18 de marzo 2026 - 11:00hs

Desde el pasado lunes, ambas empresas de transporte de pasajeros establecieron la prohibición del ingreso de dichos objetos a sus unidades al considerarlos "peligrosos" por su fuente de energía en base a baterías de litio.

"Estos dispositivos son considerados mercancías peligrosas (…) La experiencia internacional (Madrid 2023, Londres 2022) demuestran que un incendio de batería de litio es incontrolable dentro de una unidad, lo que ha motivado la prohibición en varias ciudades", explica un comunicado interno de Turismar al que tuvo acceso Cadena del Mar.

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Las baterías de litio son dispositivos recargables de alta densidad energética que acumulan mucha energía en un espacio reducido; producto de esto, suelen acumular mucho calor.

El Observador consultó al MTOP sobre la decisión asumida por parte de ambas empresas de ómnibus y desde la cartera indicaron que por el momento están "estudiando" la situación.

Además, recordaron que las baterías de litio están clasificadas en Uruguay como una "mercancía peligrosa" por su eventual riesgo de ignición en su transporte.

"En el reglamento de encomiendas del transporte de pasajeros está prohibido el traslado de mercancías peligrosas en bodegas", explicaron.

Por el momento, la cartera no ha tomado ninguna decisión en cuanto a la posibilidad de definir un régimen unificado en el transporte de bicicletas eléctricas plegables y monopatines eléctricos.

Qué dice el reglamento sobre el transporte de encomiendas

El transporte de encomiendas en Uruguay está regulado por normas estrictas que buscan garantizar la seguridad de pasajeros y operadores.

El artículo 4 establece una lista clara de elementos prohibidos, que incluye armas, drogas, materiales explosivos o inflamables y otros considerados también como peligrosos. Entre los materiales considerados como peligrosos están las baterías de litio.

Todo esto amparado en el Reglamento Nacional sobre Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera (Decreto Nº 560/003).

La reglamentación es clara también respecto a otros objetos que, sin estar explícitamente listados, puedan representar un riesgo: "Tampoco podrán transportarse otros productos o elementos que, por sus características o condiciones de embalaje, puedan llegar a comprometer la seguridad o causar incomodidad a los pasajeros".

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