La firma Pilay Uruguay Administradora de Fondos de Inversión SA y el Banco Central del Uruguay (BCU) fueron notificados el pasado 3 de junio de una demanda por parte de Consorcio del Uruguay por la suma de US$ 21.169.810 por "concepto de daños y perjuicios en forma solidaria frente a los codemandados".
Según Pilay, Consorcio "pretende nuevamente, en un intento abusivo y caprichoso continuar socavando" su entidad argumentando la "ilegitimidad" de una resolución de la Superintendencia de Servicios Financieros del BCU de diciembre 2018 por la cual "se autorizó a nuestra empresa (Pilay) a funcionar como administradora de fondos de inversión, inscribiéndola en el Registro de Mercado de Valores como fiduciario financiero, registrando a su vez en el mismo los títulos de deuda y certificados de participación a emitirse bajo el Fideicomiso Financiero Campiglia & Pilay I".
La empresa Pilay sostiene que Consorcio "ha cuestionado que dicha inscripción se efectuara con vigencia retroactiva al 2 de diciembre del 2011", y cita a doctrina jurídica y normas que avalan su legalidad.
"Como es de pleno conocimiento para esta institución, y sin perjuicio de que los descargos han sido sobreabundantemente esgrimidos, recordamos que Pilay Uruguay ha sostenido que la pretensión de Consorcio de que se declare la nulidad de los contratos celebrados en nuestros fideicomitentes durante el período comprendido entre 2011 a 2018 es manifiestamente abusiva y violatoria de los principios esenciales del derecho, tales como buena fe, la confianza legítima, la seguridad jurídica, la congruencia, y la Teoría de los Actos Propios", dice la notificación de Pilay de hecho relevante ante el BCU.
Pilay sostiene que, "abusando de su posición dominante, Consorcio pretende, con exceso ritual manifiesto, consagrar una pretensión violatoria de una leal competencia y, claramente, monopólica, en detrimento de los clientes del Fideicomiso Financiero Campiglia & Pilay I".
En un duro y extenso fallo el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) cuestionó al Banco Central del Uruguay (BCU) en diciembre de 2018 por tomar una resolución "ilegal" y puso fin a una disputa comercial que lleva casi una década entre las empresas Consorcio del Uruguay y Campiglia Pilay. En esa sentencia, el TCA anuló el acto administrativo por el cual el BCU autorizó a Campiglia Pilay a operar como un fideicomiso en el mercado financiero -en forma transitoria- sin cumplir con los requisitos legales de ese tipo de institución financiera.
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