18 de febrero 2026 - 13:30hs

La iniciativa propone modificar el artículo 26 bis de la Ley Nº 19.824, incorporando en el texto legal criterios de “razonabilidad y proporcionalidad” en la determinación de las sanciones.

El argumento central: multas más altas no bajaron los siniestros

Los legisladores sostienen que, tras la entrada en vigor del Decreto 303/023 en octubre de 2023 —que unificó y elevó los valores de las sanciones—, la siniestralidad vial no disminuyó.

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Citan datos de la Unidad Nacional de Seguridad Vial (Unasev):

  • En 2024 hubo 21.597 siniestros, un 4,9% más que en 2023.

  • Se registraron 27.300 lesionados (+5,7%).

  • Los fallecidos ascendieron a 434 (+2,8%).

En 2025, según cifras preliminares, la tendencia continuó:

  • 22.475 siniestros.

  • 28.326 lesionados.

  • 470 fallecidos, 36 más que en 2024 (+8,3%).

Para los autores del proyecto, estos números demuestran que “la severidad de las multas por exceso de velocidad (…) no ha generado la disuasión esperada”.

Recaudación alta y morosidad creciente

Otro de los puntos destacados en la exposición de motivos es el nivel de recaudación.

A través del SUCIVE, los gobiernos departamentales cobraron US$ 144 millones en multas de tránsito entre 2023 y 2024, equivalentes a $ 5.684 millones.

Sin embargo, el proyecto señala que el aumento de las sanciones no mejoró el cumplimiento:

  • En 2023 solo se pagó el 32% de las multas aplicadas.

  • En 2024 la tasa bajó al 29%, con una morosidad del 71%.

Al cierre de 2024, las multas pendientes ascendían a 3,6 millones, por un monto de $ 23.860 millones.

Según los diputados, esto evidencia que la severidad económica “genera evasión en lugar de disuasión”.

Cómo cambiarían las multas

El proyecto plantea reducir los montos en algunos casos hasta un 50%, manteniendo sanciones complementarias como quita de puntos, suspensiones o inmovilizaciones.

Las nuevas escalas propuestas para rutas nacionales serían:

  • Hasta 20 km/h por encima del límite: de 5 UR a 2,5 UR.

  • Entre 21 y 30 km/h: de 8 UR a 4 UR.

  • Entre 31 km/h y hasta el doble menos uno: de 12 UR a 6 UR.

  • Por encima del doble: de 15 UR a 12 UR.

Se mantiene el tope máximo de 12 UR para exceso de velocidad en rutas nacionales.

En paralelo, el proyecto mantiene la severidad para otras conductas:

  • Cruce indebido de semáforos y adelantamientos prohibidos: hasta 10 UR.

  • Conducir bajo efectos de alcohol o drogas, o negarse a pruebas: 15 UR.

El enfoque que proponen

Los legisladores argumentan que la política de seguridad vial debe ser integral y no centrarse exclusivamente en el castigo económico.

Plantean que factores como educación vial, infraestructura y fiscalización inciden más que la sola suba de multas. Citan además antecedentes internacionales que indican que un modelo exclusivamente punitivo puede generar resistencia social sin atacar el problema de fondo.

En su conclusión, sostienen que la eficacia del sistema sancionador “no depende de su severidad indiscriminada, sino de su justicia, razonabilidad y legitimidad”.

El proyecto ingresó a consideración parlamentaria y deberá comenzar su tratamiento en comisión.

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