo la égida de la AUF, como pretendía el comité ejecutivo que preside Ignacio Alonso.
Anteriormente, la AUF denunció a Lufrpo ante FIFA porque entendía que había injerencia de terceros en la creación de la Liga, y en diciembre pasado FIFA y Conmebol le dieron la razón a la Asociación y no la reconocieron.
La Liga Profesional, contemplada en los estatutos de la AUF, fue creada el 16 de marzo de 2021, cuando el consejo de fútbol profesional así lo decidió.
El 24 de diciembre de ese mismo año se constituyó la Lufpro con la presidencia de Fernando Marasco y estos cuatro integrantes de la directiva: Carlos Roa, Luis Gallo, Julio Lara y Andrés Westerfeld.
La AUF nunca reconoció a Lufpro, que avanzó por diferentes carriles, incluido el Ministerio de Cultura, pero sin el reconocimiento de FIFA y Conmebol no puede actuar en la AUF.