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20 de junio de 2025 17:32 hs

La Asociación Uruguaya de Árbitros de Fútbol (Audaf) analiza denunciar nuevamente al presidente de Peñarol, Ignacio Ruglio, por descalificaciones y dejar bajo sospecha la actuación de los jueces luego del partido que los aurinegros perdieron frente a Liverpool por la quinta fecha del Torneo Intermedio.

Según pudo conocer Referí, la comisión directiva de la gremial pidió a los abogados que estudien el caso y confirmen si proceden a elevar una nueva denuncia por los comentarios del presidente de Peñarol, para que sea derivado al Tribunal de Ética de la AUF.

Ruglio ya fue denunciado otras veces por los árbitros y sancionado por el Tribunal de Ética.

A raíz de esa sanción no pudo participar dentro del campo de juego en la consagración de Peñarol del Campeonato Uruguayo 2024 y lo tuvo que ver como un hincha, en la tribuna.

Su lugar en la premiación lo ocupó el vicepresidente Eduardo Zaidensztat.

¿Qué ocurrió este jueves en Belvedere tras Liverpool 3-2 Peñarol?

Tras el partido en Belvedere, Ruglio se manifestó a través de un estado de WhatsApp y criticó con dureza al juez Hernán Heras, y a Javier Feres.

Feres arbitró el domingo River Plate vs Peñarol, cuando cometió errores que molestaron a Peñarol y generaron un pedido de audiencia al Colegio de Árbitros.

Heras árbitro este jueves en Belvedere.

Esto publicó Ruglio:

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¿A qué sanciones se expone Ruglio?

Si la gremial confirma la denuncia y el expediente llega al Tribunal de Ética, primero deberá considerar si lo ocurrido está comprendido en el artículo 30 del Código de Ética que establece esto en el marco de las conductas reprobables:

“A) Realizar declaraciones públicas malintencionadas, difamatorias o injuriosas referidas a organismos internacionales del fútbol, otras asociaciones o federaciones afiliadas a FIFA, la AUF, componentes y sus organismos, federaciones o ligas integrantes; o personas sujetas a este Código, o grupo de personas con notoria vinculación al fútbol. B) Ejecutar cualquier acto que comprometa la imagen de transparencia y credibilidad inherente a las funciones que desempeña en el fútbol, y/o que exponga a la AUF, a quienes la componen, Clubes, Miembros, Afiliados e integrantes de los órganos del fútbol, al descrédito público”.

En caso de violar este artículo, en el 38 se establecen estas sanciones:

“El conjunto de sanciones disponibles por el Tribunal de Ética serán:

  • Advertencia.
  • Amonestación o apercibimiento
  • Suspensión temporal a partir de un mes y hasta un máximo de cinco años.
  • Prohibición de ingreso a estadios o zonas de estadios por un tiempo mínimo de un mes y hasta un máximo de cinco años.
  • Prohibición de asistencia a eventos vinculados al fútbol distintos a los partidos.
  • Reparación de la ofensa moral (la cual no comprende ni determina reparación en términos económicos).
  • Restitución de beneficios económicos o de otra índole recibidos.
  • Devolución de premios.
  • Multa económica a partir de U.R. 10 (diez Unidades Reajustables) hasta U.R. 1.000 (mil Unidades Reajustables).
  • Para los casos de cohecho, corrupción, malversación de fondos, apropiación indebida, la multa estará entre un mínimo de 1.000 U.R. (mil Unidades Reajustables) y un máximo de 5.000 U.R. (cinco mil Unidades Reajustables).
  • Programas de formación o reeducación.
  • Servicios comunitarios dentro del ámbito del fútbol u otros. m. Expulsión de toda actividad o vínculo con el fútbol”.

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