El MSP argumentó que la falta no fue tan grave.

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Psiquiatra mantuvo relaciones sexuales con su paciente, el Colegio Médico lo sancionó, pero el MSP le perdonó parte de la pena

El Colegio dice que la actitud del MSP es "antirreglamentaria" y pidió respeto por los fallos de su tribunal de ética
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14 de febrero de 2023 a las 17:41

La sanción al psiquiatra Luis Itté, por haber mantenido relaciones sexuales con una paciente, derivó en una inusitada tensión entre el Colegio Médico y el Ministerio de Salud Pública.

El Colegio Médico había sido creado por ley para velar por el desempeño profesional de los médicos dentro del marco deontológico establecido. En ese sentido, su Tribunal de Ética había estudiado el caso del psiquiatra Itté y estableció la suspensión de su registro médico por tres años

Ante la apelación del psiquiatra, el tribunal de alzada del mismo Colegio revisó el caso y respaldó “en todos sus términos” la sanción impuesta en primera instancia. 

Como también mandata la ley, el Ministerio de Salud Pública comprobó que “no existen razones de legalidad” que le hagan tomar una decisión distinta a la de los tribunales y resolvió el pasado abril la cesación del médico. 

Pero cuatro meses después, ante la queja del psiquiatra, el MSP reexaminó el caso, entendió que la pena impuesta era la más severa y no se ajustaba a alguien sin antecedentes disciplinarios, por lo cual rebajó la sanción a ocho meses. Y entonces el Colegio Médico estalló.

“Es grave” que el Ministerio de Salud haya reducido la sanción porque “sienta un precedente que cambia cómo se juzgan las faltas éticas de los médicos”, advierte la oncóloga Lucía Delgado, presidenta del Colegio Médico.

El Consejo Nacional del Colegio Médico estudió paso a paso el proceso y concluyó que el accionar del Ministerio de Salud fue “antirreglamentario”. Porque, según la normativa, el Ministerio debe estudiar que no haya habido vicios ni problemas de ilegalidad, pero no puede juzgar el comportamiento de médicos denunciados ante el Tribunal de Ética. Por eso esta semana solicitaron la inmediata revocación de la ordenanza ministerial.

El caso

La mujer había “atravesado una profunda crisis depresiva, con ideas de autoeliminación”. Por eso en mayo de 2019 concurrió a una consulta psiquiátrica con Itté. Según relató ante el tribunal de Ética del Colegio Médico, al mes de tratamiento iniciaron los abrazos y luego las relaciones sexuales. Ella dijo que era en el consultorio, en la clandestinidad, pero él lo negó.

Un año después, ella quedó embarazada de él. La mujer quería continuar con la gestación, mientras que Itté la habría persuadido para abortar. Lo cierto es que, en setiembre de 2020 y con los gastos pagos por el psiquiatra, se practicó el aborto siguiendo los pasos legales en el prestador de salud.

Dos meses más tarde, y habiendo quebrado los puentes con el psiquiatra, mujer lo denunció ante el Colegio Médico porque el daño psicológico que le causó el doctor Itté “no tendrá jamás solución”, y ahora buscaba evitar que pacientes padezcan su “infierno”.

El psiquiatra admitió la relación, dijo que era consentida, que al igual que la paciente él también era divorciado y estaba vulnerable. Explicó que el padecimiento psiquiátrico de la mujer la convertía en una persona manipuladora y que en ningún momento el vínculo afectó el tratamiento médico.

El tribunal estudió las pruebas, los registros de consultas médicas, los diagnósticos, las conversaciones de Whatsapp que brindó una de las partes, entrevistó a tres testigos por parte de la denunciante y otros cuatro por el denunciado, y falló: “La conducta se apartó notoriamente del debido comportamiento ético profesional”.

Citando a la Asociación Psiquiátrica Americana (APA), se deja en claro que “la actividad sexual con un paciente actual o con un expaciente es antiética”. Incluso se refiere a que “desde el Juramento Hipocrático” se hacía referencia expresa a evitar involucrarse sexualmente con los pacientes. Por lo cual, dice la sentencia: “Impónese al Dr. Luis Alberto Itté King la sanción de suspensión temporal del Registro por el período de tres años”.

Tras ello se expidió en el mismo sentido el tribunal de Alzada. Por lo cual, para el Colegio Médico el caso ya estaba laudado.

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