El fiscal especializado en Lavado de Activos, Enrique Rodríguez, solicitará la formalización de Pablo Carrasco, su esposa Ana Iedwiukow y Daniela Cabral, viuda de Gustavo Basso, exadministradores de Conexión Ganadera. Antes de conocer los delitos que se imputarán, los abogados Fernando Posada y Andrea Ramírez advirtieron que hay una discusión pendiente con uno de los posibles crímenes: el lavado de activos.
En diálogo con El Observador, los abogados que representan a damnificados, expresaron que de tipificarse junto a los delitos de estafa y apropiación indebida, el delito de lavado de activos, como se maneja en el sistema de justicia que ocurrirá, se generarían una serie de situaciones que pueden dificultar que los inversores recuperen su dinero.
Tanto Posada, socio del estudio Bordes & Posada, como Ramírez, de Bragard Abogados, señalaron que los defensores de los damnificados buscan una mayor pena para los responsables de la operativa de Conexión Ganadera, ya que el delito de estafa tiene una pena máxima de cuatro años y el de lavado una condena que puede alcanzar los 15 años.
Sin embargo, ambos advirtieron que la condena por lavado de activos también conlleva el "decomiso de los bienes procedentes del lavado", que son puestos "a disposición de la Junta Nacional de Drogas", de acuerdo a la Ley "Antilavado" N° 19.574.
La propia normativa marca en su artículo 58 que si se comprueba que algunos de estos bienes corresponden "a un tercero", "no se procederá al decomiso, debiendo devolverse los bienes a su titular". No obstante, esta legislación marca, según los abogados, problemas que deberían resolverse antes de una eventual condena: quién debería presentarse a reclamar los bienes, y para quiénes serían destinados.
Los problemas con el posible decomiso de los bienes de los responsables de Conexión Ganadera
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Pablo Carrasco y Gustavo Basso, exadministradores de Conexión Ganadera
Foto: Facebook Gustavo Basso Negocios Rurales
De acuerdo a lo expresado por los abogados "si bien la investigación inició hace pocos meses y quedan muchas diligencias probatorias pendientes, lo que parece ser claro a esta altura es que los imputados habrían hecho desaparecer con carácter definitivo gran parte de los dineros que vertieron los inversores a la empresa".
Ramírez aclaró que existen indicios de que los responsables de la operativa de Conexión desviaron fondos a cuentas en el extranjero, lo que podría llevar a que en un decomiso inicial se deba discutir "a quién o a quiénes de todos los inversores pertenecerían los pocos fondos que lograren incautarse".
Según la abogada, el objetivo de los abogados que defienden a los damnificados es que todos los concursos contra el "conjunto económico" de Conexión Ganadera y las empresas vinculadas, terminen "todos" calificados como "concursos culpables". Se tramitan concursos contra las empresas y las personas físicas (hay concursos en pie contra Carrasco, la sociedad de hecho entre Cabral y Basso, y la herencia del propio Basso) .
Esto permitiría tomar acciones legales e ir contra el patrimonio de los exadministradores, así como el del "gran elenco" de personas que detrás de ellos también estuvieron vinculados a la operativa. El proceso también permitirá conocer en profundidad los activos existentes en el exterior.
En un segundo punto, la posibilidad que brinda la ley Antilavado de entregar los bienes decomisados a un tercero que compruebe su titularidad también plantea la interrogante de si es necesario que los más de 4.000 damnificados deban asistir, uno por uno, a reclamar sus activos ante la justicia penal.
Para Posada y Ramírez, la solución sería que el síndico a cargo de Conexión Ganadera, Alfredo Ciavattone, asista en representación de los inversores (como integrantes de la masa activa del concurso) a reclamar los bienes decomisados de los implicados para que estos sean manejados por el propio concurso.
Los abogados indicaron que la Ley de Concursos postula al síndico como "el único encargado de administrar el patrimonio", y marca que "los acreedores del concurso son representados" por esta figura. "Con esta opción, el síndico lograría rescatar los bienes que fueron captados por el sistema penal y los inversores lograrían recuperar una mayor parte de su inversión", concluyeron.
Sin embargo, Posada explicó a El Observador que la ley Antilavado tiene una "falta de claridad" que no permite establecer si un síndico puede representar en un reclamo de este tipo a los damnificados de una empresa concursada, o si deben concurrir de forma obligatoria los propios afectados. Esto representa un gran problema, considerando la cantidad de denunciantes en esta causa: "Si deben comparecer todos los damnificados es como pegarse un tiro en el pie", remarcó el abogado.
Además, ambos representantes declararon que "nunca había pasado" una situación de este estilo, ni se había dado una "discusión" sobre qué decisión debería tomar la justicia. "No se previó esta situación", agregó Posada.
Según el abogado, si el fiscal Rodríguez decide imputar el delito de lavado de activos a los exadministradores, se deberá definir en ese momento si el síndico puede presentarse a reclamar esos bienes. De todas formas, el defensor entiende que el fiscal, que "está realizando un buen trabajo" dijo, debería discutir la situación con Ciavattone antes de llegar a esa instancia.
Por otra parte, Ramírez explicó que la normativa también permite crear una "comisión de acreedores" dentro de un concurso, que actúe en representación de todos los damnificados integrantes de la masa activa. En este caso, la abogada indicó que si se forma una comisión esta tendría la posibilidad de reclamar los bienes decomisados como representantes de los inversores.
"Uruguay se debe una discusión de penas"
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Fachada del Poder Judicial
Foto: Inés Guimaraens
Una de las razones por las que los abogados quieren que Carrasco, Iedwiukow y Cabral sean imputados por lavado de activos, según Posada y Ramírez, es porque se "apunta a la graduación del castigo penal que eventualmente podría recaer": mientras que la estafa "se castiga con una pena mínima de 6 meses de prisión y máxima de 4 años de penitenciaría" –pena que apenas equipara el mínimo que se le impone a un crimen de rapiña–, el lavado de activos "oscila entre un mínimo de 2 años y un máximo de 15 años de penitenciaría".
Para los abogados una pena inferior a cuatro años "parece insuficiente para las víctimas, muchas de las cuales han sido gravemente dañadas en su patrimonio, cuando no perdieron todos sus ahorros, como les pasó a muchos". También indicaron que no hay un aumento de pena si la estafa es millonaria, como se presume en este caso.
Además, si solo se investigara a los implicados por el delito de estafa la justicia podría condenarlos con medidas alternativas sin prisión, como la libertad a prueba o la prisión domiciliaria. En cambio, las penas previstas para el lavado de activos no prevén esta alternativa.
Posada afirmó que es posible que los implicados también sean imputados por un delito de "apropiación indebida", ya que se cree que "cambiaron el destino" de los fondos que les fueron otorgados en Conexión para otros fines, pero aclaró que al igual que la estafa también es un delito "menor", con una pena de tres meses a cuatro años de prisión.
De acuerdo con lo que establece el Código Penal uruguayo, si Carrasco, Iedwiukow y Cabral son imputados por estafa y apropiación indebida se tomará el delito más grave (la estafa) y la pena del crimen restante no podrá superar el 50% de la primera. Por ello, en ese contexto la condena máxima sería de seis años.
"Uruguay se debe una discusión de penas, que son propias de un Código Civil que es de 1934, tiene 90 años y va para los 100. Una estafa de millones de dólares no puede tener la misma pena que una rapiña", remarcó.