29 de junio de 2026 14:18 hs

Estaba fijada para este lunes la junta de acreedores de República Ganadera pero la empresa pidió dejarla sin efecto y solicitó la liquidación. El resultado del 29 de junio sería inexorable y sostener esa instancia no aportaría valor a nadie”, afirmaron los titulares de la empresa según el escrito al que accedió El Observador.

Como consecuencia, la jueza concursal María Constanza Farfalla resolvió la liquidación de la masa activa de República Ganadera SRL. Además disolvió la personería jurídica, así como el cese de sus administradores.

La decisión de la jueza del concurso implica que se venderán todos los activos de la empresa, lo que por lo general se venden en subasta pública. Entre los bienes figuran la casa de Carrasco, donde funcionaba la oficina y otra en Artigas, animales y maquinaria.

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Luego de que se vendan los biens se presenta un plan de distribución de fondos detallando lo obtenido así como cuanto se pagaría a cada acreedor.

En la resolución de la liquidación, la jueza formó pieza aparte para tramitar el incidente de calificación del concurso. Ello implica que se establezca si fue fortuito o culpable, dependiendo de si la insolvencia fue producto de la mala fe, negligencia o una causa externa

Los argumentos de República Ganadera para pedir la liquidación

"Lo que no se logró construir en casi un año de trabajo no puede conseguirse en una sola jornada de la Junta", afirmaron los extitulares de República Ganadera al pedirle a la jueza Farfalla la liquidación de la empresa, tras fracasar el Acuerdo Privado de Reorganización (APR) que propusieron a los damnificados.

“Estábamos y estamos convencidos de que el convenio era el camino correcto, pues evitaba la destrucción de valor que la liquidación implica. Sin embargo, las mayorías necesarias no estuvieron al alcance”.

En ese sentido agradecieron a los 513 acreedores que firmaron el convenio, y que según dijeron representaban US$ 41,455.943 equivalente al 44% del pasivo quirografario verificado, que “creyeron en la propuesta”. “Su apoyo fue real y lo reconocemos plenamente”.

La jueza ya había decretado la liquidación pero la empresa apeló buscando más tiempo para reunir firmas para el APR.

Ante la apelación, el Tribunal de Apelaciones Civil de 7° dio marcha atrás a la decisión de la jueza y la obligó a realizar la junta de acreedores que había sido obviada y a poner en consideración de los exclientes la propuesta de acuerdo.

La sentencia señalaba que la decisión de la jueza había sido "prematura" y que no podía "disponer la liquidación de la concursada, cuando la propuesta de convenio ni siquiera pudo ser tratada por la junta de acreedores".

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