Antonio Palma, dirigente de Nacional

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Se rechazó el recurso de revisión de Nacional y Antonio Palma quedó suspendido 45 días

La Comisión Disciplinaria de Juveniles de la AUF rechazó este miércoles el recurso de revisión interpuesto por Nacional y Antonio Palma quedó suspendido 45 días por injurias y amenazas contra el árbitro Gonzalo López en un partido de juveniles
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22 de marzo de 2023 a las 22:23

La Comisión Disciplinaria de Juveniles de la Asociación Uruguaya de Fútbol (AUF) rechazó este miércoles el recurso de revisión interpuesto por Nacional contra el fallo que castigó al dirigente del club Antonio Palma por 45 días tras una denuncia realizada luego de un partido que la sub 17 tricolor jugó el 11 de marzo contra su par de Rentistas

Palma fue denunciado por el árbitro Gonzalo López por invasión de cancha, injurias y amenazas al término del partido, cuando el entrenador de Nacional, Santiago Espasandín, resultó expulsado por protestas indebidas. 

Nacional interpuso el recurso de revisión ya que la sanción fue adoptada por la vía de proceso monitorio, una forma abreviada del proceso que permite emitir un fallo y luego sustanciar las excepciones o defensa, si es que así lo entiende pertinente el sancionado. 

Eso hizo Nacional en tiempo y forma, presentando la declaración de tres testigos y un video con el cual pretendió negar los hechos por los cuales fue denunciado y castigado Palma, dirigente que integra los cuadros directivos de los albos desde la presidencia de José Luis "Puma" Rodríguez. 

Sin embargo, las pruebas propuestas no lograron convencer a la Comisión Disciplinaria como para atemperar o eliminar el castigo dispuesto el viernes de la semana pasada. 

"En cuanto a la prueba testimonial aportada, la misma consta de dos personas vinculados del Club Nacional de Football y un tercero imparcial, solamente el Sr. Santiago Espasandín se encontraba dentro del campo de juego y presenció el intercambio. Los otros dos testigos propuestos, no presenciaron el tenor del mismo y no pueden precisar su alcance", expresó el fallo del recurso al cual tuvo acceso Referí.

Espasandín fue calificado como "testigo sospechoso" en virtud de lo dispuesto por el artículo 157 del Código General del Proceso. "Su credibilidad o imparcialidad se encuentra afectada por la relación que ostentan con dicho Club", expresó el fallo.

El video solo probó la invasión de campo de Palma

"La prueba aportada confirma la presencia del Sr. Palma dentro del campo de juego, en donde no debía de haber ingresado", dijo el fallo agregando: "El Sr. Palma ingresó a la cancha indebidamente y mantuvo un extenso diálogo con el Sr. Juez, pero no logra probarse el tenor del mismo. Tampoco se percibe que el Sr. Palma intervenga para separar y así evitar males mayores, dado que el partido culmina con total normalidad y los jugadores se retiran de forma pacífica del campo de juego". 

Primó la palabra del juez

"Ha sido posición invariable de esta Comisión, independientemente de modificaciones en su integración, que los confidenciales de los árbitros, ante la ausencia de otras formas de conocimiento de los hechos, son el insumo para disponer las sanciones correspondientes", dijo el fallo en su primer considerando.

Posteriormente se dio cuenta de que "los elementos probatorios aportados no son suficientes para revertir lo expresado por el Sr. Árbitro Gonzalo López".

Dar un nombre falso, el elemento clave para mantener la decisión

El fallo expresó que el delegado de Nacional, Nicolás Barchiesi, le proporcionó al juez un nombre falso de Palma: "Pablo Correa", con el claro fin de evitar sanciones para el integrante de la directiva de los tricolores. 

"Tampoco se objeta la sanción impuesta al Club Nacional de Football en cuanto a la advertencia de acuerdo al artículo 5 del Código Disciplinario AUF por la conducta de su delegado, ni se niega que el delegado haya pretendido engañar al árbitro informando un nombre diferente al que realmente había participado en los hechos. Tampoco escapa al conocimiento de esta Comisión que el Sr. Gonzalo López, denunció los hechos el mismo día del partido, desconociendo el nombre de la persona que había ingresado al campo de juego, lo cual también descarta todo tipo de animosidad personal contra el dirigente denunciado", expresó la Comisión Disciplinaria.

Fue por esto que el árbitro debió presentar una ampliación del informe confidencial, cuando fue advertido del engaño del cual fue objeto. 

Nacional no quiso emitir un comunicado en defensa de Palma

Una vez conocida la noticia de su sanción, el lunes, Palma emitió el martes un comunicado a través de su cuenta personal de Twitter (@tonybolso). 

En el mismo negó enfáticamente los hechos y dijo predicar con el ejemplo en las formativas del club donde nunca antes había sido sancionado. También le aconsejaron desde su entorno no realizar declaraciones públicas. 

Según puso saber Referí, Palma solicitó en la interna que Nacional emitiera el comunicado saliendo en su defensa, algo que la dirigencia del club descartó hacer por entender que se trató de un hecho protagonizado a título personal. 

En su comunicado, Palma expresó que cuando el juez expulsó a Espasandín le dijo que presentaran una carta para quejarse y que ahí fue cuando él intervino diciendo solamente que "sí" y que agregó: "claro que lo vamos a hacer", que también le solicitó el nombre y que se fue caminando de la cancha "de forma natural y con mucha calma". 

Sobre este punto, el fallo también fue contundente: "También se confirma que se le pidió el nombre al árbitro ensayando una explicación del motivo "efectivamente se iba a presentar una nota, pidiéndosele su nombre”, no comprendiendo esta Comisión el alcance del petitorio cuando el nombre del juez del partido figura en el formulario y es de dominio de los clubes intervinientes".

Y sobre este punto volvieron a cargar las tintas en el falso nombre aportado: "La actitud del delegado del Club en ocultar la identidad de la persona que se pretendía identificar, no tiene justificación si el relacionamiento, como dicen los involucrados, fuera en buenos términos".

Por esta razón, ahora Palma estará impedido por 45 días de ejercer los derechos que emergen de su calidad de dirigente: prohibición de entrar a los escenarios deportivos con su carné de dirigente y de realizar cualquier actividad vinculada con el fútbol y la AUF. 

Además, Palma deberá responder ahora ante el Tribunal de Ética, ya que el gremio de los árbitros radicó ahí una denuncia en su contra por este mismo hecho. 

*Aclaración: Lo que dice el artículo y lo que se aplica
El pasado 22 de marzo, cuando se publicó originalmente esta nota luego de que saliera el fallo de la Comisión Disciplinaria de Juveniles, Referí informó que Antonio Palma estaba impedido por 45 días de ejercer los derechos que emergen de su calidad de dirigente: prohibición de entrar a los escenarios deportivos con su carné de dirigente y de realizar cualquier actividad vinculada con el fútbol y la AUF. Eso es lo que indica el artículo por el que se lo sanciona: que se lo castiga por todos los derechos de los dirigentes. Pero la suspensión, al haber sido dictada por la Comisión Disciplinaria de Juveniles, en sus efectos prácticos no aplica lo que dice el código y solo lo sanciona para la categoría en la que se cometió el incidente. Eso no forma parte del fallo, pero es parte de la cuestión administrativa de cómo se aplica la sanción. Por eso el directivo solo tiene prohibida su actividad en la categoría Sub 17.

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