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11 de noviembre 2025 - 12:49hs

La jornada que iniciará a las 8 hrs hasta las 19 hrs, requerirá la exposición de la Cédula de Identidad para emitir sufragio.

El voto es obligatorio, a excepción de las personas mayores de 75 años inclusive.

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  • Asamblea General del Claustro: 3 miembros por el orden docente, 2 miembros por los egresados y 2 por los estudiantes.
  • Asamblea del Claustro de Facultad o Instituto asimilado: 15 miembros por los docentes, 10 por los egresados y 10 por los estudiantes.
  • Consejo de Facultad o Instituto asimilado a Facultad: 3 miembros del orden estudiantil para todas las facultades excepto Facultad de Derecho, 5 (miembros) del orden docente para Facultad de Artes y Facultad de Información y Comunicación, 3 (tres) miembros del orden egresados para Facultad de Artes, Facultad de Información y Comunicación y Facultad de Ciencias Sociales.

En todos los órganos conjuntamente con los titulares se elegirán doble número de suplentes.

¿Quiénes están habilitados para votar en las Elecciones Universitarias 2025?

Estarán habilitados para votar los estudiantes, docentes y egresados de la Universidad del la República que se encuentren incluidos en el padrón de habilitados.

Los electores deberán votar en todas las Facultades o Institutos asimilados a Facultad en las que se encuentren habilitados, en el orden que le corresponde en cada una de ellos.

¿Dónde se vota en las Elecciones Universitarias 2025?

Podrá consultar el circuito de votación de las Elecciones Universitarias 2025 donde le corresponde sufragar en el buscador del padrón de habilitados.

La búsqueda se podrá realizar por cédula de identidad o por nombre y apellido en el siguiente link: https://aplicaciones.corteelectoral.gub.uy/BuscadorUniversitarias2025/buscadores.buscadoruniversitarias2025.aspx

En caso de figurar afirmativo, se detalla el nombre y apellido; orden y facultad; número, dirección y departamento del circuito y si resulta accesible.

¿Qué pasa si no voto en las Elecciones Universitarias Uruguay 2025?

Las personas que estén habilitadas y no concurran a votar en las Elecciones Universitarias 2025 podrán justificar la no emisión del voto por las siguientes causas: padecer enfermedad, invalidez o imposibilidad física, estar ausente del país el día del acto o por razones de fuerza mayor.

Se considerará causa de fuerza mayor el encontrarse fuera del departamento en el que le corresponda votar al elector, el día del acto electoral, lo que se acreditará con prueba documental o declaración jurada.

Las personas habilitadas que sin causas fundadas no hubieran votado serán pasibles de una sanción, según el orden al que corresponda:

  • Orden docente: deben pagar una multa de $9.000
  • Orden egresados: deben pagar una multa de $9.000
  • Orden estudiantil no podrán rendir exámenes durante 2 períodos consecutivos.

Elecciones Universitarias 2025 | Link para jusitificar la no emisión de votos: https://www.gub.uy/corte-electoral/comunicacion/publicaciones/justificaciones-emision-del-voto

Temas:

Elecciones Uruguay

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