Gabriel Pereyra

Gabriel Pereyra

Columnista

Nacional > Entrevista a Patricia Marquisá

“Ahora el juez espera en su despachito que llegue el fiscal para ver qué hacer”

La directora del sistema penal dijo que el Poder Judicial debe acelerar el envío a los fiscales de los antecedentes penales
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07 de octubre de 2018 a las 05:03

Patricia Marquisá es la jerarca de la Fiscalía de Corte que gestiona y administra el funcionamiento del nuevo proceso penal. En entrevista con El Observador afirmó que los problemas de funcionamiento de los primeros meses de la puesta en marcha del sistema penal acusatorio se revirtieron pero aún falta coordinación con el Poder Judicial, por ejemplo en materia de los antecedentes de los detenidos, lo que ocasionó la semana pasada que una persona quedara libre.

¿Cuál es la función de su cargo?
La dirección del área del sistema penal acusatorio se crea a partir de la entrada en vigencia del nuevo Código del Proceso Penal (CPP). Antes de eso lo que teníamos era una unidad de implementación, un poco viendo las distintas actividades previas a la puesta en funcionamiento. Así que esta es un área que principalmente  administra el funcionamiento y la sostenibilidad del sistema procesal actual.

¿Por ejemplo?
Lo que es el monitoreo de la actuación de la fiscalía, hacer seguimiento, evaluar.

¿Evalúa a los fiscales?
No. Lo que evalúa es el funcionamiento del sistema. Por ejemplo, nosotros tenemos dentro de las tareas claves coordinar, articular con las otras instituciones que trabajan en el sistema de Justicia. Entonces eso tiene que ver con la evaluación del sistema. ¿Cómo estamos funcionando? ¿Cómo estamos coordinando el trabajo con la Policía? ¿Cómo coordinamos el trabajo con quienes nos están realizando las pericias que es el ITF que depende del Poder Judicial? Además administra el sistema de información de la fiscalía. La fiscalía desde el 1 de noviembre en el área penal tiene un sistema de información que es el SIPAU, que es el sistema de información del proceso penal acusatorio del Uruguay, dónde registra todos los procesos penales.

¿Cuál fue el obstáculo mayor que el sistema  tuvo en el arranque?
El código se sanciona en el 2014, después hubo otras modificaciones pero la norma completa, lo que los fiscales después iban a muñirse para trabajar en las propias audiencias, la norma misma recién termina completa con modificaciones importantes recién el 25 de octubre, o sea, 6 días antes de que se pusiera en funcionamiento el nuevo sistema. Eso tiene algunas complicaciones, en primer lugar porque destinamos mucho esfuerzo en trabajar en la normativa porque la fiscalía dispuso y trabajó mucho en lo que fueron los aspectos normativos. 

 

“A nivel de Montevideo se puede pensar que ha habido en flagrancia fiscalías que trabajaron 2.900 asuntos en 11 meses. Tenemos un promedio de 29.000 denuncias mensuales”.

 

Una de las críticas o quejas que emitieron los fiscales apenas empezó a regir el nuevo código era que habían aumentado significativamente sus horas de trabajo. 
Yo creo que una cosa es situarse el 1 de noviembre de 2017 y otra cosa hoy, luego de 11 meses de impuesto el sistema. Creo que hay algunas cosas que pasaron y que son naturales a un proceso de cambios de esta naturaleza, porque cuando hablamos de la cantidad de horas, ¿qué es lo que estás preguntando concretamente? Nosotros tenemos que pensar que los fiscales pasaron a cumplir una tarea muy distinta a la de antes. Nos encontramos con un fiscal que el 31 de octubre trabajaba de una manera y el 1 de noviembre recibió una llamada de la Policía porque se inició una nueva etapa. Ese fiscal tenía que rápidamente dar una respuesta que no era lo que hacía antes. El fiscal estaba a la expectativa de lo que mandaba el juez en el expediente y se tomaba su tiempo para poder dictaminar. El 1 de noviembre había que recibir la llamada de la Policía y dar una respuesta rápidamente a ver que hacíamos con ese asunto que se nos estaba presentando. Es un ejercicio, no estábamos habituados a eso, ni a la tarea de investigar. Eso hace que también el trabajo sea más de equipo y no tan individual. No estoy con mi expediente resolviendo en mi mundo un caso concreto sino que estoy atendiendo a la Policía, solicito órdenes a la Policía para que haga determinadas cosas, estoy solicitando pericias, tomando declaraciones, cosas que antes no hacía. Eso lleva más tiempo entonces para resolver un caso.

¿Cuántas horas trabaja un fiscal?
Hay distintas realidades, Montevideo es una cosa y el interior es otra. También en cada una de las sedes en el interior. En Montevideo los fiscales que trabajan en flagrancia hacen un turno semanal y no tienen un horario determinado. (El turno) Empieza a las 0 horas del lunes y termina a las 0 horas del domingo, es decir, todo lo que ocurra durante esa semana, hay cuatro fiscalías de turno, una por cada zona y el fiscal tiene que atender todo. Hoy los fiscales tienen un turno semanal por mes. El resto, las tres semanas que quedan, el fiscal las dedica a trabajar con aquellos investigaciones que no se resolvieron.


Ahí son las horas que el fiscal quiera dedicarle.
Exacto. Pero uno podría decir, si antes trabajamos más y teníamos las carpetas llenas de casos y ahora me acomodo, entonces capaz no necesito toda la cantidad de horas que al principio necesitaba, y hoy tengo mejores resultados porque las carpetas no están tan llenas. Hubo un acomodamiento a trabajar en un sistema distinto.

¿Pero es verdad que aun hoy hay fiscales que tienen 800 expedientes para tratar?
Estamos monitoreando este funcionamiento y recientemente sacamos un informe de carácter interno. Los fiscales hoy tienen esos resultados de la cantidad de carpetas que les fueron asignadas. No tengo el porcentaje pero hay varios que tienen de casos nuevos un 0% porque ya los han mirado y ya han estado trabajando en ese caso. 

 

“Los fiscales no tienen casos que no hayan visto... ya los han mirado y ya han estado trabajando en esos casos” 

 

¿No tienen ninguna carpeta atrasada?
Tienen casos en investigación, no tienen casos que no hayan visto.

¿Y cuál es el promedio en total de casos que  tiene cada uno?
A nivel de Montevideo se puede pensar que ha habido en flagrancia fiscalías que trabajaron 2.900 asuntos en 11 meses. Tenemos un promedio de 29 mil denuncias mensuales. Ahora, eso son noticias criminales, eso es lo que le ingresa a la fiscalía. El tema también es que no todo lo que ingresa tiene capacidad de investigación, eso es bien claro. En nuestra área hay un departamento de depuración, priorización y asignación, DPA, ese departamento recepciona las denuncias. Trabajan algunos fiscales y 10 abogados, un grupo bastante importante. Cuando ingresan las denuncias por el sistema, algunas ingresan directamente porque no es un caso de flagrancia y hay otras que sí, cuando la Policía se comunica con el fiscal de turno. Esa comunicación se hace a través de una denuncia que entra, haces la comunicación telefónica e ingresa al sistema. Lo que potencialmente tiene el fiscal para ir trabajando es lo que ingresa directamente por la flagrancia, la comunicación que hace la Policía y después todo ese universo de denuncias que una parte viene siendo filtrada por ese departamento que archiva cuando una investigación no tiene posibilidades.

¿El DPA tiene el resultado de cuantas denuncias pasa y cuantas deshecha?
Nosotros no.

¿Es correcta la cifra que manejó el ministro de la Suprema Corte Jorge Chediak de que el 97% de los casos se resuelven en el ámbito de la negociación entre fiscales y acusados?
Yo traje la estadística de la Fiscalía que es un promedio que nosotros hemos trabajado en nuestro sistema y lo que tenemos es que un 58,7% que se resolvió por un proceso abreviado. Estamos hablando del 100% de casos que se fueron resolviendo. Después hay otro número que indica los casos que se resolvieron por la suspensión condicional del proceso que también son posibilidades de acuerdo y acá tenemos en un 19,5%. Hay otro porcentaje que ya se resolvió por juicio oral que es de 1,6% y hay un 12% de denuncias que están todavía en investigación. No significa que el 97% de los casos se hayan resuelto por el abreviado, es distinto. Del 100% de casos resueltos, el 97% sí fue por abreviado y el 3% por juicio oral. Pero reitero que algunos casos se resuelven en juicio oral y otros que se resolvieron por suspensión condicional del proceso y por proceso abreviado, que es un 20%. No se puede decir que se resolvió el 97% de los casos por proceso abreviado, lo que estamos diciendo que el 97% obtuvo una sentencia de condena en un proceso abreviado. Para dar cifras: de 8.323 casos, 4.889 se resolvieron por proceso abreviado. Después tenes por sentencia de juicio oral 135 y por suspensión condicional 1.624. 

El otro día se dio un caso de un delincuente al que el fiscal le pidió libertad vigilada solo porque no le llegó a tiempo un dato sobre los antecedentes del acusado. ¿No hay que acelerar el flujo de información para que esto no pase?
En este nuevo sistema tenemos una interoperabilidad con el Ministerio del Interior y el Poder Judicial y prácticamente funcionamos en línea. El registro nacional de antecedentes judiciales es un registro antiquísimo, de 1912, y está dentro del Poder Judicial. Estamos trabajando para obtener una información de mejor calidad. La información que tuvo el fiscal en ese momento y en ese caso es la misma información que tendría en el proceso anterior. 

La diferencia es que antes esa información servía a los efectos de una valoración subjetiva del juez, mientras que ahora no, ahora eso es un dato que obliga al fiscal a tomar una decisión. 
Sí, pero es de siempre y los fiscales lo teníamos que tener en cuenta porque podía ser un agravante.

¿Por qué yo me enteré de esos antecedentes y el fiscal no?
Creo que están faltando algunos datos que deberían comunicarse, es una cuestión sencilla de decir: en el registro tienen que comunicar todos esos datos: cuándo se formaliza una persona, en qué fecha, cuándo es el vencimiento… y todo eso va quedando registrado y que institutos liberatorios se le van dando porque son después los que tienen que tomar decisiones.

¿Entonces es importante la circulación de la información a tiempo?
Es absolutamente importante y necesario mejorar la velocidad en el flujo de esa información.  Pero es el Poder Judicial el que la tiene que comunicar. Partimos de varias cosas, los fiscales antes tampoco podíamos acceder al registro nacional de antecedentes judiciales porque accedía solamente el juez. Con la reforma de octubre nos habilitó a que los fiscales pudiéramos requerir, entonces el fiscal puede ingresar en línea, pero lo que el fiscal ve es lo que registra el Poder Judicial.  Ahora el juez está esperando en su despachito, en su sala de audiencias, que lleguemos nosotros con la defensa, el imputado, víctimas, testigo y espera qué vamos a hacer. Ellos no procuran, no están preguntando si hay antecedentes. Somos nosotros que nos interesa saber, porque vamos a usarla en cómo se va a negociar o qué pena se va a poner, pero son datos que hoy las maneja el Poder Judicial. Estoy de acuerdo en que no puede pasar que si hay una situación concreta y un elemento determinante que el fiscal precisa para actuar no lo tenga porque cuando recibe la planilla de antecedentes ese aspecto no está registrado o es tarde. Eso no puede pasar, no puede pasar que no tenga esa información a tiempo.

 

 

Más de una vez se está violando el principio público del juicio y  la prensa no puede entrar.
La premisa tiene que ser que los juicios deben ser orales y públicos y me parece que es una de las garantías absolutas y de las grandes transformaciones. Hay cuestiones locativas y creo que esa es la razón del Poder Judicial, si no hay lugar en las salas habría que trabajar para tener salas más grandes. También voy a decir, he ido a unos cuántos juicios y había periodistas, en algunos casos también estaban los familiares de víctimas o detenidos pero en general hay muchas asistencias de fiscales y defensores porque esto es algo nuevo. Fui a juicios que estaban lleno de fiscales, la gente quiere estar para ver cómo es la dinámica.Pero basta que en un juicio no se deje entrar a la prensa para que se esté violando el código. Es cierto y hay que trabajar para que no ocurra.

¿La víctima puede apelar un acuerdo entre fiscal y victimario?
Hay una norma en el código que establece que la víctima tiene los mismos derechos que las partes por lo tanto estaría habilitada. En el tema del proceso abreviado, en la última reforma que se hizo al código, se establece que hay que notificarle a la víctima. La víctima puede participar en el proceso pero también tiene que manifestar su interés y participar en la audiencia de formalización para después participar en el resto del proceso. En el proceso abreviado se establece que a la víctima habría que notificarla si no participa. No sé cuál es el efecto pero hay un caso que se dio en estos días, en el cual hay una condena efectiva que pidió el fiscal de delitos económicos de 2 años y 5 meses para la indagada y la víctima apeló la sentencia (en el caso del banco Heritage). Esto pasó antes de ayer en una sentencia de un proceso abreviado así que esto pasó antes de ayer. Vamos a ver qué resultado tiene esa situación. Me consta que planteó la apelación, veremos qué resultados hay. Hay muchas cosas 

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