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Daniel Placeres fue procesado sin prisión por conjunción de intereses

La jueza Chamsarian entendió que Placeres “no cumplió” con las obligaciones inherentes a su cargo “al participar y tener injerencia” en la conducción de Envidrio
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04 de diciembre de 2019 a las 09:03

Daniel Placeres, exdiputado del Movimiento de Participación Popular (MPP), fue procesado sin prisión por el delito de conjunción del interés público con el privado. El 28 de noviembre, la jueza especializada en Crimen Organizado Adriana Chamsarian dio lugar al pedido de procesamiento hecho por el fiscal de Crimen Organizado Luis Pacheco, informó El País. 

En el escrito, Pacheco había planteado que desde el Parlamento el exlegislador benefició a la cooperativa Envidrio, una empresa autogestionada en la que había ocupado un cargo directivo antes de asumir como diputado y que siguió dirigiendo después de renunciar. Por su condición de legislador, Placeres debió informar a sus compañeros de la cámara baja acerca de “toda vinculación personal o de intereses que (lo ligaran) a cualquier gestión, asunto o proyecto de carácter general", pero no lo hizo, según el fiscal. 

La jueza Chamsarian entendió que la investigación encabezada por Pacheco fue correcta y que Placeres “no cumplió” con las obligaciones inherentes a su cargo “al participar y tener injerencia” en la conducción de Envidrio, lo que le impidió legislar "en forma imparcial y objetiva".

El procesamiento sin prisión supone que Placeres deba cumplir con una serie de condiciones como la obligación de dar aviso al cambiar o abandonar su domicilio y pedir permiso a la Justicia para salir del país.

El fiscal Pacheco explicó a El Observador que en su solicitud de procesamiento había pedido que Placeres fuera imputado por el delito de conjunción del interés público con el privado en carácter de comisión y omisión, pero la magistrada entendió que solo correspondió la segunda modalidad.

"La jueza entendió que la modalidad de comisión no correspondía, debido al artículo 112 de la Constitución, y por eso no se le puede imputar su responsabilidad en los votos. Pero sí la omisión de no informar al Parlamento su vinculación con la empresa", explicó Pacheco. El artículo de la carta magna citado por el fiscal expresa que "los senadores y los representantes jamás serán responsables por los votos y opiniones que emiten durante el desempeño de sus funciones". 

La investigación encabezada por la Fiscalía Especializada en Crimen Organizado logró probar que, como diputado, Placeres intervino en cuestiones vinculadas a la empresa Envidrio. Propuso y aconsejó como integrante de la Comisión de Legislación del Trabajo la aprobación de una minuta de comunicación al Poder Ejecutivo, que fue aprobada y votada el 18 de octubre de 2017, en la que se pedía realizar esfuerzos para buscar todos los instrumentos y mecanismo para lograr la financiación de la planta industrial Envidrio “y dar de esta forma célebre inicio a la producción de la misma”.

También votó afirmativamente el proyecto de ley posteriormente sancionado y promulgado como Ley 19.611 el 26 de abril de 2018 que facultó al Ministerio de Trabajo a extender por un plazo de 90 días el subsidio por desempleo de los trabajadores.

Como parte de ese “rol activo” que siguió desempeñando en la cooperativa, el diputado continuó concurriendo con asiduidad a la fábrica. Un testigo que trabajó en Envidrio hasta 2016 declaró que siempre que debía tratar un tema laboral lo hacía con Placeres. “Todo pasa por él”, afirmó. Los testigos señalaron que hacía una recorrida todas los días a las seis de la mañana por la planta. Otro testigo que fue empleado de la empresa hasta 2017 dijo que Placeres “manejaba todo”  aun después de haber asumido la banca. Y otro declaró que Placeres “era quien decidía todo”.

La denuncia que dio lugar al procesamiento del exdiputado fue presentada en 2017 por los legisladores nacionalistas Rodrigo Goñi y Jaime Trobo, hoy fallecido, y el independiente Gonzalo Mujica. Ocho empleados de Envidrio que habían demandado a la empresa por rubros salariales impagos testificaron en contra del exlegislador.  

El pasado 11 de noviembre, cuando Placeres declaró en calidad de indagado, reafirmó la explicación que había dado en estos meses. "Lo único que quiero decir es que Envidrio lo fundamos con un grupo de compañeros, al día de hoy no percibo nada, no tengo vinculación con Envidrio. Hay una directiva y me siento dolido por esto (la denuncia penal) que se formó y nada más”, afirmó el exdiputado, según consignó El País. 

Sus abogados, Pablo Barreiro y Laura Robatto, sostuvieron que no era culpable del delito del que se lo acusaba porque ni él ni su familia se vieron beneficiados económicamente por su actuación en el Parlamento en lo que refería a Envidrio. 

El delito de conjunción del interés personal con el público está comprendido en el artículo 161 del Código Penal. La pena mínima es de seis meses de prisión y la máxima, de tres años de penitenciaría. También prevé la inhabilitación especial de dos a cuatro años y multa de 10 a 10 mil unidades reajustables. 

A continuación, el pedido de procesamiento que el fiscal Pacheco hizo en mayo: 

Pedido de procesamiento Dan... by El Observador on Scribd

 

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