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¿El agua es de todos? El debate por el uso empresarial y el canon que el Estado puede cobrar (pero no lo hace)

Hay al menos 2.083 empresas que tienen permisos vigentes para utilizar agua de dominio público con fines industriales y que no pagan nada por ello
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01 de junio de 2023 a las 05:00

El 31 de octubre de 2004, los uruguayos votaron en un plebiscito la "reforma del agua" que modificó la Constitución y estatizó el agua superficial y subterránea del territorio. El 64% lo aprobó y el agua pasó totalmente a manos del Estado. Sin embargo, casi 20 años después de aquella decisión –y en momentos en los que el recurso escasea– la legislación del agua en Uruguay no es tan clara.

¿Toda el agua es de dominio público? ¿Quedan aguas de dominio privado? ¿Quiénes usan pozos de agua deberían pagar por ello? ¿Y las empresas que comercializan botellas de agua?

Las respuestas a estas preguntas pueden ser diferentes, según la normativa que se mire. Aunque la Constitución tiene una jerarquía mayor a la del Código de Aguas, esta última reglamentación es prácticamente el documento base donde se reúne toda la normativa del país respecto a la gestión del agua. Y la reforma de 2004 dejó en un limbo a algunos artículos del Código, según explicó el abogado especializado Gonzalo Navarro a El Observador.

Según la Constitución, a partir de la votación del 2004, el agua es de dominio público. "Las aguas superficiales, así como las subterráneas, con excepción de las pluviales (...) constituyen un recurso unitario, subordinado al interés general, que forma parte del dominio público estatal", determinó la reforma. Además, se estableció que el saneamiento y el abastecimiento de agua potable para consumo humano serán otorgados de parte, exclusivamente, de entes estatales.

Esto dejó sin efecto lo que dice el Código de Aguas, una normativa de 1978, que sigue vigente y que es el "régimen jurídico de las aguas" en Uruguay. "El Código de Aguas dice que hay aguas de dominio público y de dominio privado. La reforma dice que no, excepto de los pluviales. La Constitución es lo que más vale, pero, ¿cómo se encastra la reforma con el Código? No se reformularon los artículos (después de la reforma). Es necesario tener un aggiornamento en el tema", opinó Navarro y agregó que Uruguay necesita tener una "ley de aguas" donde se ajusten los artículos del Código de Aguas.

El canon que el Estado puede cobrar

El Estado puede cobrarle a las industrias por el uso del agua. Por ejemplo, a las empresas que usan el agua mineral, que luego tratan y embotellan para venderla. 

El exministro de Ambiente, Adrián Peña, tenía una postura respecto a este asunto: el gobierno debe cobrar un cánon por el uso del agua estatal. "Hay gente que no paga nada por el agua. Agua que toman de los cursos que desde el 2004 son de dominio público. El canon existe, hay que estudiarlo", dijo el jueves 25 en entrevista con Quien es Quien de Diamante FM.

Para Peña, este ingreso "facilitaría" la construcción de las inversiones en OSE. "Es una charla que se tiene que dar en Uruguay. Porque esto en el mundo existe. ¿Cómo se financia en el mundo la sustentabilidad de una cuenca? Para que el agua sea potable, son los actores que están en la cuenca los que financian los procesos de potabilización. Tienen alguna carga tributaria que pagar", dijo. 

Según datos publicados por la Dirección Nacional de Agua (Dinagua) de 2019, industrias químicas, arroceras, de alimentos y bebidas, de envasado de agua o de generación de energía usan agua pública con fines privados y no pagan por ello.

Hay 166 arroceras que tienen permisos por varios años y en algunos casos permisos que llegan hasta el 2088 para esa industria que usa el recurso desde las represas para el riego. 

Además, hay 63 empresas que usan el agua pública de pozos o manantiales para embotellarla con fines industriales y hay permisos de uso que están vigentes hasta 2029 como la sede de Salus en Treinta y Tres. En total, hay 2.083 permisos vigentes más allá de 2023. 

La Dinagua les da permisos de uso o una concesión, pero no les cobra el canon y el gobierno no tiene previsto cobrarlo aunque la ley se lo permite, confirmó el subsecretario de Ambiente, Gerardo Amarilla, a El Observador. "En todos los regímenes internacionales se termina cobrando un canon por el uso del agua. El Estado puede decidir no cobrar cánones", explicó Navarro.

El agua de los pozos que no se paga

Las personas que tienen pozos subterráneos en sus casas no pagan por extraer el agua de allí. Aunque, según la Constitución, esa agua es propiedad del Estado, que tiene a su vez la potestad de cobrar cánones por el uso del recurso, según estableció el Código de Aguas.

Sin embargo, el Código también estableció que quien extrae el agua subterránea –por ejemplo, mediante un pozo– pasa a ser el propietario de esa agua, es decir, que es de dominio privado. Pero, esa disposición no se condice con la Constitución que establece que el agua subterránea es estatal. 

"Tenemos ese problema con el Código de Aguas y la reforma. Pero, aunque sea de dominio público o de dominio privado, en el marco del artículo 163 del Código de Aguas se puede usar para vida humana el agua publica, así que hacer un pozo y sacarla para uso domestico se puede y no hay que pagar un canon", explicó Navarro.

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