Tres estudios de abogados solicitaron el concurso necesario de la herencia de Gustavo Basso, exdirector de Conexión Ganadera fallecido en noviembre de 2024, por impagos de distintos arrendamientos de campos utilizados por Hernandarias XIII, la principal tomadora de ganado de la empresa, confirmó El Observador.
La solicitud de concurso fue presentada por los estudios en representación de tres familias propietarias de distintos establecimientos rurales que Hernandarias arrendaba para mantener su ganado, que reclaman una deuda total de casi US$ 250.000 más multas.
En los tres casos, Basso firmó un contrato de arrendamiento junto a Pablo Carrasco, también exdirector de Conexión, como representantes de Hernandarias, según se lee en la solicitud a la que accedió El Observador.
Los dos se comprometieron a ser "fiadores solidarios, renunciando expresamente al beneficio de excusión", lo que lleva a que ambos fueran "lisos y llanos pagadores de todas y cada una de las obligaciones contraídas" por Hernandarias y responsables "por los daños y perjuicios que eventualmente se pudiere generar al amparo del presente documento".
Este argumento también fue utilizado por los abogados Andrea Ramirez de Bragard Abogados, Graciana Abelenda y Santiago Alonso –quienes representan a una de las familias que demanda a Basso–, y el estudio Orihuela para presentar su solicitud de concurso contra Pablo Carrasco, por una deuda de casi US$ 90.000 con una familia por el arrendamiento de un campo para Hernandarias –que también forma parte de la demanda contra Basso–.
Los abogados también basaron su solicitud en distintos artículos de la ley concursal N° 18.387. En primer lugar mencionaron que, de acuerdo al artículo 3 de esa normativa, se procederá en el concurso de la herencia de un deudor fallecido "cuando la herencia hubiera sido aceptada a beneficio de inventario" como aceptaron los sucesores de Basso en este caso.
Además, indicaron que el artículo 4 marca que el "estado de insolvencia" de un deudor (la imposibilidad de hacer frente a sus deudas) se puede comprobar "cuando existan una o más obligaciones del deudor, que hubieran vencido hace más de tres meses", o cuando "exista cierre permanente de la sede de la administración o del establecimiento donde el deudor desarrolla su actividad".
En ese sentido, indicaron que las obligaciones de pagar los arrendamientos de las distintas familias denunciantes vencieron hace más de tres meses, y recordaron que las oficinas de Conexión Ganadera –mencionadas por los empresarios en la firma de los contratos– cerraron en enero de 2025.