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8 de octubre 2025 - 19:10hs

En julio de este año, la Intendencia de Montevideo y el colectivo Patrimonio Activo protagonizaron un nuevo episodio en su debate sobre qué edificios proteger y cuáles no en base a distintos criterios de qué es lo que tiene valor patrimonial. Específicamente, ante la inminente demolición de una casa art decó en Punta Carretas, la ONG acudió a la Justicia con un pedido de amparo.

Antes de fallar, la Justicia detuvo la demolición de manera cautelar –algo que fue celebrado por los militantes del patrimonio–, pero al final del proceso desestimó el pedido de amparo.

Según informó entonces El País, la jueza María Larramendi reconocía la legitimidad de la ONG para plantear la preservación del edificio, pero no entendía como adecuada la acción de amparo. A su criterio, no era "manifiestamente ilegítimo" el accionar de la empresa que buscaba demoler para construir una torre de apartamento de nueve pisos.

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Patrimonio Activo apeló la decisión de la Justicia, pero en una segunda instancia la postura fue la misma.

Bajo el entendimiento de que se requería un proceso largo, en lugar del pedido de amparo inicial, para que la Justicia determine la preservación del edificio, la ONG decidió iniciar un juicio.

Para proteger momentáneamente la casa, antes de que se llegue a esa eventual decisión de preservarlo definitivamente o no, Patrimonio Activo pidió una medida de no innovar. Es decir, otra vez pausar por un tiempo la demolición.

Entonces apareció el juez Alejandro Recarey, recordado por haber detenido en 2022 la vacunación contra el covid en menores, así como por haber frenado obras en la rambla de Punta Colorada, Maldonado. Recarey hizo lugar a la medida cautelar y determinó que no se continúe con la demolición, ni con daños a la casa, "hasta la resolución final de la causa ordinaria principal".

En su fallo del 5 de setiembre, al que accedió El Observador, el juez dijo que en el juicio se deberán analizar varios factores. Por un lado, las características de la casa y si estas la hacen, o no, merecedora de una protección.

En este sentido, Recarey sostiene que "hay bases" para entender que la casa "podría perfectamente resultar digna de protección patrimonial".

"Sea cual fuere la conclusión a la que se llegue al respecto, en modo alguno estamos ante una construcción desdeñable", añade.

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Otro factor al que apunta es si el edificio, de por sí, ya está protegido patrimonialmente por la normativa de la intendencia. Recarey dice que "puede pensarse en que la comuna podría haber vulnerado parte de las previsiones normativas atinentes a las concesiones de permisos de demolición", pero que "este extremo es de alta discutibilidad". ¿Y por qué es motivo de discusión? Porque la normativa departamental no es clara. Hay distintas interpretaciones.

Si bien la casa art decó de 1928 no integra ningún inventario patrimonial de la intendencia (que le haya atribuido un valor patrimonial), el digesto departamental marca áreas que están protegidas a nivel general.

En este sentido, el artículo D.223.235 define Áreas de Régimen Patrimonial y las separa por barrios. La casa podría integrar el área de Pocitos (aunque en los hechos está en Punta Carretas).

El texto marca los siguientes límites. "Pocitos: Río de la Plata, calle 21 de Septiembre con exclusión de los predios frentistas a dicha calle, Bvar. Gral. Artigas al sur (acera este), Av. Mariscal Estigarribia, Blvr. Gral. Artigas al sur (ambos frentes) hasta la rambla Mahatma Gandhi, calle D. Cullén, Blvr. Gral. Artigas (acera oeste), calle 21 de Setiembre (acera norte), Av. Julio Herrera y Reissig, calle San Salvador, Blvr. España, Blvr. Gral. Artigas (ambos frentes) hasta Av. Italia, Av. Brasil (ambos frentes), calle Presidente Gral. Oscar Gestido (ambos frentes), calle Gabriel Pereira acera suroeste", dice la normativa.

Vitrales de la casa en Julio Herrera y Reissig 510, esquina Benito Nardone

La casa se encuentra justamente en Julio Herrera y Reissig. La esquina es Benito Nardone y la ubicación está entre la zona de la Facultad de Ingeniería y el Club de Golf.

Pero el digesto no es claro sobre si toda la avenida está protegida. Recarey dice que con una "simple lectura lineal" del texto no puede saberse "a ciencia cierta cuál sería el área que se busca definir".

"Para saber qué zonas están protegidas por el texto, entonces, debe irse a su interpretación. Tarea que, desde ya, no puede resolverse sin un profundo estudio técnico", sostiene en el fallo que detiene, momentáneamente, la demolición. "Luego, y en tanto no se aprecia un diseño claro, correspondería señalar qué partes de las vías están protegidas y cuáles no", continúa.

El fallo hace referencia a un argumento usado a favor de la demolición. "Así, en el proceso de amparo correspondiente al asunto que nos ocupa, se sostuvo que para Herrera y Reissig la tutela solamente alcanzaba un pequeño sector sobre su confluencia con 21 de septiembre. Pero no surge con claridad por qué razones", dice el juez.

El destino de la casa –que ya empezó a ser demolida– se definirá en un juicio.

Qué pasó con los vitrales

Este miércoles, Patrimonio Activo organizó una convocatoria frente al edificio "para exigir su preservación". Cuando este colectivo, junto a otros grupos ciudadanos como Ciudad Gótica advirtieron sobre la demolición, señalaban que en el edificio había vitrales hechos por Arturo Marchetti. Se trata de un destacado maestro vidriero italiano que creó 28 ventanales de estilo grecorromano para el Salón de los Pasos Perdidos del Palacio Legislativo.

Vitrales de la casa en Julio Herrera y Reissig 510, esquina Benito Nardone

De un informe que presentó Patrimonio Activo a la Justicia, y al que también accedió El Observador, se desprende que las obras de demolición en la casa art decó ya comenzaron. De todas formas, quienes las buscan detener entienden que todavía se puede preservar.

En cuanto a los vitrales, estos fueron "retirados y almacenados en un depósito", según afirmó el arquitecto William Rey –presidente de la Comisión de Patrimonio del país en el gobierno pasado– en el citado informe.

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