20 de marzo 2022 - 19:01hs

El senador y líder de Cabildo Abierto Guido Manini Ríos volvió a negar que tanto él, como su esposa, Irene Moreira, y su suegro, Roque Moreira, sean colonos, luego de que se divulgara un informe técnico elaborado por el Instituto Nacional de Colonización (INC) que lo involucra en irregularidades.

De la inspección informada por Búsqueda este viernes se obtuvo que la familia explota en Artigas 4.350 hectáreas y 2.856 son comprendidas por la ley 11.029 que creó el organismo.

Manini señaló a través de un comunicado que la información es "errónea" y atribuyó al instituto, en primera instancia, la adquisición del campo. "El campo al que se refiere el informe, padrón 511 del departamento de Artigas, fue adquirido por el INC en el año 1970", sostuvo. Y continuó: "A los pocos meses de adquirido, (...) se estableció que el campo de referencia no reunía las condiciones necesarias para ser colonizado (...) y que el 'área inundable, la superficie ocupada por los montes, las dificultades drenaje' hacían imposible su utilización por el Instituto, por resultar antieconómica su explotación".

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Luego, explicó que a causa de esas razones el INC "resolvió enajenar el campo" y llamar a licitación. Fue entonces cuando Moreira se presentó como uno de los ofertantes y se hizo del terreno, según su versión, el 5 de julio de 1971.

La operación siguiente fue cuatro años más tarde, cuando Moreira acordó firmar un nuevo compromiso de compra-venta, "que no deja ninguna duda sobre la inexistencia de vínculo alguno entre el comprador y el INC", según Manini.

"El 2 de diciembre de 1981, tras haberse integrado el precio, el INC y el señor Roque Moreira otorgaron el contrato de compraventa relativo al inmueble prometido en venta y el vendedor le transfirió la propiedad al comprador", agrega el mensaje.

El relato del líder cabildante sostiene que desde entonces el Instituto Nacional de Colonización no volvió a reclamar a su suegro ni por la ocupación, residencia, explotación o disposición del inmueble existente en el predio.

La ley 11.029 indica que hay “colonos afectados” y “colonos habilitados”, aquellos que quedan fuera de las obligaciones de la norma, pese a a haber comprado un campo del INC. Entre otras cosas, no tienen la obligación de residir en el campo. 

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