Principales emergencias móviles piden revocar la licitación

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Emergencias recurren licitación de ASSE para frenar contratación de empresa cuestionada por brindar servicios marítimos

Las empresas apuntan a la falta de habilitación de SAME 105 y de ITHG para brindar traslados médicos especializados
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13 de febrero de 2023 a las 18:07

Las principales emergencias móviles presentaron un recurso de revocación, jerárquico y anulación para que SAME 105 –el servicio de emergencias de la Administración de Servicios de Salud del Estado (ASSE)– detenga una licitación que busca comprar traslados especializados a la empresa marítima ITHG

Según las emergencias que firmaron el recurso –SEMM, SUAT, Cardiomóvil y otras 11–, la licitación en la que SAME 105 pide 24 móviles terrestres con la tripulación necesaria para realizar traslados medicalizados (pediátricos y de adultos) no establece como requisito excluyente que las competidoras cuenten con habilitación del Ministerio de Salud Pública (MSP), algo que entienden debería suceder en estos casos.  

"Lo que SAME 105 está licitando sin lugar a ninguna duda son servicios de traslados especializados médicos y dicha actividad está regulada por esa norma del ámbito sanitario y sujeta al contralor del Ministerio de Salud Pública sólo pudiendo ser realizada por instituciones que hayan obtenido la correspondiente habilitación ante dicha autoridad sanitaria", afirmaron en el escrito, que fue presentado el viernes, el último día que tenían disponible para impugnar la licitación. Ahora, ASSE tiene 48 horas para responder. 

La polémica sobre la licitación ahora impugnada se remonta a varios días atrás, luego de que el semanario Búsqueda informara que ASSE contrató traslados especializados por más de $500 millones entre junio de 2021 y octubre de 2022, aunque la empresa no contaba con habilitación para eso y estaba inscripta como de servicios marítimos. 

ASSE y SAME 105, sin embargo, alegan que la contratación no fue por servicios, sino para insumos, así como que la empresa originalmente surgió para dar servicios marítimos pero luego se reconvirtió. 

"A qué se dedica el que me alquila ambulancia, qué razón social tiene, o cómo está estructurada no es metier de la unidad ejecutora. Si la empresa me ofrece condiciones que yo necesito y el precio es razonable no hay ningún problema. Yo puedo alquilar una ambulancia a cualquier empresa si es que tiene y no necesitamos la autorización del Ministerio de Salud Pública", aseguró el 19 de enero el presidente del SAME, José Antonio Rodríguez, que insistió en ese concepto de "insumos" y no "servicios".

Pero las emergencias también argumentan en el recurso presentado que SAME 105 tampoco tiene la habilitación del MSP para realizar los traslados, algo que reconoció el presidente de ASSE, Leonardo Cipriani, en el Parlamento. “Nosotros creíamos que SAME 105, que empezó a funcionar en 2014, estaba habilitado, pero nos dicen que no es así”, dijo Cipriani.

En esta declaración se centran las emergencias. "Lo anterior determina que aún en la increíble teoría de ASSE acerca de que lo que está adquiriendo son insumos y no servicios de traslados sanitarios, igual su relato es falaz, ya que esos traslados no pueden ser realizados por la propia SAME 105 bajo una 'habilitación' que no posee".

Las emergencias firmantes entienden que ni ASSE ni SAME 105 tienen la habilitación requerida, por lo que "no pueden prestar los servicios de emergencia médico móvil ni brindar los trasladados especializados, al menos hasta no gestionar dichas habilitaciones". 

"En conclusión, la actuación de ASSE se desarrolla mediante un estratagema por el que se pretende 'hacer creer' que se adquieren móviles para cumplir con traslados especializados, con una habilitación (que no tienen ASSE ni SAME) y, lo más grave, tampoco se exige dicha habilitación a las empresas oferentes, en el pliego licitatorio que se recurre", aseguran.

Otros argumentos

Las emergencias también alegan que la licitación incumple el principio de igualdad del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF). Por ejemplo, remarcan que a los choferes de las empresas licitatorias se les exige en el proceso que tengan un curso realizado en ASSE, en la Unidad Nacional de Seguridad Vial (UNASEV), o en la Escuela de Técnicas en Urgencias Médicas (ETUM). 

Según las emergencias estos cursos no son los que reciben los choferes que están dentro de las empresas habilitadas ya que estas "desarrollan sus propios programas de formación además de cumplir con las capacitaciones del sector salud acordadas en el Consejo de Salarios para el Grupo 15 y que son organizadas y fiscalizadas por el Ministerio de Salud Pública (MSP)".  "Obviamente las empresas que no pertenecen al sector sanitario, no realizan estas capacitaciones".

"Esto tiene como consecuencia que ninguna empresa del sector sanitario y habilitada para los servicios licitados, cumpliría los requisitos para presentarse a esta licitación, mientras que absurdamente una empresa que no pertenece a este sector si estaría en condiciones de ser oferente", sostuvieron.

De esta manera, las emergencias afirman que el pliego exige que "el adjudicatario" aporte una "sala de capacitación en el departamento de Montevideo, con una capacidad no menor a 50 personas". Respecto a esto último, en el recurso se sostiene que "mientras entidades habilitadas para prestar el servicio licitado quedarían excluidas por no cumplir con este requisito, casualmente la empresa no sanitaria (...) cuenta con una sala de estas características". 

"En definitiva, las condiciones del pliego increíblemente excluyen a las entidades habilitadas para brindar el servicio licitado y simultáneamente, incluyen a una empresa no sanitaria, y por tanto no habilitada para brindar el servicio licitado, aspecto que viene siendo objeto de cuestionamientos por diversos actores políticos".

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