Sobre comienzos de agosto varios medios informaron que Daniela Cabral –la viuda de Gustavo Basso, uno de los fundadores de Conexión Ganadera– transcurre la prisión domiciliaria en un apartamento de lujo en Punta del Este.
El sitio escogido por Cabral, que fue imputada por un delito de estafa, se encuentra en una de las torres del Edificio Imperiale que dan a la rambla de la Brava. Además de la medida cautelar, a la viuda de Basso se le colocó una tobillera electrónica.
La decisión llegó luego de que Cabral evaluara inicialmente transitar la medida cautelar en otro de los inmuebles que no entraron en el embargo. Se trata de una chacra en Florida, pero finalmente se inclinó por el apartamento de Punta del Este por razones de seguridad dado que una trabajadora de la zona de la chacra le sacó fotos que fueron divulgadas por algunos damnificados. El abogado de inversores Juan Pablo Decia apuntó a que esto “se enmarca en el oscurantismo” con el que se trató el tema cuando la imputada fijó domicilio.
Decia ha apuntado en varias charlas con medios al fiscal de la causa, Enrique Rodríguez, por haber aceptado la propuesta de la defensa de Cabral para pasar la prisión en el apartamento de Punta del Este.
El abogado sostuvo que el inmueble está embargado y fue fruto del “dinero ilícito” que la familia Basso generó a raíz del negocio de Conexión Ganadera. De hecho, además de anunciar que pedirá que se revea la medida y Cabral pase a prisión preventiva, Decia indicó que se le debería imputar un delito de lavado de activos por hacer uso del apartamento.
El penalista insiste en que se debe citar audiencia y que él, como defensor de las víctimas, está de acuerdo con dejar sin efecto prisión preventiva con el fin de que luego Cabral no descuente esos días de una eventual condena. Esto implicaría que sobre la viuda de Basso pesaran solo medidas ambulatorias. “Nosotros queremos ser escuchados”, añadió.
Eduardo Sassón, uno de los abogados de Cabral y socio del estudio Donnangelo Sassón, consideró que, “si bien la víctima en la normativa vigente tiene el derecho a ser oída, debe ser efectivizado en relación a las facultades que la norma le asigna dentro del ordenamiento, más no sobre cuestiones totalmente improcedentes, razón por la que una solicitud de esa índole debería ser desestimada, salvo que fuera requerida en todo caso por el titular de acción penal”.
WhatsApp Image 2025-08-29 at 21.34.51
Eduardo Sassón, abogado de Daniela Cabral y socio del estudio Donnangelo Sassón
Estudio Donnangelo Sasson
El abogado se refirió al pedido de Decia para que a Cabral se le impute lavado de activos. “Se ha vertido en redes sociales una opinión ‘profesional’ que, según el emisor de la misma, nuestra clienta por el hecho de cumplir prisión domiciliaria –mediante una disposición del Poder Judicial por la jueza competente– en determinado lugar, se encontraría cometiendo un delito de lavado de activos. Dicha afirmación es manifiestamente equivocada”, apuntó.
Sassón aseguró que hasta el momento no hay ningún escrito con “fundamentos jurídicos presentado ante el fiscal del caso donde se argumente dicha posición y se requiera la imputación por ese supuesto”. “Allí con gusto le contestaremos. La verbalización de ideas en las redes sociales no es el modo correcto de ejercer el derecho penal”, dijo el abogado en referencia a Decia.
El penalista explicó que las medidas cautelares tienen el “único objetivo de mitigar los riesgos procesales”.
“En este caso, la Fiscalía (la única que tiene potestades normativas de requerir la fijación o modificación de medidas cautelares que involucren la libertad ambulatoria de un imputado) ha expresado en audiencia que –según los riesgos procesales que argumentó, los que no fueron compartidos por nosotros– la medida cautelar necesaria era la prisión domiciliaria. Si bien existió una oposición, la jueza competente entendió que las mismas correspondían y dicha decisión quedó firme”, añadió el penalista.
Por qué no es ilegal que Cabral esté en Imperiale
Si bien es cierto que, en lo concursal, el apartamento ingresó en la lista de bienes que tienen un embargo genérico, el fiscal Rodríguez no pidió que se tome la misma medida, por lo que es inexistente el embargo específico sobre el inmueble. En otras palabras, Rodríguez no solicitó que ese bien fuera embargado.
El apartamento lo compró Basso en 2012, años antes de que Cabral cometiera el delito por el que está imputada, según el argumento que ha esgrimido el fiscal en diferentes instancias judiciales. Hoy en día está valuado en US$ 890.000.
En lo penal se decidió aplicar el recurso de embargo tanto a autos, campos e inmuebles que fueron comprados con dinero que se presume mal habido y que se obtuvo de los delitos que pesan sobre los fundadores de Conexión Ganadera, Pablo Carrasco y su esposa, Ana Iewdiukow.
El apartamento en el que está Cabral puede ser usado como parte del activo una vez que se dicte una condena y se solicite el decomiso de los bienes.
Entre los requisitos que se tomaron en cuenta aparece que el domicilio fuera seguro, no esté en un departamento fronterizo que pueda ser usado para fugarse y que tenga señal para transmitir la información de la tobillera electrónica.
Sassón explicó, a su vez, que “desde la perspectiva del derecho procesal penal no existe ninguna norma jurídica que indique dónde un sujeto debe cumplir la prisión domiciliaria, así como tampoco existe ninguna norma que indique qué tipo de bien inmueble debe ser el que aloje a la persona que se encuentra cumpliendo la medida”. “Adicionalmente, no debe olvidarse que se trata de una persona inocente, pues le pesa el estado de inocencia y eso debe ser respetado”, insistió.
En línea con los requisitos que argumentó la Fiscalía, el abogado ejemplificó que “el tema del domicilio podría ser un tipo de argumento válido en una discusión cautelar para los casos donde el domicilio se encontrara en la frontera (y se haya argumentado un peligro de fuga) o tratándose de un caso de delito sexual, donde el domicilio del imputado se hallara próximo al de la víctima, hipótesis completamente distintas al caso en concreto”.