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IMM amplía cobro de tasa bromatológica para quienes organizan eventos

Se exigirá en estadios, centros comerciales o ferias gastronómicas
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04 de julio de 2017 a las 11:08

Los organizadores de eventos gastronómicos, centros comerciales o incluso estadios en donde se prevea la venta de alimentos deberán pagar a partir del 1º de enero de 2018 a la intendencia de Montevideo una tasa de contralor bromatológico para contar con habilitación.

La tasa se incluye en el marco del nuevo presupuesto, que la intendencia presentó el pasado viernes en la Junta Departamental. Según el documento de actualización normativa, la recaudación estará destinada a la policía higiénica sanitaria bromatológica y su monto depende del tipo de inspección.

Si bien esa tasa ya se cobraba a los locales que elaboran o manipulan alimentos, a toda empresa alimentaria y a quienes comercializan productos importados o provenientes de otros departamentos, la normativa agrega que ahora también son sujetos pasivos "los organizadores de eventos en los que se ofrezcan alimentos". En ese último caso, lo que deberán pagar es la habilitación, para lo que se prevé un costo de 5 unidades reajustables ($4.944).

Consultado por El Observador, el director de Regulación Alimentaria de la intendencia, Marcelo Amado, explicó que ese monto se cobrará cada vez que se genere un evento o fiesta en la que se vendan o elaboren productos para el consumo, desde un tablado, un estadio o una feria gastronómica. En esos casos, el organizador deberá hacerse cargo porque los locales o puestos que vayan a vender alimentos tengan las condiciones necesarias para hacerlo –de dónde sacar luz o agua, por ejemplo- y gestionar una habilitación general del lugar. Además de los permisos requeridos en cada puesto de venta.

Si bien la tasa base es de 5 unidades reajustables el monto "se ajustará en cada oportunidad, según la cantidad y complejidad del servicio de inspección, por un coeficiente compuesto, que variará entre 1 y 30" unidades reajustables, dependiendo del riesgo para la salud de las actividades de la empresa, de la superficie del área de producción, entre otros.

Además, de acuerdo con la magnitud del evento la IMM podrá exigir que haya un técnico alimentario. "Todo eso lo estaba asumiendo la intendencia y no le corresponde", señaló Amado.

Hasta ahora, el organizador de los eventos no estaba identificado como responsable, y se daban casos en que los puestos no contaban con condiciones, y nadie asumía los riesgos, dijo el director de Regulación Alimentaria.

"Nos hemos encontrado que los centros comerciales no prevén la infraestructura mínima necesaria para tener empresas de alimentos como baños especiales para los empleados o las dimensiones de las plazas de comida", explicó el jerarca, por lo que se verá además de exigir esas condiciones a los lugares ya instalados.

Amado indicó por otra parte que la normativa va además dirigida a las futuras habilitaciones a foodtrucks.

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