El exdirector de Conexión Ganadera, Pablo Carrasco, presentó un escrito en el que rechazó el embargo presentado sobre su persona física, que se sumó al ya decretado por la gestión de la empresa.
A mediados de marzo, Carrasco había sido intimado por la Justicia a pronunciarse sobre este reclamo de embargo sobre su persona física que presentaron tres familiares que le arrendaron cuatro campos a los fundadores de Conexión Ganadera, Gustavo Basso (fallecido en un accidente de tránsito) y Carrasco.
En el contrato también figuraban como arrendadores Conexión Ganadera y Hernandarias.
La defensa de Carrasco –ejercida por el abogado Fernando Vollono– presentó un escrito al que accedió El Observador en el que argumenta que la notificación de esta solicitud de embargo se hizo de forma errónea en la oficina de Conexión Ganadera y Hernandarias, y que es improcedente porque el acusado "no ejerció el comercio ni realizó actos de comercio a nombre propio".
“El compareciente se opone a la solicitud impetrada y a su declaración de concurso necesario entendiendo que dicha pretensión resulta absolutamente improcedente y que las hipótesis de presunciones relativas invocadas no se cumplen en estos autos, pues lo reseñado no configura ninguna de las hipótesis legales en las que se pretende fundamentar la pretensión”, señala el texto.
Asegura que Carrasco era "representante y socio administrador" de Conexión Ganadera y Hernandarias, pero que no actuaba "a nombre propio".
"No ejerció el comercio ni realizó actos de comercio a nombre propio, es más se ha errado en la notificación del concurso, notificando la presente gestión en el domicilio de una empresa y no en el domicilio del compareciente, pero obviamente se ha tomado conocimiento del mismo a través de la prensa”, argumentó la defensa de Carrasco.
El empresario ya enfrenta un embargo por US$ 250 millones por la caída de Conexión Ganadera, al igual que su esposa, Ana Iewdiukow. También están incluidos en ese embargo la esposa de Basso, Daniela Cabral, y sus dos hijas.
¿Por qué presentar un concurso contra Carrasco persona física?
El contrato de arrendamiento entre los acreedores y el grupo económico que dirigían Basso y Carrasco, establece que se le podía reclamar tanto a las empresas Conexión Ganadera como a Hernandarias, pero los abogados Graciana Abelenda y Santiago Alonso –que representan a un grupo de damnificados– optaron por reclamarle a Pablo Carrasco persona física con el objetivo de que puedan recuperar el cobro del arrendamiento del último semestre, que se les adeuda.
Además, señalaron en el escrito con la petición de este concurso que se les retuvo el IRPF y no se volcó a la DGI.
Por otra parte, en esos campos hay 1.400 cabezas de ganado con lo que los acreedores buscan que el síndico, una vez que se declare el concurso necesario, rescinda el contrato y establezca un nuevo destino para esos animales de modo que puedan arrendar los predios a otros productores rurales.
El objetivo también es que independientemente de que sean personas físicas o jurídicas, se las declare por separado en el concurso, como también una manera de que los acreedores tengan otro posicionamiento y no queden para el final de la cola de la masa concursal.
Asimismo se busca que el síndico administre el patrimonio de todos los sujetos y eventualmente se considere la responsabilidad de quienes integran el grupo económico.
La ley concursal establece que el concurso procede para cualquier deudor que se encuentre en estado de insolvencia, lo que significa que es cualquier deudor que no puede cumplir con sus obligaciones.
La norma determina que el concurso procederá respecto de cualquier deudor, persona física que realice actividad empresaria o persona jurídica civil o comercial.
Además si el concurso se declara culpable, lo que significa que se llegó al estado de insolvencia del grupo económico por dolo o culpa grave del deudor o de sus administradores, la justicia podrá condenar a los responsables a cubrir la totalidad o parte del déficit patrimonial en beneficio de la masa pasiva.