El presidente de la Cámara de Transporte y referente de Cutcsa, Juan Salgado, afirmó a El Observador que continuarán exigiendo el tapabocas a bordo de los ómnibus, luego de que el mandatario Luis Lacalle Pou confirmara el levantamiento de la emergencia sanitaria en que se amparaba ese requisito.
El empresario sostuvo que está "de acuerdo" con la decisión del gobierno, pero planteó que "en el transporte todavía hay que mantener la cuestión del tapabocas, tanto con el personal como con los pasajeros". Salgado fundamentó su opinión en los estudios de calidad de aire presentados por Cutcsa en marzo, en que se establece que con determinadas condiciones a bordo de los ómnibus –entre ellas el uso del barbijo– se logra dentro del vehículo una calidad de aire equiparable a la de un laboratorio.
"Entendemos que hay que mantener la mascarilla obligatoria", repitió Salgado, y aclaró que "como presidente de la Cámara del Transporte" va a seguir alineándose "con las recomendaciones en la cuestión sanitaria".
El Ministerio de Salud Pública (MSP) estableció que el levantamiento de la emergencia sanitaria incluye, entre otros aspectos, la desaparición de los aforos en lugares cerrados, y la "recomendación" del uso limitado del tapabocas a determinados espacios específicos: personal de salud en hospitales, cuidadores de hogares de ancianos y centros con alta concentración de personas. Entre ellos, el transporte público.
Sin embargo, aún resta por definirse si la Intendencia de Montevideo (IM) mantendrá o no la obligatoriedad del tapabocas en el sistema una vez que se efectivice la revocación de la emergencia sanitaria. Desde junio de 2020 –con la aprobación de la Junta Departamental– es obligatorio viajar con barbijo en los ómnibus, pudiendo los inspectores de la intendencia multar al pasajero en caso de incumplimiento.
El decreto estableció la posibilidad de aplicar una multa de 0,5 UR ($ 715 al valor actual) en caso de que la persona se niegue a usar tapabocas ante la intimación. El legislativo capitalino cometió a la comuna a solicitar "la intervención de la fuerza pública en caso de que el pasajero en infracción se niegue a bajar". La normativa contempla además sanciones por primera, segunda y tercer reincidencia, con una sanción máxima de $1.789.
El texto establece que la IM estará autorizada a aplicar esas reglas "mientras se encuentre vigente el estado de emergencia sanitaria nacional", un escenario que ahora quedará perimido. La comuna, los permisarios de transporte y el MSP deberán sentarse a la misma mesa para definir condiciones claras en adelante. Mientras tanto, la obligatoriedad continúa vigente.
Tal como informó El Observador, el ensayo validado por el infectólogo Julio Medina y presentado por Cutcsa detalla que si en un ómnibus viajan 75 personas de tapabocas, con cuatro ventanas abiertas de los dos lados, las dos escotillas levantadas, con paradas promedio de 30 segundos con apertura de puertas trasera y delantera, el vehículo alcanza una calidad de aire tan buena que se equipara con la de un laboratorio o un hospital.
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