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3 de diciembre 2025 - 5:00hs

La viuda de Gustavo Basso, Daniela Cabral, y las hijas Agustina y Candelaria, pidieron al tribunal de apelaciones civil que interviene en el caso, que revoque la sentencia que decretó el concurso de la herencia del fundación de Conexión Ganadera, basada en hechos nuevos “especialmente relevantes”.

De acuerdo con el escrito al que accedió El Observador, el escrito que presentó el catedrático Carlos López Rodríguez, abogado en el concurso de la familia Basso, esos hechos son la presentación de la lista de acreedores y el inventario en el concurso de la herencia así como la verificación del crédito de la herencia en el concurso de frigorífico Casa Blanca.

López Rodríguez había planteado el 18 de agosto recurso de reposición y apelación contra la sentencia que decretó el concurso de la herencia y sostuvo que no se acreditó la insolvencia y que el pasivo fuese superior al activo.

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Ahora afirmó que el dato que aportó el sindico del concurso sobre que el activo de la herencia de Basso ascendería a US$ 21.984.707 y el pasivo a US$ 8.018.728, lo que ya era demostrativo de la inexistencia de un estado de insolvencia económica o jurídica.

“Estos dos hechos son supervinientes y sin duda influyen sobre el derecho invocado, en tanto son terminantemente demostrativos de que, contrariamente a la fundamentación básica de la recurrida respecto de la supuesta insolvencia palmaria argumentada por el señor juez simplemente no existe”, dijo el abogado.

Agregó que de la suma de los créditos incluidos en la lista de acreedores presentada por el síndico surge que la masa pasiva de la concursada asciende a un total de $ 383.700.231,28, equivalente a US$ 9.646.041 (considerado el valor del dólar a $ 39,778).

"En definitiva, el monto de la masa activa de la concursada supera en tres veces y media el monto de su masa pasiva, con lo que se demuestra que la insolvencia palmaria argumentada por el juez simplemente no existe", dijo.

Agregó que "el desequilibrio aritmético invocado (...) no existe, en tanto el activo es varias veces superior al pasivo".

"Lo que queda definitivamente probado es que de ninguna estimación surge palmariamente la existencia del desequilibrio económico en que el juez fundó su fallo, sino todo lo contrario, y la buena fe de mis representadas en el expediente sucesorio y en estos autos, al presentar una valoración conservadora del acervo hereditario y también del pasivo por ellas conocido".

Además alegó el “error” del juez “al confundir el presupuesto objetivo de la declaración de concurso (insolvencia jurídica), con la insolvencia económica” que ni siquiera fue invocada por los acreedores instantes, por lo cual, naturalmente, no puede ser relevada de oficio.

López Rodríguez señaló que el concepto legal de insolvencia tiene que ver con la cesación de pagos pero los acreedores que promovieron el concurso "ni siquiera se presentaron en la sucesión a reclamar el cobro de sus créditos".

Por último, el profesor alegó que el síndico solicitó tardíamente la verificación judicial del crédito de la herencia en el concurso del frigorífico y la jueza de Concursos de 2° Turno verificó el crédito por un crédito con privilegio especial por la suma de US$ 1.776.121 y un crédito por la suma de US$ 1.243.705,76, en el pasivo del concurso.

Por lo tanto, aseguró que el monto de la masa activa de la herencia de Basso “es aún mayor a la determinada en el inventario presentado en el concurso de la herencia. Hoy asciende a la suma de US$ 36.469.584".

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