Los supermercados comenzaron a cobrar las bolsas antes de que sea obligatorio

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Multan a seis supermercados con casi US$ 1 millón por prácticas anticompetitivas en venta de bolsas plásticas

La Comisión de Defensa de la Competencia del MEF consideró que hubo una práctica anticompetitiva, basada en un acuerdo para imponer precios de venta de las bolsas, tres meses antes que el cobro fuera obligatorio por ley
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26 de enero de 2022 a las 05:04

Luego de  una investigación de  casi tres años, la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia —órgano  desconcentrado del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF)— determinó aplicar una multa de $ 43.856.600 (unos US$ 984.435) a un grupo de seis supermercados, integrado por Disco, Tienda Inglesa, Macromercado, Ta-Ta, Devoto y Géant.

La sanción llegó después que se probara la existencia de una práctica anticompetitiva “consistente en acordar entre competidores imponer precios de venta de las bolsas plásticas no compostables (bolsas camisetas), entre abril de 2019 y junio de ese mismo año”. Eso ocurrió tres meses antes que empezara a regir la nueva normativa ambiental, en julio de 2019, cuando pasó a ser obligatorio que las bolsas, en este caso compostables, se cobraran a los clientes, con un piso de $ 4 por unidad.

La denuncia

En abril de 2019, el abogado Leopoldo Trivel se presentó ante la Comisión y efectuó una denuncia contra la Asociación de Supermercados del Uruguay (ASU) y las seis cadenas antes mencionadas. El denunciante señaló que los supermercados, competidores entre sí, habrían acordado a través de las gremiales que los nuclean la venta de las bolsas plásticas, imponiendo a los consumidores el pago de $ 4 por unidad.

El denunciante entendió que se trataba de una práctica colusoria, también conocida como acuerdo horizontal, por medio de la cual los denunciados, utilizando el vehículo de asociaciones o gremiales acordaron el precio de un bien restringiendo la competencia, según dice la resolución de Defensa de la Competencia

El 12 de abril de 2019, la Comisión declaró la pertinencia de la denuncia, confirió vista a los denunciados, y amplió la denuncia al Centro de Almaceneros Minoristas, Baristas, Autoservicistas y Afines (Cambadu) y a la Unión de Vendedores de Nafta (Unvenu), como partes también involucradas en el acuerdo anunciado públicamente ese año.

En el transcurso de casi dos años los denunciados aportaron a la Comisión  la información requerida y meses después se dio por finalizada la investigación.

En unos de los considerandos, la resolución de la Comisión señaló que las denunciadas “admitieron” el acuerdo e “intentaron fundarlo” en una razón medioambiental y en el stock de bolsas no compostables.

Sobre ese punto, un informe que acompaña la resolución final señaló que “carece de sustento” la justificación realizada respecto al stock de bolsas no compostables,  “en tanto el cobro o no de las mismas versus la posibilidad de quedarse sin existencia de las mismas, debió ser privativo de cada una de las empresas para no alterar el libre funcionamiento del mercado”.

Además, se consideró que si bien los locales comerciales no competían previamente en términos de la entrega o no de bolsas plásticas “acordar conjuntamente una fecha de comienzo para el cobro de las mismas, se convierte, en los hechos, en una resignación por competir, explícita y coordinada entre quienes participaron de la práctica realizada”. Y que el “perjuicio” a los consumidores radicó en tener que abonar por un producto, a raíz de la recomendación de las asociaciones gremiales.

La resolución también resalta información aportada por la Dirección de Secretaría del Ministerio de Ambiente, en donde se indica que esa cartera “no estipuló, sugirió o incitó” a los privados a que cobren las bolsas plásticas, ni tampoco "acordó con privados iniciar el cobro o el monto a cobrar por la entrega de esas bolsas".

El fallo

La Comisión resolvió aplicar una multa de  2,9 millones de Unidades Indexadas (UI) a Ta-Ta, lo que equivale a US$ 335.866; una multa de 1,5 millones de UI a Tienda Inglesa (US$ 173.724); y de 200 mil UI a Macro Mercado Mayorista (US$ 23.163)

En tanto, sancionó con una multa de 2,4 millones de UI a Supermercados Disco, equivalente a US$ 277.958; una multa de 300 mil UI a Géant (US$ 34.745); y  con 1,2 millones de UI a Devoto equivalente a US$ 138.979.

En el caso de Supermercado Disco se consideró como agravante “la calidad de agente reincidente en la comisión de prácticas anticompetitivas”. Había sido sancionado anteriormente en 2014, tras una investigación de oficio vinculada al mercado de productos congelados.

Además, se sancionó con apercibimiento a la Asociación de Supermercados, a Cambadu y a Unvenu. “Se les hará un especial advertencia por su papel en la realización de la recomendación, operando como vehículo para que la misma se lleve adelante, resaltando, por el contrario, la importancia de su rol en la educación de sus asociados en cuanto a la aplicación y respeto de la normativa de libre competencia”, dice la resolución.

"Nadie hace colusión sobre las bolsas plásticas"

El gerente general de ASU, Daniel Menéndez, dijo a El Observador que la directiva de la gremial aun no tomó posición sobre el tema. Desde su punto de vista considera que el fallo “es un error”. “Nadie hace colusión sobre las bolsas. Si quiero hacer colusión la hago en la carne, en el arroz, no voy a estar haciendo negocio con las bolsas plásticas”, afirmó.
Menéndez recordó que desde marzo de 2019 aunque se podían entregar bolsas no compostables en los supermercados, estaba prohibido importarlas, por lo que había que trabajar con lo que ya se tuviera en stock.
Según explicó, las grandes cadenas tenían en cantidad porque compran para varios meses, pero no los supermercados chicos que adquieren volúmenes más pequeños. Si estos comercios se quedaban sin bolsas a los 20 o 30 días y no podían volver a comprar, ya tenían que comenzar a adquirir las nuevas compostables, con un costo mayor (alrededor de $ 3,5) en comparación a la tradicional bolsa camiseta de plástico (uno $ 0,60).
“Algunos se iban a ver obligados a cobrarla, porque si sale $ 3,5 no la podes regalar, y otros no. Eso era generar una competencia absurda, cuando la competencia no está ahí, está en el servicio, en el producto, en las ofertas. Entonces dijimos, ‘che, para que uno o dos se claven y la tengan que cobrar, hagámoslo entre todos. Arranquemos juntos`”, dijo Menéndez.
El ejecutivo añadió que la decisión de empezar a cobrarlas antes de lo establecido por ley se comunicó a autoridades de la Dirección Nacional de Medio Ambiente (Dinama) de ese entonces. Además se acordó realizar una campaña publicitaria para desalentar el uso de las bolsas. “La Dinama estaba completamente de acuerdo en lo que estábamos haciendo. En un mes el consumo de bolsas se redujo casi 80%”, afirmó.
Otras fuentes  informaron a El Observador, que en el caso de Disco, Devoto y Géant se va a recurrir la sanción impuesta por la Comisión de Defensa de la Competencia.

*La versión original de esta nota tenía una fotografía que involucraba a los supermercados Ubesur que no fueron sancionados. A los lectores y a los involucrados las disculpas del caso 

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