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Argentina decreta emergencia sanitaria por un año y cancela vuelos de países más afectados por coronavirus

El presidente firmó un decreto que restringe el transporte aéreo desde Europa, EEUU, China, Japón, Corea del Sur e Irán por 30 días
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12 de marzo de 2020 a las 18:42

El presidente Alberto Fernández firmó un Decreto de Necesidad y Urgencia que amplía la emergencia sanitaria ya autorizada por el Congreso de la Nación a través de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva por el plazo de un año, lo que faculta al Ministerio de Salud y otras reparticiones ejecutivas a redoblar las medidas para restringir la propagación del coronavirus.

El jefe de Estado estableció el "aislamiento obligatorio" para las personas que revistan la condición de "casos sospechosos". Se considerarán cuadros dudosos a las personas que presenten fiebre y uno o más síntomas respiratorios (tos, dolor de garganta o dificultad respiratoria) y a la vez tenga historial de viaje a "zonas afectadas" o haya estado en contacto con casos confirmados o probables de Covid-19. Estarán obligados a reportar e informar su cuadro clínico.

También deberá retirarse en soledad las personas que efectivamente hayan contraído el virus, o bien tengan contacto estrecho con los pacientes, y quienes hayan venido de Europa, Estados Unidos, Corea del Sur, Japón, China e Irán en los últimos 14 días.

En caso de incumplir, se les retirará a los extranjeros no residentes el permiso de permanencia en territorio nacional.

Las regiones o países contenidos en el DNU son las que la Organización Mundial de la Salud (OMS) o sus propias autoridades sanitarias han declarado como afectadas por la "circulación colectiva" de la epidemia.

A diario, el Ministerio de Salud informará si otros países se suman a las restricciones. Para acrecentar el cumplimiento de las medidas dispuestas, el gobierno anticipó que promoverá la denuncia penal para investigar si aquel que incumpla el aislamiento indicado desobedeció a un funcionario público o bien violó las medidas adoptadas con el n de introducir o propagarla epidemia, según estipula el Código Penal en sus artículos 205, 239 y concordantes. 

Además, otras sanciones no penales podrán imponerse a los infractores. Asimismo, el gobierno dispuso la cancelación por 30 días de los vuelos provenientes de las zonas afectadas y anticipó que "los operadores de medios de transporte estarán obligados a cumplirlas medidas sanitarias y las acciones preventivas que se establezcan". La Casa Rosada también habilitó el cierre de museos, centros deportivos, salas de juegos, restaurantes, piscinas y demás lugares públicos, y se autorizó a regularlos precios máximos de comercialización de bienes críticos como alcohol en gel, barbijos y demás enseres que se consideren indispensables.

El Cronista

 

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