3 de junio de 2026 11:53 hs

El director de ENIA, especialista en inteligencia artificial (IA) y columnista del programa Así Nos Va, Federico Comesaña, aseguró que un agente de IA utilizado para monitorear el caso de la camioneta adquirida por el presidente Yamandú Orsi con descuento detectó posibles irregularidades vinculadas con la rifa del auto donado a su campaña y que posteriormente usó para la adquisición de su vehículo.

Según explicó este miércoles en su espacio con Radio Carve, la herramienta analiza información pública y la contrasta con la normativa vigente.

"Hasta ayer lo que el sistema devolvía era que esto podría tener implicaciones éticas, pero no había ilegalidades flagrantes", afirmó.

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Sin embargo, tras incorporar nueva información al análisis, sostuvo que aparecieron nuevas observaciones. "Hoy le pedí que agregara la última información y saltan las alertas. Y saltan por el tema de la rifa", comentó y aseguró: "Respecto a la rifa, jamás en la legislación uruguaya podría haberse realizado".

Comesaña sostuvo que la legislación uruguaya permite realizar rifas mediante una simple notificación a la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas cuando la emisión total no supera las 2.000 Unidades Reajustables (UR). Según indicó, a la fecha que se realizó el sorteo, ese límite equivalía a más de US$ 81.000.

El especialista señaló que si la emisión hubiera sido inferior a ese monto, el trámite habría sido considerablemente más sencillo.

"La campaña del Frente Amplio podría haber hecho la inscripción del sorteo en la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas y lo habría hecho sin problema", señaló.

No obstante, cuestionó que el número ganador del sorteo haya sido el 00644. "Cuando sale el número 00644, quiere decir que, por lo menos, emitidos y a la venta, había 644 números; esto es un total de emisión de US$ 128.000", señaló.

Comesaña sostuvo que, de superarse ese límite, la ley exige la autorización previa del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

"Lo primero que señala la ley es que debería haberse contado con la aprobación del Ministerio de Economía y Finanzas", dijo y explicó que la legislación que regula este tipo de sorteos establece además que los fondos recaudados deben destinarse a determinados fines específicos.

Citando el artículo 2 de la Ley 14.841, que contempla actividades vinculadas a infraestructura hospitalaria, educativa o viajes de estudio, además de algunas excepciones para instituciones de beneficencia o de enseñanza privada con fines sociales, dijo que el "financiamiento de una campaña por parte de un partido político no entra ni siquiera en las excepciones".

"El Frente Amplio jamás podría haber lanzado una rifa que en su emisión previera más de US$ 81.000 en posible recaudación", añadió.

El periodista también señaló que, aun en el caso de que la rifa hubiera sido autorizada, existirían otros aspectos que podrían entrar en conflicto con el decreto reglamentario de la ley.

Entre ellos mencionó:

  • La obligación de informar detalladamente el destino de los fondos recaudados.
  • La exigencia de que el valor de los premios represente al menos el 20% de la emisión total.
  • La certificación notarial previa de los números no vendidos.
  • La realización de nuevos sorteos en caso de que el premio no sea adjudicado en primera instancia.

Sobre este último punto, indicó que la normativa departamental de Montevideo también establece procedimientos específicos para los resorteos y la adjudicación de premios no reclamados.

"Incluso la regulación de Montevideo lo que dice es que, ante la no adjudicación en primera instancia del sorteo, tiene que sí o sí volver a sortearse y ser ampliamente publicado ese resorteo", señaló.

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