El último día de junio la ministra de Economía y Finanzas, Azucena Arbeleche, llegó al Parlamento con varias cajas. Dentro de ellas había un montón de papales que contienen el proyecto de Rendición de Cuentas.
En uno de los cuadernos están escritas las proyecciones que hace el gobierno sobre la evolución de distintos indicadores de la economía, entre ellos, la inflación para 2023, 2024 y 2025.
¿Por qué importan esos números para la décima ronda de salarios que está comenzando en el sector privado y que involucra a 660 mil trabajadores de la actividad privada?
Porque una vez más el esquema de pautas que sugiere el Poder Ejecutivo para la negociación entre empleadores y trabajadores se basa en ajustes nominales por inflación esperada.
En la Rendición de Cuentas el equipo económico colocó una proyección de inflación de 6,7% para 2023. ¿Qué quiere decir?
De acuerdo con el esquema propuesto, el próximo ajuste de salarios, una vez negociados los nuevos convenios tendría un piso de 2,8% (inflación proyectada semestral).
¿Cuándo se cobraría? Esa corrección es retroactiva al 1° de julio y se debería hacer efectiva en agosto. Aunque comúnmente se suele demorar varias semanas, porque hay que esperar a que se negocie la renovación de los convenios en cada una de las mesas. Suele haber sectores que acuerdan rápido y otros que se demoran más tiempo.
El esquema inicial toma como referencia la firma de acuerdos a dos años de plazo (entre julio 2023 y junio 2025) con ajuste cada seis meses.
De esa forma, en 2024 correspondería hacer dos ajustes salariales. Como la inflación proyectada para ese año es de 5,8%, la pauta propone dos correcciones salariales, de 2,9% en enero, y de igual magnitud en julio.
Para 2025 la inflación esperada es también de 5,8%. En enero de ese año correspondería el cuarto y último ajuste que se sitúa en 2,9% que es la inflación proyectada para ese semestre.
La fórmula oficial también incluye el pago de correctivos por inflación (diferencia entre la inflación efectiva y la proyectada del período) que en caso de ser necesarios se activarán en julio de 2024, y en julio de 2025 al final de los acuerdos.
A los ajustes por inflación ya detallados, hay que sumar la recuperación total del salario perdido durante la pandemia (ronda puente), y que el gobierno propone que se pague en tres cuotas.
Para los sectores de actividad donde la recuperación del salario real pendiente sea menor a 2%, se sugiere que se realice en tres cuotas semestrales iguales y consecutivas, comenzando en julio de 2023.
En ese caso la fórmula base para julio sería: 2,8% de ajuste (por inflación futura) más un tercio de la recuperación pendiente.
Y en los sectores donde la recuperación de salario pendiente sea mayor a 2%, se propone la misma modalidad de pago, pero comenzando en enero de 2024.
Vale mencionar que la pauta que da el Poder Ejecutivo es solo un piso para la negociación. Empleadores y trabajadores tienen libertad para apartarse de ella si se ponen de acuerdo para hacerlo.
De ahí que luego pueden surgir variantes en los porcentajes de aumento, la periodicidad de los correctivos e incluso la velocidad de recuperación del salario pendiente, por ejemplo.
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